RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se establecen las bases de la convocatoria de dos puestos de trabajo de directora o director de programas para la gestión de los fondos europeos.

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Por la Resolución de 11 de mayo de 2022, de la Subsecretaría de la entonces denominada Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, se establecieron las bases de la convocatoria de tres puestos de trabajo de directora o director de programas para la gestión de los fondos europeos, publicada con fecha 13 de mayo de 2022 en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con base en las siguientes disposiciones legales:
El Real decreto ley 36/2020, 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y que tiene como objetivo facilitar la programación, presupuesto, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos, especialmente los provenientes de los fondos Next Generation EU, para impulsar la inversión pública y privada, y ayudar a superar la grave crisis económica ocasionada por la pandemia covid-19.
Por su parte, mediante la aprobación del Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la covid-19, se persigue facilitar los procesos de toma de decisión y de gestión de fondos públicos para reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo. Con este objetivo, el capítulo VI establece el régimen especial de gestión de las actuaciones incluidas en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia y por los Fondos REACT-EU para apoyar a la recuperación después de la crisis de la covid-19 (Next Generation-EU).
Dicho decreto ley, recoge, en su artículo 28, la posibilidad de nombramiento de un director o directora de programa, en el ámbito exclusivo de la gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del Plan de recuperación de la Generalitat, al cual resultará de aplicación el régimen previsto en la normativa básica estatal y en el referido decreto ley, sin sujeción a la regulación de la figura del directivo público profesional contenida con carácter general en la ley reguladora de la función pública valenciana.
Además, indica que la selección del personal para la ocupación de los puestos de dirección de programas para la gestión de fondos europeos se sujetará a los principios de mérito y capacidad, así como a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia. A su vez, para la designación de este personal se tendrá en cuenta los conocimientos especializados en la gestión de fondos europeos, la experiencia profesional en funciones directivas, así como la acreditación de competencias sobre coordinación de equipos de trabajo, además de los conocimientos específicos correspondientes a las materias objeto del programa.
El Decreto 121/2021, de 17 de septiembre, del Consell, de determinación de retribuciones de las direcciones de programas vinculados al Plan de recuperación, transformación y resiliencia prevé que, por causas debidamente justificadas, vinculadas a la competitividad externa, la complejidad técnica del programa o la especial cualificación requerida, el Consell podrá autorizar el aumento del número de puestos de dirección de programas. Mediante Acuerdo del Consell de fecha de 1 de abril de 2022 se autorizó la creación de un tercer puesto de dirección de programas vinculado al Plan de recuperación, transformación y resiliencia adscrito a esta conselleria.
El Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), publicado el 18 de febrero en el Diario Oficial de la Unión Europea y el Instrumento de Recuperación y Resiliencia, aprobado por Reglamento (UE.2020/2094, del Consejo, de 14 de diciembre, donde se regulaban los conocidos como fondos europeos Next Generation EU)
Seguido el proceso marcado en las Bases de la Convocatoria, por Resolución de 2 agosto de 2022 del conseller de la entonces denominada Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, se nombró a los tres candidatos que habían resultado adjudicatarios del proceso, con los que se suscribieron los respectivos contratos de alta dirección.
Dado que en septiembre de 2025 se cumplen los tres primeros años de vigencia de estos contratos, se encuentran en tramitación las prórrogas de los mismos, con informe favorable de la dirección general de presupuestos.
En fecha 5 de mayo de 2025, dos de las personas contratadas han presentado su renuncia al contrato de alta dirección, lo que ha motivado la extinción de estos dos contratos.
La gestión de fondos europeos requiere una planificación y ejecución a largo plazo. La correcta gestión de los fondos MRR es crucial para alcanzar los objetivos estratégicos de recuperación y resiliencia económica. Resulta necesaria la continuidad de los contratos para asegurar que los proyectos en curso no se vean interrumpidos, manteniendo la continuidad en la dirección y supervisión de estos fondos, así como en la implementación de estrategias y políticas necesarias para cumplir con los objetivos e intereses de la administración en la gestión de fondos europeos MRR.
Por lo que, a fin de garantizar la continuidad de la prestación del servicio, de conformidad con la legislación aplicable, teniendo en cuenta las competencias de la Conselleria de Hacienda y Economía en el Decreto 32/2024, de 21 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, modificado por Decreto 36/2024, de 3 de diciembre, del president de la Generalitat, y las competencias otorgadas por el Decreto 195/2024, de 23 de diciembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Economía, y por Resolución de 12 de febrero de 2024, de la entonces denominada Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se delegan determinadas competencias en órganos de esta Conselleria (DOGV n.º 9792, de 20 de febrero de 2024),
RESUELVO
Primero
Convocar, para su provisión, los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo
Los puestos de trabajo de la presente convocatoria se financiarán con cargo a los créditos consignados a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2025 en el programa 611A00 Subsecretaria Dirección y servicios generales.
Tercero
Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria y que figuran en el anexo II.
Contra esta resolución que ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer:
a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de València o ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga la persona demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
b) Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.

València, 6 de junio de 2025
Carlos Pablo Gracia Calandín
Subsecretario de Hacienda y Economía
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