BDNS (identif.): 844581
Primero. Beneficiarios y condiciones
1. En aplicación del artículo 8.3.a) de la Orden de bases, podrán ser beneficiarios de este programa los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana relacionadas en el anexo de la resolución de convocatoria, así como sus organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas. En el caso de las entidades locales menores recogidas en el anexo, La Barraca d'Aigües Vives (Alzira) y Jesús Pobre (Denia), con independencia de que la solicitud sea formulada por la entidad local menor o por el ayuntamiento del municipio, las actuaciones, en concordancia con el informe-propuesta de la AVSRE, deberán tener lugar exclusivamente en el término de la entidad local menor.
2. No podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas por las entidades locales de la Comunitat Valenciana relacionadas en el anexo de la resolución de convocatoria, con la finalidad de que incrementen su empleabilidad mediante la adquisición de experiencia laboral, realizando actuaciones cuyo objeto principal consista en mitigar un riesgo contemplado en un plan o procedimiento de emergencias de la Comunitat Valenciana en su conjunto o de ámbito local, reduciendo en particular los riesgos poblacionales derivados de los incendios forestales, mediante acciones que favorezcan la intervención de los medios de extinción.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 13/2024, de 13 de junio, de la de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de personas desempleadas por entidades locales de la Comunitat Valenciana.
Cuarto. Cuantía
1. Estas subvenciones se financiarán con cargo al capítulo 4, código de sublínea S028200012 CONV_2025 EMERGE, del subprograma 322.C01 Fomento de empleo, por un importe global máximo de 18.500.000 de euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.
2. El importe de la subvención permitirá financiar al menos cuatro contratos, cuyo coste estimado asciende a 66.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 7 de julio de 2025
Antonio Galvañ Diez
Director general