BDNS (identif.): 844524.
Primero. Personas jurídicas destinatarias y personas beneficiarias
1. Serán personas jurídicas destinatarias de estas ayudas los centros docentes privados concertados y centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat, que imparten enseñanzas no universitarias a partir del segundo ciclo de educación Infantil y soliciten esta ayuda para 2025.
2. Las personas beneficiarias serán el alumnado con necesidades educativas especiales matriculado durante el ejercicio 2025 en estos centros.
Segundo. Objeto
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las ayudas para subvencionar los gastos generados por la adquisición de productos de apoyo no informáticos, que faciliten el acceso y la participación del alumnado con necesidades educativas especiales en todas las actividades educativas programadas por el centro en horario escolar, además de aumentar su nivel de autonomía e independencia, posibilitar el acceso a la información y la comunicación, facilitar la movilidad y el control postural, así como permitir y favorecer la realización de tareas de higiene personal.
Podrán participar en esta convocatoria los centros privados concertados o los centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat, que imparten enseñanzas no universitarias a partir de segundo ciclo de Educación Infantil.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 3/2023, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros educativos privados concertados y en centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat (DOGV 9695, 02.10.2023)
Cuarto. Dotación presupuestaria
1. El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de la presente convocatoria asciende a 85.000,00 euros.
2. La cantidad mencionada se financiará a cargo de la línea S1562 «Adquisición productos de apoyo para el alumnado con necesidades educativas especiales de centros educativos sostenidos con fondos públicos», perteneciente al Capítulo VII, del subprograma 422H00, de los presupuestos de la Generalitat del ejercicio 2025.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 hasta el 12 de septiembre de 2025. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.
València, 2 de julio de 2025
(p. d. R 30.01.2025, DOGV 10037)
María del Rosario Escrig Llinares.
Directora general de Innovación e Inclusión Educativa