Vista la Orden 30/2022, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convoca el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas en el anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, aprobadas y pendientes de convocatoria, y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (DOGV 9470, 15.11.2022).
Vista la Resolución de 18 de octubre de 2024, por la que se publica la relación definitiva de personas que han superado el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas del sector administración especial, subgrupo A2, del anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. (DOGV 9974, 04.11.2024).
Por Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública (DOGV 10084 / 09.04.2025) se convocó para la elección de destino a las personas que han superado el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas del subgrupo A2, sector administración especial, del anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, convocatorias 33/21, 35/21, 37/21, 39/21, 41/21, 42/21, 43/21, 44/21, 45/21, 46/21, 47/21, 48/21, 49/21, 50/21, 51/21, 52/21, 53/21, 55/21, 56/21 y 57/21. En acto obligatorio, presencial y único, el día 15 de abril de 2025, se procedió a la elección de puestos de las referidas convocatorias.
En las convocatorias 34/21, 38/21, 40/21 y 58/21, que contienen un único puesto convocado en cada una de ellas, a las personas aprobadas, se les adjudican los puestos de trabajo que les corresponde según los criterios establecidos en la Circular 7/24 de la DGFP por la que se adoptan medidas relacionadas con los procesos de estabilización previstos en el Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el cual se adaptan las ofertas de ocupación pública de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
De conformidad con la correspondencia prevista en el anexo II de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana (en adelante, LFPV), y de acuerdo con la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se adapta la clasificación de los puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat a la Ley 4/2021 (DOGV 9500, 29.12.2022), modificada por Resolución de 19 de abril de 2023 (DOGV 9580, 21.04.2023); a las personas aprobadas se les adjudican puestos del cuerpo, escala o agrupación funcionarial que corresponda según la convocatoria:
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 49 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana,
RESUELVO
Primero. Adjudicación de los puestos de trabajo
Adjudicar con carácter definitivo los puestos de trabajo que se especifican en el anexo de la presente resolución a las personas que han superado el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas del subgrupo A2, sector administración especial, del anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, convocatorias 33/21, 34/21, 35/21, 37/21, 38/21, 39/21, 40/21, 41/21, 42/21, 43/21, 44/21, 45/21, 46/21, 47/21, 48/21, 49/21, 50/21, 51/21, 52/21, 53/21, 54/21, 55/21, 56/21, 57/21, 58/21 y 59/21.
Segundo. Ceses y toma de posesión
Toma de posesión
El acto de toma de posesión tendrá lugar el día 29 de abril de 2025.
El lugar y hora de celebración del acto de toma de posesión, se comunicará con antelación suficiente, a través de la web de la Generalitat (
www.gva.es, Guia PROP, Ocupación pública, apartado «Descripción» - indicar número de convocatoria y año)
Ceses
1. Quienes han de tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado en virtud de lo dispuesto en el apartado primero de esta resolución, cesarán de oficio el día 28 de abril de 2025 en el puesto que desempeñasen, finalizando en dicha fecha la relación temporal o por mejora de empleo que pudieran ostentar en ese momento.
2. Asimismo, quienes se hallen desempeñando con destino provisional, o mediante nombramiento interino, alguno de los puestos de trabajo adjudicados, cesarán de oficio con efectos del día 28 de abril de 2025, finalizando en dicha fecha la relación temporal o por mejora de empleo que pudieran ostentar en ese momento.
3. Quienes ya ostenten la condición de personal funcionario de carrera de un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial, deben solicitar la excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público en el cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de la administración de la Generalitat en el que no vaya a permanecer en servicios activo, todo ello en virtud del artículo 151 y 152 LFPV.
Tercero. Registro de personal
Por el Registro de personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación; asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 24 de abril de 2025
Javier Lorente Gual
Director general de Función Pública