Mediante el Decreto ley 2/2024, de 21 de febrero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a garantizar la asistencia sanitaria integral y en condiciones de equidad en el Sistema Valenciano de Salud, se crearon las agrupaciones sanitarias interdepartamentales (ASI), como entidades organizativas en las que se integran centros hospitalarios y de atención primaria de diferentes departamentos de salud, con la finalidad de contribuir a garantizar la continuidad asistencial, la equidad en el acceso, carteras de servicio eficientes, mayor calidad en la atención y mejores resultados en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
La Conselleria de Sanidad estableció en el Decreto 121/2024, de 24 de septiembre, del Consell, la estructura, funcionamiento y régimen de coordinación entre los distintos centros y servicios integrados en las agrupaciones sanitarias interdepartamentales (ASI) y su integración en las estrategias de salud de la Conselleria de Sanidad. Se dispone en el artículo 4 del citado decreto que los servicios de nivel 3 estarán disponibles en todas las agrupaciones sanitarias interdepartamentales. A estos efectos, las agrupaciones sanitarias interdepartamentales complementarias se consideran conjuntamente. Así mismo, fueron definidos los niveles de ordenación de los servicios de atención hospitalaria, siendo explicitados en el anexo los servicios de Cirugía Plástica y Reparadora como servicios de atención hospitalaria de nivel 3, por lo que los itinerarios clínicos entre los centros pertenecientes a diferentes ASI han de ser acordados en el ámbito de trabajo del Consejo Clínico Asistencial de las ASI. No obstante, dado que estos servicios prestan la atención sanitaria de quemados y quemados críticos (grandes quemados) y dado que estos servicios fueron designados como servicios de nivel 4 en el mencionado Decreto 121/2024, de 24 de septiembre, se ha procedido al desarrollo de la presente resolución por la que se declara la organización sanitaria y los intinerarios clínicos de los servicios de Cirugía Plástica y Reparadora del Sistema Valenciano de Salud.
Realizada la consulta a los jefes de servicio y consideradas sus propuestas, se recoge en el anexo de la presente resolución la organización sanitaria de los servicios de Cirugía Plástica y Reparadora del SVS, así como sus respectivos ámbitos de actuación en el marco de las agrupaciones sanitarias interdepartamentales. Todo ello sin perjuicio de la disposición transitoria única del Decreto 121/2024, de 24 de septiembre, con relación a los itinerarios clínicos, en la que se establece que los pacientes que, en el momento de la entrada en vigor de la citada norma, estuvieren siendo atendidos en centros hospitalarios distintos al asignado, seguirían siendo atendidos, si así lo deseasen, en esos centros.
Considerando el informe propuesta de la Secretaría Autonómica de Planificación, Información y Trasformación Digital en el que se detalla la situación de los servicios de Cirugía Plástica y Reparadora del Sistema Valenciano de Salud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y lo establecido en el artículo 4 del Decreto 22/2025, de 11 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad,
RESUELVO
Primero
Designar como servicios de referencia de Cirugía Plástica y Reparadora del Sistema Valenciano de Salud a los servicios de la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora de los hospitales: General Universitario de Castellón, Clínico Universitario de Valencia, Universitario y Politécnico de La Fe, Universitario Doctor Peset, Universitario de La Ribera, Consorcio Hospital General Universitario de València, General Universitario Dr. Balmis de Alicante y General Universitario de Elche así como sus ámbitos de actuación por lo dispuesto en los artículos 7.2 y 8.3 del Decreto 121/2024, de 24 de septiembre.
Segundo
Designar al Servicio de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital de Manises vinculado al servicio de referencia de Cirugía Plástica y Reparadora del Consorcio Hospital General Universitario de València.
Tercero
Designar al Servicio de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital de Dénia vinculado al servicio de referencia de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital General Universitario Dr. Balmis de Alicante
Cuarto
Designar al Servicio de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital Universitario Vinalopó vinculado al Hospital General Universitario de Elche.
Quinto
En virtud del artículo 7.1 del Decreto 121/2024, de 24 de septiembre, establecer la coordinación de recursos, así como la atención en función de la complejidad.
Sexto
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cabe recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 17 de abril de 2025
Marciano Gómez Gómez
Conseller de Sanidad
ANEXO
Propuesta de organización sanitaria e itinerarios clínicos de los servicios de atención hospitalaria de Cirugía Plástica y Reparadora del Sistema Valenciano de Salud a los efectos previstos en el Decreto 121/2024 , de 24 de septiembre, del Consell, por el que se desarrolla la estructura, funcionamiento y régimen de coordinación entre los distintos centros y servicios integrados en las agrupaciones sanitarias interdepartamentales (ASI) y su integración en las estrategias de salud de la Conselleria de Sanidad.