BDNS (identif.): 829412.
Primero. Entidades beneficiarias
Pueden optar a las ayudas las personas físicas y jurídicas privadas (entidades) que lleven a cabo actividades de creación, de producción y de difusión de actividades musicales que fomenten el multilingüismo y especialmente las actividades hechas en valenciano.
Segundo. Objeto
Las ayudas van dirigidas a fomentar la producción y realización de actividades musicales para el fomento del valenciano y el multilingüismo durante el ejercicio presupuestario de 2025.
Tercero. Bases reguladoras
La Orden 22/2017, de 7 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (DOGV n.º 8064, de 16 de junio de 2017), aprobó las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para el fomento del valenciano y el multilingüismo en el ámbito musical. La Orden 58/2022, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica parcialmente la Orden 22/2017, de 7 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en cuanto a las obligaciones de publicidad y al plazo de presentación de la documentación justificativa (DOGV 9441 de 4 de octubre de 2022).
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de subvención por esta convocatoria será de 660.000 euros.
Modalidades e importe que se asigna a cada una:
Para la modalidad A: festivales, 320.000 euros.
Para la modalidad B: conciertos, 180.000 euros.
Para la modalidad C: grabación de música, 160.000 euros
Quinto. Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 24 de abril de 2025
(p. d. R 30.01.2025; DOGV 10037, 31.01.2025)
Ignacio Martínez Arrúe
Director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística