Por resolución de 7 de mayo de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, se convoca y se regula el procedimiento de solicitud de dotación de recursos extraordinarios para la mejora académica (REMA) dirigida a los centros docentes privados concertados, para el curso académico 2025-2026 (DOGV n.º 10113, 22.05.2025).
Conforme a lo dispuesto en el apartado resolutivo cuarto de la citada resolución, REMA es el procedimiento objetivo por el que se dota a los centros educativos seleccionados de recursos extraordinarios para favorecer la implementación de diferentes actuaciones e intervenciones dirigidas a la mejora académica de todo su alumnado, así como la consecución de la equidad en la educación y la mejora de los resultados generales de escolarización. Dichas actuaciones e intervenciones deberán estar contempladas en el Plan de Actuación para la Mejora de los centros educativos.
En todo caso, los centros educativos realizarán el Plan de Actuación para la Mejora (PAM) según lo establecido en la normativa vigente, independientemente de la dotación adicional de recursos extraordinarios que pueda ser asignada a través de REMA.
Por su parte, de conformidad con el apartado resolutivo séptimo de la citada resolución, la administración educativa asignará horas adicionales de personal docente a los centros docentes privados concertados que, habiendo cumplimentado correctamente los datos de solicitud de OVICE y habiendo sido aplicados los criterios de selección y asignación, obtengan una dotación horaria adicional superior o igual al mínimo establecido en el apartado resolutivo octavo. La asignación de horas de personal docente a los centros docentes privados concertados seleccionados se realizará de forma proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios objetivos de selección y asignación establecidos en el apartado resolutivo octavo, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y baremadas las peticiones de los centros educativos en aplicación de los criterios de asignación establecidos en el apartado resolutivo octavo, el órgano instructor ha elaborado la propuesta de resolución definitiva que contiene la relación de centros educativos seleccionados, con indicación de las horas adicionales de personal docente asignadas, así como la relación de centros educativos no seleccionados, con la indicación de los motivos de la denegación.
Por todo ello, vista la propuesta de la persona titular de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, de conformidad con las atribuciones que confiere la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, así como el artículo 7 del Decreto 38/2025, de 4 de marzo, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, desarrollado por la Orden 6/2025, de 9 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, actuando por delegación de la persona titular de la conselleria competente en materia de educación en virtud de lo dispuesto en el apartado resolutivo decimoséptimo de la Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (DOGV 10113, 22.05.2025),
RESUELVO
Primero. Selección de centros educativos y asignación de horas adicionales de personal docente para el curso académico
1. Seleccionar a los centros docentes privados concertados que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
2. Asignar el número de horas adicionales de personal docente a cada centro educativo que figuran en el anexo I para la aplicación y desarrollo de actuaciones e intervenciones dirigidas a la mejora académica del alumnado para el curso académico 2025-2026.
Segundo. Desestimación de solicitudes
Desestimar las solicitudes que se relacionan en el anexo II, por los motivos indicados en cada caso.
Tercero. Financiación y asignación
1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado resolutivo tercero de la resolución de 7 de mayo de 2025, el importe máximo de 6.660.000,00 euros destinado a esta convocatoria se realizará con cargo a la línea presupuestaria S0119, G0109.02.01.422A00 «Enseñanza primaria».
2. El número total de horas adicionales asignadas a los centros docentes privados concertados en virtud de la presente resolución en Primaria es de 1.880 horas y en Secundaria es de 1.220 horas.
Cuarto. Eficacia
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que se establece en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), las personas interesadas podrán interponer los recursos siguientes:
a) Potestativamente, un recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la LPAC.
b) Directamente, un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 4 de julio de 2025
(p. d. R 07.05.2025; DOGV 10113, 22.05.2025)
Daniel McEvoy Bravo
Secretario autonómico de Educación