De conformidad con lo establecido en la base 7 de la convocatoria del concurso-oposición para la provisión de vacantes de enfermero o enfermera especialistas obstétrico-ginecológicos, gestionadas por la Conselleria de Sanidad (DOGV 9015, 08.02.2021), y de conformidad con lo establecido en la base 14 de la convocatoria del concurso de méritos excepcional de estabilización para la provisión de plazas básicas vacantes, gestionadas por la Conselleria de Sanidad (DOGV 9496, 23.12.2022).
Habiendo tenido lugar el acto único para la elección de destino, en los procesos selectivos referidos en el encabezado, de las personas convocadas para ello en el anexo II de la Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal (web 14.04.2025).
Transcurrido el plazo otorgado para presentar renuncia previa a la publicación del nombramiento a las personas relacionadas en el anexo I de la resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal, por la que se publica la adjudicación de plazas de los procesos selectivos referidos en el encabezado (web 14.05.2025) y visto que no se ha recibido ninguna.
En uso de la competencia atribuida por el artículo 18 del Decreto 22/2025, de 11 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad,
RESUELVO
Primero
Acordar el nombramiento como personal estatutario fijo, con indicación del destino elegido, de las personas aprobadas en los procesos selectivos referidos en el encabezado, que se relacionan en el anexo I, en la categoría de enfermero o enfermera especialistas obstétrico-ginecológicos, de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad. La asignación del destino tendrá carácter definitivo.
El plazo de toma de posesión será de un mes y comenzará el día 8 de octubre de 2025.
Perderán los derechos derivados de su participación en los procesos selectivos, previa audiencia y mediante la resolución motivada, quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado al centro adjudicado, salvo causa de fuerza mayor o imposibilidad, así apreciada por el órgano competente en materia de personal, que dictará la correspondiente resolución suspendiendo el plazo para la toma de posesión hasta la desaparición de la citada causa o imposibilidad.
En el caso de que una persona aprobada por el concurso-oposición derivado de las ofertas de empleo público de los años 2017 y 2018, y por estabilización de 2019, haya obtenido plaza en otro concurso-oposición de la misma categoría convocado por un servicio de salud distinto, siempre que durante el plazo de solicitudes de la presente convocatoria no se hubiera resuelto el mismo, se considera que ambas convocatorias son concurrentes, pudiendo la persona aprobada elegir el servicio de salud de su interés, renunciando a la plaza adjudicada en el otro servicio de salud.
En los centros en los que se haya ofertado varias vacantes, se cubrirán aquellas que corresponda a medida que se vayan incorporando las personas nombradas, respetando el orden establecido por los criterios de cese regulados en la disposición adicional cuarta del Decreto 192/2017, de 1 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud.
Segundo
Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la presente resolución.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada por las personas interesadas mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otro recurso que se estime conveniente.
València, 10 de junio de 2025
María Amparo Pinazo Gamir
Directora general de Personal