Vista la Orden 74/2020, de 10 de septiembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, servicios de apoyo socio-sanitarios y educativos de la Administración de la Generalitat, escala ayudante de residencia/servicios, APF-05-01, convocatoria 135/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, correspondientes a las ofertas de empleo público de 2018 y 2019 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 8909 / 21.09.2020).
Vista la resolución de 8 de noviembre de 2024, por la que se modifica la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas correspondiente a las pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, escala ayudante de residencia/servicios, APF-05-01, convocatoria 135/18, turno libre general y personas con discapacidad, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, correspondientes a las ofertas de empleo público de 2018 y 2019 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9986 / 18.11.2024).
Visto el apartado 1 de la disposición transitoria sexta, de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, que dispone que, las personas aspirantes que accedan a la función pública de la Administración de la Generalitat, mediante las convocatorias en curso a la entrada en vigor de la Ley, quedarán integradas en el cuerpo, escala o agrupación funcionarial correspondiente al puesto de trabajo al que optan, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente ley. De conformidad con la correspondencia prevista en los anexos II y III, de la citada Ley 4/2021, a las personas aprobadas en la convocatoria 135/18 se les nombrará en la agrupación profesional funcionarial APF, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de residencia/servicios APT-APF-04.
A las personas aprobadas por ampliación de la convocatoria 135/18, que ya son personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial APF, no se les puede volver a nombrar. No obstante, a los efectos previstos en el artículo 40.3 de la Ley 4/2021, se acredita que han superado los conocimientos de las pruebas de acceso de la agrupación de puestos de trabajo de ayudantes de residencia/servicios APT-APF-04.
No se convoca para elección de destino a Miguel Ángel Checa Molina, Daniel Fabregat Soriano, Adela Mota Salido y Luis Romero Soler, por no haber presentado la documentación en plazo. Tampoco se convoca a Nuria Barbera Cubel y a Ana Isabel Moreno Miñana, que ya ostentan la condición de personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de residencia/servicios, APT-APF-04.
No procede el nombramiento como personal funcionario de carrera en esta convocatoria de Miguel Ángel Checa Molina, Daniel Fabregat Soriano, Adela Mota Salido y Luis Romero Soler, por no presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, ni de María Dolores Ribes Hernández y M. Ángeles Enríquez Lerín por renuncia. Tampoco procede nombrar personal funcionario de carrera a María Alexia Verdeguer Gómez, Pedro Jesús Núñez Sahuquillo y M. José Galdón Sánchez por no personarse en el acto presencial, único y obligatorio de elección de destinos y, a Nuria Barberá Cubel y Ana Isabel Moreno Miñana, que ya ostentan la condición de personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial, agrupación de puestos de trabajo de ayudantes de residencia/servicios APT-APF-04.
Comprobado que las demás personas citadas han presentado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, procede su nombramiento como personal funcionario de carrera, tal y como se establece en la base 11 de la orden de convocatoria, y en el artículo 68.1.b) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana.
En su virtud, y en uso de la competencia establecida en el artículo 8.1 o) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana,
RESUELVO
Primero. Nombramiento personal funcionario de carrera
Nombrar personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial APF, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de residencia/servicios APT-APF-04, sector administración especial, a las personas que han superado las pruebas selectivas de la convocatoria 135/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por ampliación del listado de personal aprobadas, sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, correspondientes a la oferta de empleo público de 2018 para personal de la Administración de la Generalitat, y que constan en el anexo I de la presenta resolución.
Segundo. Acreditación conocimientos agrupación de puestos de trabajo
Acreditar la superación de los conocimientos correspondientes a la agrupación de puestos de trabajo de ayudantes de residencia/servicios APT-APF-04, a Concepción Llorens Cogollos, DNI ***1311**, por haber superado el proceso selectivo de la convocatoria 135/18.
Tercero. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas nombradas en el resuelvo primero, según anexo I de la presente resolución, deberán tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, dentro del plazo establecido y previo el juramento o promesa a que se refiere el apartado c) del artículo 68.1 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
Cuarto. Efectos administrativos y económicos
Los efectos económicos y administrativos del presente nombramiento serán del día de la toma de posesión.
Quinto. Registro de personal
Por el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 8 de mayo de 2025
Nuria Martínez Sanchis
Consellera de Justicia y Administración Pública