El Rectorado de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le concede el artículo 50, en relación con el artículo 3.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, resuelve:
Convocar la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de diversas líneas de investigación, según figuran en los anexos de esta resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Normas generales
1.1. Esta oferta tiene por objeto la selección de personal para cubrir un puesto de personal laboral para las líneas de investigación mediante el sistema de concurso.
1.2 De acuerdo con lo que establece el artículo 89 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la realización de este proceso selectivo se debe ajustar a lo que dispone la citada ley y la normativa de desarrollo.
También le será de aplicación la normativa específica universitaria recogida en la Ley Orgánica del Sistema Universitario, la Ley de la Ciencia y en los Estatutos de la Universitat de València, así como en las bases de esta convocatoria.
1.3. El proceso selectivo que se realice en la convocatoria tendrá lugar mediante un concurso que consistirá en la valoración de los méritos, y, en su caso, la realización de una entrevista.
1.4. La adjudicación de los puestos, a las personas aspirantes que superen estos procesos selectivos, se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenida, siempre que reúnan los requisitos exigidos en el anexo de la convocatoria correspondiente.
La publicación en el DOGV se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.
El resto de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios oficial y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección investigación.
Segunda. Requisitos generales de las personas aspirantes
Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Así mismo, se podrán presentar personas aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.
2.2. Tener cumplidos, al menos, 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
2.3. Poseer las titulaciones académicas que figuran en los anexos de las convocatorias que se quiera solicitar, o estar en condiciones de obtener el título correspondiente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, en el momento de la contratación, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia de la misma.
Cuando no se encuentren homologadas, ni se haya declarado su equivalencia se podrá sustituir este requisito, por la acreditación de haber iniciado la tramitación para la homologación o declaración de equivalencia. Se rescindirá el contrato si la autoridad académica competente deniega la homologación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.
2.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.
2.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier Administración o trabajo público. En el caso de personas aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de la declaración jurada por parte de las personas interesadas.
Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.
Las personas aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad en los mismos, sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.
Tercera. Solicitudes
3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente hábil al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Cuarta. Documentación que se debe adjuntar electrónicamente
En el formulario electrónico se requerirá que se adjunte diversa documentación, preferentemente, en formato PDF. Dicha documentación deberá insertarse en las pestañas y en el espacio reservado para ello. Se ha de hacer de la siguiente manera:
4.1. Se insertará en la pestaña cuarta el documento PDF del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.
También se insertará en esta misma pestaña, el resto de documentos PDF, que acrediten cualquier otro requisito que se exija en la convocatoria.
4.2. Se insertará en la pestaña quinta el documento PDF del DNI, Pasaporte o NIE. Éstos dos últimos documentos, solo si se presenta una persona que no tenga la nacionalidad española.
No será necesario que los documentos adjuntados se encuentren debidamente acreditados, en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración jurada de la persona interesada, sobre la autenticidad de todo lo dicho en la solicitud y en los documentos anexados, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universitat de València pueda requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.
Quinta. Sistema selectivo
5.1. El proceso selectivo constará de un concurso que consistirá en la valoración de los méritos curriculares de las personas aspirantes por la comisión evaluadora, y, en su caso, de la realización de una entrevista.
Los méritos se valorarán, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo de la convocatoria que se va a solicitar. Los méritos que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.
5.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a las personas aspirantes. El número de aquellas que pasen a la fase de entrevista, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.
5.4. La adjudicación de los puestos convocados se realizará por resolución de la gerencia, y se publicará igualmente en el tablón de anuncios y en la página web mencionados en el punto 5.3. de esta base.
5.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajuste en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades de la línea de investigación.
5.6. Las bolsas de trabajo que deriven de estos procesos selectivos permanecerán vigentes mientras dure la línea de investigación para el que fueron convocados. Los llamamientos a las personas aspirantes se realizarán por el orden de la bolsa.
Sexta. Comisión evaluadora
6.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo de la convocatoria correspondiente.
6.2. Será de aplicación a los miembros de esta comisión lo dispuesto en el Acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de València (ACGUV/303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
6.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.
6.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
6.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el lugar indicado en el anexo correspondiente a la convocatoria.
Séptima. Contratación
7.1. Finalizados los procesos selectivos derivados de esta convocatoria, los contratos se formalizarán por escrito, y se utilizará la modalidad contractual más adecuada al objeto del mismo, de entre las que se encuentren vigentes en el momento de dicha formalización.
7.2. La fecha de inicio vendrá fijada en la propuesta de contratación, en función de las necesidades de la línea de investigación y siempre que sea viable administrativamente.
7.3. La finalización de los contratos podrá realizarse por cualquiera de las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores, o en el resto de legislación aplicable, y también las consignadas en el propio contrato, entre las que se establecerán las siguientes:
7.3.1. Finalización o agotamiento de la consignación presupuestaria.
7.3.2. Finalización de las tareas consignadas al puesto del empleado o empleada dentro del proyecto.
7.3.3. Finalización del proyecto.
Octava. Información sobre los datos recogidos
8.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este proceso selectivo. La información recibida, se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la en la normativa de protección de datos vigente.
Parte de los datos podrán ser publicados en el tablón oficial de la Universitat de València y en la página web de la Sección de Gestión de la Investigación. Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.
8.2. Quienes deseen acceder al expediente del proceso selectivo y consultar datos de otras personas aspirantes deberán solicitarlo previamente, a la comisión evaluadora o al Servicio de RRHH (PAS), Sección de PAS-Invest.
En dicha solicitud se comprometen a mantener el deber de confidencialidad de los datos y a guardar la oportuna reserva de los mismo, pudiendo hacer solo uso de éstos a efectos de argumentar o plantear una posible reclamación o alegación.
El uso o divulgación de estos datos fuera de los casos mencionados podrá implicar la exigencia de responsabilidades de conformidad con la legislación vigente.
Novena. - Cláusula de idioma
El texto íntegro de esta resolución, así como los documentos incluidos como anexos, han sido redactados en los idiomas inglés, valenciano y castellano, considerándose las tres versiones como oficiales, si bien se fija como prioritaria para su interpretación en caso de discrepancia la versión en castellano.
Decima. Recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.
Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo, la Administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.
València, 3 de julio de 2025
La rectora (p. d. R 20.05.2022, DOGV 30.05.2022)
Juan Vicente Climent Espí
Gerente
ANEXO I
Convocatoria: «CPI-25-250», a cargo de la línea de investigación: «Càtedra Dona i Esport».
Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.
1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
Investigador/a no doctor/a.
Grupo: A.
Subgrupo: A1.
1.2. Jornada de trabajo: 20 horas semanales.
1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo parcial, será de 943,50 euros (12 pagas).
1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
- Desarrollo de investigaciones relacionadas con mujer y deporte.
- Gestión de acciones relacionadas con la promoción de la mujer en el deporte.
- Gestión de formaciones de mujer y deporte.
- Redacción de artículos, informes y memorias sobre los objetos de la Càtedra de Dona i Esport.
1.5. Objeto y periodo: desarrollo de investigación y gestión en mujer y deporte.
El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
1.6. Requisitos:
1.6.1. Titulación: Grado/Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Según el artículo 9 del Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título.
2. Baremo
2. 1. Méritos preferentes:
2.1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.
2.1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.
2.1.3. Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.
2.1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):
2.1.4.1. Por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos.
2.1.4.2. Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.
2.1.4.3. Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.
2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).
- Máster en Profesorado.
- Experiencia en investigación en temas de mujer y deporte.
- Experiencia laboral en temas de mujer y deporte.
- Formación específica en perspectiva de género.
La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
3. Comisión evaluadora titular
Presidente: Victor Manuel Pérez Samaniego, profesor del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Vocal 1: Maria Teresa Pellicer Chenoll, profesora del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Vocal 2: Santiago Mengual Andres, profesor del Departament d'Educació Comparada i Història de l'Educació.
Vocal 3: Inmaculada Aparicio Aparicio, profesora del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Secretario: José Devis Devis, profesor del Departament d'Educació Física i Esportiva.
4. Comisión evaluadora suplente
Presidente: Juan Carlos Colomer Rubio, profesor del Departament de Didàctica de les Ciències Experimentals i Socials.
Vocal 1: Luis Millan Gonzalez Moreno, profesor del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Vocal 2: Maria Cristina Blasco Lafarga, profesora del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Vocal 3: Irene Ferrando Palomares, profesora del Departament de Didàctica de la Matemàtica.
Secretario: José Juan Crespo Hervas, profesor del Departament d'Educació Física i Esportiva.
Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Departament d'Educació Física i Esportiva, de la Facultat de Ciències de l'Activitat Física i l'Esport (FCAFE), de la Universitat de València.
ANEXO II
Proyecto: «European large open multi-modal foundation models for robust generalization on arbitrary data streams. CPI-25-394», a cargo de la línea de investigación: «Artificial intelligence for earth observation».
Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.
1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
Investigador/a no doctor/a.
Grupo: A.
Subgrupo: A1.
1.2. Jornada de trabajo:35 horas semanales.
1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 1.651,13 euros (12 pagas).
1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
- Desarrollar y aplicar metodologías de aprendizaje automático basadas en modelos fundacionales en teledetección, predicción climática y aplicaciones de clasificación, segmentación, detección de cambios y anomalías y estimación de parámetros biofísicos.
1.5. Objeto y periodo: modelos fundacionales, teledetección, predicción y modelización climática.
El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
1.6. Requisitos:
1.6.1. Titulación: Grado en Matemáticas.
Según el artículo 9 del Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título.
2. Baremo
2. 1. Méritos preferentes:
2.1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.
2.1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.
2.1.3. Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.
2.1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):
2.1.4.1. Por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos.
2.1.4.2. Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.
2.1.4.3. Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.
2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).
- Máster en Matemáticas.
- Formación en álgebra, geometría y teoría fractal.
- Experiencia aplicada en teledetección de fluorescencia solar (SIF) mediante técnicas de ML (Redes Neuronales, Autoencoders).
- Dominio de programación e investigación con Python, R y bibliotecas de Deep Learning (PyTorch, TensorFlow).
- Experiencia en consultoría de riesgos y análisis ESG, con conocimientos en computación cuántica y seguridad.
- Capacidad multilingüe (castellano, inglés, francés) y experiencia en divulgación científica y representación universitaria.
La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
3. Comisión evaluadora titular
Presidente: José Antonio Sobrino Rodríguez, profesor del Departament de Física de la Terra i Termodinàmica.
Vocal 1: Gustau Camps Valls, profesor del Departament d'Enginyeria Electrònica.
Vocal 2: Jaume Segura Garcia, profesor del Departament d'Informàtica.
Vocal 3: Asunción Edith Navarro Anton, profesora del Departament d'Enginyeria Electrònica.
Secretaria: Isabel Cordero Carrion, profesora del Departament de Matemàtiques.
4. Comisión evaluadora suplente
Presidente: Luis Gomez Chova, profesor del Departament d'Enginyeria Electrònica.
Vocal 1: Maria Piles Guillem, profesora del Departament d'Enginyeria Electrònica.
Vocal 2: Abilio Candido Reig Escriva, profesor del Departament d'Enginyeria Electrònica.
Vocal 3: Rosa Donat Beneito, profesora del Departament de Matemàtiques.
Secretaria: Pascuala Garcia Martinez, profesora del Departament d'Òptica i Optometria i Ciències de la Visió.
Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en la Estructura de Recerca Interdisciplinar - Laboratori de Processament d'Imatges (IPL), de la Universitat de València.
ANEXO III
Proyecto: «Arquitecturas avanzadas de hidróxidos dobles laminares para aplicaciones electrocatalíticas. (ALOHA) CPI-25-396», cofinanciado por la Agencia Estatal de Investigación -AEI- y por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a cargo de la línea de investigación: «2DCHEM - Química de materiales bidimensionales 2D».
Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.
1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
Investigador/a no doctor/a.
Grupo: A.
Subgrupo: A1.
1.2. Jornada de trabajo: 35 horas semanales.
1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 1.651,13 euros (12 pagas).
1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
- Síntesis de hidróxidos laminares.
- Modificación post-sintética y dopado con metales de transición.
- Hibridación de materiales laminares con nanomateriales de carbono (grafeno, nanoonions, etc.).
- Caracterización fisicoquímica avanzada de los materiales obtenidos (XRD, SEM/TEM, FTIR, Raman, etc.).
- Apoyo en la realización de estudios electroquímicos (CV, LSV, EIS) para evaluar la actividad catalítica.
- Participación en estudios in-situ/operando mediante técnicas como: Raman, SAXS, XAS, EXAFS o DEMS.
- Colaboración en el análisis de datos, redacción de informes, preparación de publicaciones científicas.
1.5. Objeto y periodo: investigación en el área de electrocatálisis, síntesis y caracterización de nanomateriales laminares.
El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
1.6. Requisitos:
1.6.1. Titulación: Grado en Química.
Según el artículo 9 del Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título.
1.6.2. Inglés: Certificado nivel B2.
1.6.3. Valenciano: Certificado nivel C1.
2. Baremo
2. 1. Méritos preferentes:
2.1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.
2.1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.
2.1.3. Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.
2.1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):
2.1.4.1. Por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos.
2.1.4.2. Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.
2.1.4.3. Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.
2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).
- Estudios de doctorado en nanociencia/nanotecnología.
- Experiencia en síntesis orgánica y purificación de compuestos moleculares.
- Experiencia en síntesis y caracterización de materiales laminares híbridos.
- Experiencia en síntesis de hidróxidos.
- Experiencia en técnicas de caracterización (XPS, HRTEM, TGA, IR, Raman, Electroquímica).
- Experiencia en preparación de electrodos para almacenamiento de energía.
La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
3. Comisión evaluadora titular
Presidente: Eugenio Coronado Miralles, profesor del Departament de Química Inorgànica.
Vocal 1: Gonzalo Abellan Saez, investigador del Institut de Ciència Molecular.
Vocal 2: Amparo Chafer Ortega, profesora del Departament d'Enginyeria Química.
Vocal 3: Rossella Cecilia Mello Centonze, profesora del Departament de Química Orgànica.
Secretaria: Laura Escuder Gilabert, profesora del Departament de Química Analítica.
4. Comisión evaluadora suplente
Presidente: Enrique Orti Guillen, profesor del Departament de Química Física.
Vocal 1: Paula Marzal Domenech, profesora del Departament d'Enginyeria Química.
Vocal 2: Salvador Garrigues Mateo, profesor del Departament de Química Analítica.
Vocal 3: Carmen Molins Legua, profesora del Departament de Química Analítica.
Secretario: Enrique Garcia-España Monsonis, profesor del Departament de Química Inorgànica.
Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Institut de Ciència Molecular (ICMOL), de la Universitat de València.