BDNS (identif.): 833015.
Primero. Finalidad
Estas ayudas están destinadas al apoyo y fomento de proyectos de cooperación innovadores, vinculados en todo caso al sector agrario y agroalimentario, planteados por grupos de cooperación.
Las ayudas convocadas tienen por finalidad la consecución del objetivo transversal de modernizar la agricultura y las zonas rurales, fomentando y poniendo en común el conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas agrícolas y rurales y promoviendo su adopción por quienes se dedican a la agricultura, mediante la mejora del acceso a la investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación y adicionalmente los siguientes objetivos específicos, establecidos en el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo:
a) Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas, a corto y largo plazo, también prestando una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización. (OE2)
b) Mejorar la posición del agricultor en la cadena de valor. (OE3)
c) Contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, también mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible. (OE4)
d) Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, en particular mediante la reducción de la dependencia química. (OE5)
e) Contribuir a detener e invertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes. (OE6)
f) Promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible. (OE8)
g) Mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en materia de alimentación y salud, en particular de alimentos de alta calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, la reducción del despilfarro de alimentos, así como la mejora del bienestar de los animales y la lucha contra las resistencias a los antimicrobianos. (OE9)
Los proyectos que se aprueben han de contribuir en cualquier caso al menos a uno de los objetivos OE4, OE5 y OE6 del párrafo anterior.
Segundo. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas físicas o jurídicas, incluidas las administraciones publicas, que formen parte de un grupo de cooperación.
A efectos de esta ayuda, se entiende por grupo de cooperación a la agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que se asocien para para la ejecución de un proyecto innovador con foco en las necesidades del sector agroalimentario o forestal, o en sus interacciones con la cadena de valor agroalimentaria o forestal y con aspectos medioambientales, y del medio rural. Para la constitución del grupo de cooperación no se exige que éste tenga personalidad jurídica propia.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 2/2025, de 6 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la cooperación en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027 (DOGV 10044, de 11 de febrero).
Cuarto. Importe
Importe máximo de la convocatoria 240.000 € en 2026, 720.000 € en 2027 y 888.432 € en 2028.
La cuantía correspondiente al ejercicio 2026 y siguientes queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de dicho ejercicio.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 15 de mayo de 2025
Vicente Tejedo Tormo
Director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria