En virtud de la delegación de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (apartado 5.4 de la Resolución de 2 de julio de 2018), el director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad dictó una resolución con fecha 15 de marzo de 2019 en la que elevaba a definitiva la aprobación del proyecto de servicio público de transporte CV-006, Castellón Metropolitana Sud, de marzo de 2019 (DOGV número 8514, de 26/03/2019).
En julio de 2020, se procede a redactar una primera actualización del proyecto de servicio público definitivo de transporte CV-006, Castellón Metropolitana Sur, que fue aprobado por la Resolución de 13 de julio de 2020, de la directora general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible (DOGV número 8863 / 22.07.2020).
Considerando lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y el tiempo transcurrido desde la redacción y aprobación del proyecto de servicio público CV-006, Castellón Metropolitana Sur de julio 2020, se ha procedido a la actualización de los costes considerados en el mismo. Para dicha actualización, sin alterar la definición de los servicios previstos, se han considerado en la estructura de costes del servicio datos más recientes publicados por el observatorio de costes del transporte de viajeros en autocar del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y por el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como los incrementos salariales previstos en los convenios sectoriales provinciales.
Considerando lo dispuesto en el artículo 90 del Real decreto ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes, se ha adaptado las características de parte de la flota prevista en proyecto para contribuir al cumplimiento de los objetivos de contratación que debe alcanzar la Generalitat.
Considerando lo dispuesto en el artículo 9 del Real decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española, se ha recabado el Informe favorable de fecha 23 de enero de 2025, de la Junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalitat, sobre la fórmula de revisión de precios incluida en el proyecto.
Vista la propuesta de aprobación de la actualización del proyecto de servicio público de transporte CV-006 Castellón Metropolitana Sur, del subdirector general de Servicios de Transporte de 5 de mayo de 2025.
En virtud de cuanto antecede y de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en el artículo 16 del Decreto 147/2023, de 5 de septiembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio,
RESUELVO
Primero
Aprobar la segunda actualización del proyecto definitivo de servicio público de transporte CV-006, Castellón Metropolitana Sur, redactada en abril de 2025.
Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El proyecto definitivo actualizado estará disponible en la página web de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio:
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía impugnatoria que se estime conveniente.
València, 8 de mayo de 2025
(p. d. R 12.08.2024; DOGV 9916, 16/08/2024)
Manuel Rios Pérez
Director general de Transportes y Logística