BDNS (identif.): 832739.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
Primero. Objeto y ámbito de la convocatoria
El objeto de la presente resolución es convocar en el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, los siguientes programas de ayudas:
a) Programa I: Ayudas destinadas a apoyar actividades no económicas que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por asociaciones empresariales sectoriales industriales vinculadas a los siguientes sectores de la Comunitat Valenciana: industria agroalimentaria (CNAES 10 y 11) y sector de la biotecnología, industria del deporte, sector de la automoción, sector cerámico, sectores del vidrio, áridos y materiales de construcción no metálicos, sector del cuero y calzado, sector de las energías, sector de envases y embalajes, sector espacial y aeronáutico, sector del juguete y de los productos infantiles, sector del hábitat (madera, muebles y aparatos de iluminación), sector del mármol y de piedra natural, sector metal-mecánico, sector del plástico, sectores de la producción audiovisual y videojuegos, sector químico, sector textil, y sector de la valorización de materiales.
b) Programa II: Ayudas destinadas a apoyar actividades no económicas que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por asociaciones empresariales multisectoriales de ámbito comarcal.
Segundo. Financiación
1. Para el ejercicio 2025, las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S1461 del programa presupuestario 722A00, capítulo VII, hasta un importe global máximo estimado de 2.450.000,00 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat.
2. Se establece la siguiente distribución por programa y por sectores del importe global máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorga expresamente un carácter estimativo:
Tercero. Entidades beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias del programa de ayudas I, las asociaciones empresariales sectoriales y las agrupaciones empresariales innovadoras, siempre que operen total o parcialmente en ámbitos sectoriales industriales de la Comunitat Valenciana, que tengan domicilio social en la Comunitat Valenciana, y justifiquen de manera suficiente su vinculación directa y la del proyecto de actuación con alguno o varios de los sectores objeto de esta convocatoria.
2. Podrán ser beneficiarias del programa de ayudas II, las asociaciones empresariales multisectoriales de ámbito comarcal, siempre que tengan sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana, al menos el 25% de sus asociadas sean empresas industriales, y acrediten haber desarrollado actividad como asociación empresarial en esos ámbitos, al menos, en los tres años anteriores a la presentación de la solicitud. No serán admisibles las solicitudes presentadas por fundaciones, agrupaciones o cualesquiera otras entidades sin ánimo de lucro que no estén debidamente constituidas como asociaciones empresariales multisectoriales de ámbito comarcal, e inscritas en los registros correspondientes.
3. Los centros tecnológicos por sí mismos no podrán obtener la condición de entidad beneficiaria única de estos programas, sin perjuicio de poder participar como entidad contratada o como integrante de una agrupación empresarial innovadora o de una asociación empresarial.
Cuarto. Bases reguladoras
Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana (DOGV 9781, 05.02.2024).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Solo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59:59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).
València, 14 de mayo de 2025
María Ángela Cano García
Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo