RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Relaciones con Les Corts, por la que se publica la adenda de modificación y prórroga del convenio marco de colaboración celebrado entre la Generalitat (Conselleria de Educación, Formación y Empleo), la Diputación Provincial de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, para la recuperación y rehabilitación del santuario de San Juan de Penyagolosa.

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          La Generalitat Valenciana, a través de la actual Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, la Diputación Provincial de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana han suscrito, previa tramitación reglamentaria los días 20 y 19 de diciembre de 2024, la adenda de modificación y prórroga del convenio de referencia, por lo que conforme con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que suscriba la Generalitat y su registro, una vez inscrita en el Registro de Convenios de la Generalitat con fecha 21 de marzo de 2025 y número 0357/2025, procede la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  de dicha adenda, que figura anexo a esta resolución.
 
València, 3 de abril de 2025
 
Jorge Bellver Casañ
Director general de Relaciones con Les Corts
 
 
          Adenda de modificación y prórroga del Convenio marco de colaboración entre la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación Provincial de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, para la recuperación y rehabilitación del santuario de San Juan de Penyagolosa
 
          Valencia y Castellón de la Plana, a fecha de la última firma electrónica.
 
          Reunidos
          De una parte, José Antonio Rovira Jover, conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, de la Generalitat, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 18/2024, de 12 de julio, del president de la Generalitat, por el cual dispone el cese y nombra las personas titulares de determinadas consellerias de la Generalitat (DOGV 9891 bis, 12.07.2024), que está autorizado para la firma de la presente adenda al convenio marco por medio del acuerdo del Consell, de fecha 17 de diciembre de 2024, y todo esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.6.a del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que subscriba la Generalitat y su registro.
          De otra parte, Marta Barrachina Mateu, presidenta de la Diputación Provincial de Castellón, facultada para la firma de este convenio marco en virtud del acuerdo adoptado en sesión plenaria de 20 de abril de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y asistida por el secretario general de esta corporación, Manuel Pesudo Esteve, en funciones de fedatario público, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.2 i) del RD 128/2018 de 16 de marzo, por el que regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local  con Habilitación de Carácter Nacional.
          Y de otra parte, Casimiro López Llorente, obispo de la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, nombrado el 25 de abril de 2006, por el sumo pontífice Benedicto XVI, quien tomó posesión canónica pública y notoriamente el día 23 de junio del mismo año en la catedral-basílica de Segorbe, en representación de la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, en virtud de las facultades que le concede el Código de Derecho Canónico de 1983 y, más concretamente, los cánones 373, 381 & 1 y 391 y del consentimiento otorgado por el Consejo de Asuntos Económicos de la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, en la reunión celebrada el 10 de diciembre de 2024, para la suscripción de esta adenda.
          Las partes comparecen según la representación que tienen de sus respectivas instituciones, y se reconocen mutuamente la capacidad para suscribir el presente acuerdo y,
 
 
          EXPONEN
 
          Que con fecha 11 de junio de 2021, se firmó el Convenio marco de colaboración entre la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación Provincial de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, para la recuperación y rehabilitación del santuario de San Juan de Penyagolosa. El convenio fue publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  de 6 de septiembre de 2021.
          La cláusula séptima establecía su entrada en vigor el día de su firma, si bien tenía efectos a partir del 1 de enero de 2021, y mantenía su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 con posibilidad de una prórroga, si así era acordado por las partes.
          A pesar de que dicha cláusula establecía que, en ningún caso pudiera su vigencia superar el 31 de diciembre de 2024, la complejidad técnica de las obras, el impacto de factores externos, y el interés público justifican una prórroga excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que se hace necesario modificar la referida cláusula para permitir la vigencia del convenio hasta dicha fecha.
          La Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano (LPCV) en su preámbulo establece entre sus objetivos el promover el interés de los propietarios de los bienes en la conservación, restauración y rehabilitación de éstos a través de medidas concretas. La presente prórroga se estima necesaria para garantizar la preservación o cumplimiento del objetivo patrimonial del convenio y no pretende eludir las restricciones del mismo, sino adaptar el cumplimiento a una situación extraordinaria que no pudo ser prevista y que ha alterado los plazos de manera insuperable
          En este sentido, y tras los informes técnicos que justificaron la imposibilidad de finalizar las obras en dicha fecha, en sesión plenaria de fecha 19 de diciembre de 2023 se aprobó prorrogar la fecha de finalización total de las obras hasta el 31 de diciembre de 2024.
          No obstante, y a la vista del nuevo informe del director facultativo de las obras de fecha 1 de octubre de 2024 se hace necesaria una nueva prórroga del plazo final de justificación, tal y como se motiva en el mencionado informe.
          En su virtud, ambas partes
 
 
ACUERDAN
 
          Primero
          Modificar la cláusula séptima del convenio marco de colaboración entre la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación Provincial de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, para la recuperación y rehabilitación del santuario de San Juan de Penyagolosa firmado el 11 de junio de 2021, que queda redactada de la forma siguiente:
          «Séptima. Vigencia
          Este convenio marco entrará en vigor el día de su firma, si bien tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2021, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 con posibilidad de prórrogas anuales si así es acordado por las partes, sin que en ningún caso pueda su vigencia superar el 31 de diciembre de 2025.»
 
          Segundo
          Prorrogar por un año el citado convenio marco de colaboración entre la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación de Castellón y la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana, para la recuperación y rehabilitación del santuario de San Juan de Penyagolosa.
 
          Tercero
          Los efectos de la presente adenda se extienden desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 y será objeto de desarrollo por medio de un convenio singular que suscriban las partes en el ejercicio 2025.
 
          Cuarto
          Las partes firmantes pueden resolver y dejar sin efecto la adenda de este convenio marco suscrito; así mismo, son causas de resolución, el acuerdo mutuo de las partes, siempre que razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la continuidad de la vigencia del Convenio marco, o la renuncia expresa. En todo caso, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1.f) del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que subscriba la Generalitat y su registro, las partes se comprometen a finalizar aquellas actuaciones que se encuentran en curso en los términos que se establezcan en cada convenio singular que se subscriba en desarrollo de este convenio marco.
 
          Quinto
          Las cuestiones litigosas que puedan surgir a raíz de esta adenda al convenio marco se someterán a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa que sean competentes.
          En prueba de conformidad con todo lo que se ha dicho anteriormente, las partes comparecientes, en uso de las facultades conferidas, firman electrónicamente este documento.
 
          El conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo
          José Antonio Rovira Jover
          20.12.2024
 
          La presidenta de la Diputación de Castellón
          Marta Barrachina Mateu
          19.12.2024
 
          El obispo de la Diócesis de Segorbe-Castellón de la Plana
          Casimiro López Llorente
          19.12.2024
 

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