El Pleno del Ayuntamiento de València, en sesión celebrada el 30 de abril de 2025, adoptó el acuerdo que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
«Primero. Someter a información pública, por el plazo de veinte días hábiles, las modificaciones introducidas en el plan especial del área funcional n.º 4 de Campanar como consecuencia del trámite de consultas, información y participación pública, mediante los correspondientes anuncios en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en un diario no oficial de amplia difusión de la localidad; así como notificar este acuerdo a quienes ostenten la condición de interesados en el expediente, al objeto que si así lo consideran presenten alegaciones referidas a los cambios propuestos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 61.1.c) del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto Legislativo, de 18 de junio, del Consell, durante dicho plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, se admitirán para su examen y consideración nuevas alegaciones referidas a los cambios propuestos, y se podrán inadmitir las que reiteren argumentos y redunden en aspectos previamente informados.
Segundo. Solicitar informe a OCOVAL al objeto que recabe, remita y coordine los informes preceptivos de las entidades suministradoras de los servicios públicos urbanos que pudieran resultar afectados, así como a las administraciones públicas y servicios municipales consultados anteriormente en el procedimiento. La falta de emisión de los informes en el plazo establecido permitirá proseguir la tramitación de las actuaciones.
Tercero. Proceder a la inserción de la documentación del plan especial modificada en la página web municipal
(
www.valencia.es) y ponerla a disposición pública en la Oficina de Información Urbanística adscrita al Servicio de Planeamiento, sita en la planta baja del edificio municipal de la antigua Fábrica de Tabacos, en la calle Amadeo de Saboya, n.º 11.
Cuarto. Mantener la suspensión de la tramitación y el otorgamiento de licencias y la eficacia de las declaraciones responsables en los términos señalados en el acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2024 (DOGV 10015, 30.12.2024).
Quinto. Facultar tan ampliamente como proceda en derecho al Concejal delegado de planificación y gestión urbana para realizar cuantas actuaciones resulten necesarias para la plena efectividad del presente acuerdo.»
De conformidad con lo que establece el artículo 61.1, letra b del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, se abre el periodo de consultas e información pública para presentar alegaciones durante un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
La documentación se encuentra a disposición del público en las dependencias del Ayuntamiento de Valencia (c/ Amadeo de Saboya, 11, planta baja, Oficina de información, de 09:00 a 13:00 horas) y expuesta en la web de Urbanismo
(
www.valencia.es/urbanismo), en cumplimiento del artículo 55.2 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
València, 12 de mayo de 2025
Manuel Latorre Hernández
Secretario