RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2025, de la Dirección General, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en el Decreto 51/2025, de 1 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas para la recuperación y reactivación de pymes industriales, comercios, hostelería y servicios, que hayan sufrido daños ocasionados por la dana iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en el marco de la iniciativa «Ara empreses».

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Mediante el Decreto 51/2025, de 1 de abril, del Consell, se aprobaron las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas para la recuperación y reactivación de pymes industriales, comercios, hostelería y servicios, que hubieran sufrido daños ocasionados por la dana iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en el marco de la iniciativa «Ara empreses». En el apartado 1 del artículo 6, «Plazo y forma de presentación de solicitudes», se establece que: «las empresas podrán solicitar la subvención que se prevé en el Decreto desde las 09:00 horas del día 15 de abril de 2025 hasta las 23:59:59 horas del día 30 de junio de 2025».
Por Resolución de 29 de abril de 2025, de la Presidencia de la Generalitat, de ampliación de plazos de procedimientos administrativos de la Generalitat como consecuencia de la caída del sistema eléctrico en todo el territorio español peninsular el día 28 de abril de 2025, los plazos de los procedimientos administrativos de la Generalitat que no estuvieran vencidos el 28 de abril de 2025 quedaron ampliados en un día adicional; en consecuencia, el plazo de presentación de solicitudes actualmente vigente para el Decreto 51/2025 es el 1 de julio de 2025.
De acuerdo con el informe del Área de Empresas y Asociaciones del IVACE se propone una ampliación con el fin de ampliar al máximo la difusión de estas subvenciones. Dada la envergadura del territorio y población afectada por la dana, a pesar del alto número de solicitudes recibidas hasta la fecha, se hace necesario continuar con las labores de difusión y sensibilización de estas ayudas de manera que las mismas puedan beneficiar al mayor número de afectados posible. Esta ampliación, en ningún caso, lesionaría los derechos de terceros ya que existe como un único criterio para la adjudicación de las ayudas que es el orden de presentación de solicitudes, y se realiza con anterioridad a la finalización del plazo inicialmente establecido.
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de conformidad con lo previsto en la disposición final primera. Habilitación para el desarrollo del decreto, por la se delega en la persona titular de la Dirección General del IVACE la ampliación del plazo de presentación de solicitudes indicado en el artículo 6 del decreto; y en virtud de la Resolución de 27 de octubre de 2023, de la presidenta del IVACE, de suplencia de la Dirección General del IVACE a favor de la persona titular de la Secretaría Autonómica de Industria, Comercio y Consumo,
RESUELVO
Primero
Ampliar hasta las 23:59:59 horas del día 24 de julio de 2025 el plazo de presentación de solicitudes previsto en el Decreto 51/2025, de 1 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas para la recuperación y reactivación de pymes industriales, comercios, hostelería y servicios, que hayan sufrido daños ocasionados por la dana iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en el marco de la iniciativa «Ara empreses».
Segundo
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

València, 15 de junio de 2025
(p. s. R 27.10.2023)
Felipe Javier Carrasco Torres
Secretario autonómico de Industria, Comercio y Consumo
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