El 29 de octubre de 2024 se produjo un acontecimiento de lluvias devastadoras provocadas por una dana. Las inundaciones han causado innumerables daños, cuyo impacto repercute en todos los niveles de la sociedad, afectando, entre otros, a los servicios básicos sanitarios, educativos, de asistencia social o de seguridad, así como a todo tipo de bienes e infraestructuras esenciales para el desarrollo de la vida ciudadana en la zona afectada.
En la actualidad, como respuesta ante los daños causados en las distintas fases de emergencia, postemergencia, recuperación y vuelta a la normalidad de la dana, ha sido necesario reorganizar las funciones desarrolladas por el personal empleado público, con el fin de garantizar la existencia de recursos personales adecuados en función de las necesidades a cubrir y hasta alcanzar la normalización de los servicios públicos en los municipios afectados por la dana.
Por ello, mediante la resolución de la vicepresidenta primera y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda de 03.03.2025, se acuerda modificar el objeto del programa de empleo temporal existente para afrontar la carga de trabajo a causa de la covid-19, adaptándolo a las necesidades derivadas de la emergencia y la respuesta ante los daños causados en las distintas fases de emergencia, postemergencia, recuperación y vuelta a la normalidad de la DANA, así como aprobar la prórroga de dicho programa y solicitar la ampliación de la vigencia de los 27 puestos de trabajo con una duración de 1 año y 1 mes desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, alcanzando así el máximo regulado por la disposición adicional 4ª del Real decreto ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024
Por este motivo la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, a través del capítulo I del programa 311A00, Dirección y servicios generales, solicita poder atender dichas necesidades, por un importe de 700.000,00 euros.
Por otro lado, por un acuerdo del Consell de 11 de marzo de 2025, se ha aprobado el Decreto ley 5/2025 por el que se concede un crédito extraordinario por importe de dos mil trescientos sesenta y cuatro millones doscientos ochenta mil euros (2.364.280.000 euros), para financiar las actuaciones de la Generalitat en el Plan de restauración para dar respuesta a la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en el marco de la previsión recogida en el artículo 3 del Real decreto ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
El artículo 1 del Decreto ley 5/2025 señala que, el importe del mencionado crédito extraordinario se fija en 2.364.280.000 euros, y se imputará a la aplicación de gasto 120.00.00.612F00.227.90, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del presente decreto ley.
El artículo 4 del citado decreto ley establece que la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda será el órgano competente para autorizar las siguientes modificaciones presupuestarias, a las que en todo caso no les será de aplicación la limitación contemplada en el artículo 49.1.d) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero:
1. La distribución del crédito presupuestario desde la sección 20 a las aplicaciones presupuestarias que procedan.
2. En los créditos ampliados como consecuencia de los gastos asociados a la DANA, será el órgano competente para autorizar su financiación, en los términos y condiciones que prevé la ley anual de presupuestos.
Por consiguiente, para financiar el programa de empleo temporal anteriormente citado, se propone una transferencia de crédito del capítulo II, programa presupuestario 612F00, de la sección 20, Gastos diversos, por importe de 700.000,00 euros al capítulo I del programa 311A00, Dirección y servicios generales, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por el mencionado importe.
A tal efecto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto ley 5/2025, de 11 de marzo, del Consell y considerando la competencia para resolver de conformidad con lo establecido en la Resolución de 12 de febrero de 2024 (DOGV 9792, de 20 de febrero), de delegación de determinadas competencias en órganos de esta conselleria,
RESUELVO
Primero
Autorizar una minoración de crédito, en el presupuesto de gastos, en la aplicación presupuestaria G01200000GE00000 612F00.22790, por importe de 700.000,00 euros.
Segundo
Autorizar un incremento de crédito, en el presupuesto de gastos, en la aplicación presupuestaria G01160100GE00000 311A00.19001, Fondo DN24000000 por importe de 700.000,00 euros.
València, 12 de mayo de 2025
Carlos Pablo Gracia Calandín
Subsecretario