BDNS (identif.): 828567.
Primero. Entidades beneficiarias
Las comisiones de fiestas de las Hogueras, y de los Moros y Cristianos, durante el año 2025 que estén legalmente constituidas, inscritas en el registro correspondiente de la administración, que cumplan los preceptos y requisitos establecidos en la Orden 90/2016, que aprueba las bases reguladoras de esta convocatoria.
Segundo. Objeto
Las ayudas van dirigidas a subvencionar la edición en valenciano de los libros de las Hogueras, y de los Moros y Cristianos en que participa la entidad solicitante.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 90/2016, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de subvención por esta convocatoria será de 120.000 euros.
Las subvenciones tendrán la dotación económica siguiente:
a) Modalidad: Libros de las Hogueras
Se convocan 55 subvenciones para libros de las Hogueras con una dotación total de 74.000 euros.
b) Modalidad: libros de Moros y Cristianos
Se convocan 25 subvenciones para libros de Moros y Cristianos, con una dotación total de 46.000 euros.
Quinto. Plazo de solicitud
a) Libros de las Hogueras
El plazo de presentación de las solicitudes y de los libros se iniciará el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 20 de mayo de 2025.
b) Libros de Moros y Cristianos
El plazo de presentación de las solicitudes y los libros editados se iniciará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el DOGV y finalizará el 3 de octubre de 2025.
València, 17 de abril de 2025
Ignacio Martínez Arrúe
Director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística.