Gloria Herraéz Martín, letrada de la Administración de justicia
Hace saber
Que en el procedimiento ordinario [ORD] con el número 147/ 2018 interpuesto por Promociones Campello 2001, SL, contra el Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 8293, de 11 de mayo de 2018, por el que se aprueban el Plan de acción territorial de infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana y el catálogo de playas de la Comunitat Valenciana sobre urbanismo y ordenación del territorio, ha recaído sentencia 546 en fecha 18 de septiembre de 2024, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallamos
1. Estimar parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la mercantil Promociones Campello 2001, SL, contra Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana y el Catálogo de playas de la Comunitat Valenciana (DOGV n.º 8293, de 11 de mayo de 2018).
2. Declarar dicho Decreto contrario a Derecho, y en consecuencia, anularlo y dejarlo sin efecto, en cuanto a las determinaciones del PATIVEL en la zona 38 El Campello - Riu Monnegre, respecto de los suelos clasificados como suelos no urbanizables de protección litoral, tipo 1, por encima de los primeros 500 metros desde el límite interior de la ribera del mar.
3. No efectuar expresa imposición de costas.
Firme que sea la presente resolución procedase, con certificación literal de la presente, a la devolución del expediente administrativo al centro de su procedencia.
Voto Particular
Que formula la magistrada Laura Alabau Martí al amparo del artículo 260 de la Ley orgánica del poder judicial, por coincidir en el fallo estimatorio y disentir del criterio mayoritario sostenido por la Sala, en cuanto estima parcialmente, en sentencia del recurso ordinario número 147/2018, seguido a instancia de Promociones Campello 2001, SL, contra el Decreto 58/18 de 4 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana.
Voto Particular que formula la magistrada Desamparados Iruela Jiménez por disentir del criterio mayoritario sostenido por la Sala en la sentencia dictada en el presente recurso contencioso-administrativo.
Con el debido respeto al contenido y decisión de la sentencia mayoritaria, expreso, por las razones que indico a continuación, mi discrepancia con el fallo que la misma contiene.
Séptimo. En suma, estimo, por las razones que he expuesto, que la sentencia mayoritaria debió fundarse en el motivo que he desarrollado en este voto y, en consecuencia debió, por ese motivo, estimar el recurso contencioso-administrativo y declarar, a tenor de los artículos 47.2 de la Ley 39/2015 y 71.1.a) de la Ley 29/1998, la nulidad de pleno derecho del Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, tanto en lo relativo a la aprobación del Plan de acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana, como en lo que se refiere al Catálogo de playas de la Comunitat Valenciana. Todo ello sin hacer la sentencia expresa imposición de costas procesales (artículo 139.1 de la Ley 29/1998).
Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo 72.2, en relación con el 107.2 de la Ley 29/98 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa.
València, 5 de mayo de 2025
Gloria Herraéz Martín
Letrada de la Administración de justicia