Advertido un error en el anexo I adjuntado a la mencionada resolución, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de 20 de mayo de 2025, número 10111, en el punto 2.4 de la base segunda, conforme a lo que se establece en la relación de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, aprobada en la sesión número 5/2025, del Consejo de Gobierno, del día 21 de mayo de 2025, se procede a su corrección de la manera siguiente:
Donde dice:
«Titulación: las personas interesadas deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado o equivalente en: Psicología, Enfermería, Medicina, Farmacia, Veterinaria, Biología, Química o Bioquímica o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponen del certificado que lo acredite, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 889/2022 de 18 de octubre por el que se establecen las condiciones y procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.»
Debe decir:
«Titulación: las personas interesadas deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado en Psicología, Enfermería, Medicina, Farmacia, Veterinaria, Biología, Química o Bioquímica o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponen del certificado que lo acredite, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.»
Esta resolución modifica el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar des del día siguiente al de la publicación.
Se informa que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto contra el que se recurre en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente.
Castellón de la Plana, 12 de junio de 2025
Eva Alcón Soler
Rectora