El Consell autoriza un convenio para ceder a la Corporació Audiovisual de la Comunitat Valenciana la explotación de los fondos documentales de la extinta RTVV y de À Punt
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- El Institut Valencià de Cultura aporta los medios personales y materiales para la gestión de estos recursos que forman parte del patrimonio audiovisual valenciano
El Pleno del Consell ha autorizado la suscripción de un convenio interadministrativo, por un periodo de cuatro años, entre la Generalitat, a través del Institut Valencià de Cultura (IVC), la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana (SAMC) y la Corporació Audiovisual de la Comunitat Valenciana (CACVSA) para la explotación por parte de esta última entidad de los fondos documentales de la extinta RTVV y de las imágenes, documentos audiovisuales y sonoros producidos por À Punt.
Mediante este acuerdo se satisfacen las necesidades de consulta, uso y explotación del conjunto documental de Radiotelevisión Valenciana SA, integrado en el patrimonio de la Generalitat como consecuencia de la extinción de la mercantil, y de la producción de À Punt por parte de CACVSA para la prestación del servicio público audiovisual de titularidad de la Generalitat.
Por su parte, el IVC participa con los medios personales y materiales propios, además de disponer de los conocimientos necesarios para la gestión y explotación de estos fondos documentales como parte del patrimonio audiovisual valenciano.
Con el fin de efectuar el seguimiento de las actuaciones recogidas en este convenio se constituirá una comisión mixta de coordinación y control, formada por dos personas pertenecientes a cada una de las entidades firmantes. Esta comisión se encargará de supervisar la ejecución del convenio, así como de adoptar decisiones y dirimir posibles controversias de interpretación y cumplimiento del acuerdo.
Este convenio resultará efectivo desde la fecha de su firma y podrá ser prorrogado, por mutuo acuerdo de las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales. Asimismo, el uso de los fondos documentales recogido en este convenio no impedirá la cesión de los recursos audiovisuales a otros prestadores del servicio de comunicación audiovisual.
Las actuaciones previstas en este convenio no generarán costes, ni darán lugar a obligaciones o contraprestaciones financieras entre las partes firmantes.