En fecha 22 de octubre de 2024, se publica la resolución de 16 de octubre de 2024, del conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes a municipios menores de 20.000 habitantes de la Comunitat Valenciana.
El apartado 8, de la base decimoprimera, determina que para la evaluación de solicitudes, conforme previene el artículo 22 de la Ley 38/2003, se constituirá una comisión de evaluación, que estará integrada por la persona titular de la Dirección General del Agua y Desarrollo Rural, o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia y nombrará al resto de integrantes de la comisión de evaluación.
Conforme determina el apartado 11, de la base decimoprimera, de la mencionada resolución de 16 de octubre de 2024, la comisión de evaluación emitirá informe de evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la base decimosegunda.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 12, de la base decimoprimera, formulará la propuesta de resolución.
Vista la propuesta de la comisión de evaluación en la que aparecen relacionados en el anexo I adjunto los beneficiarios de las ayudas y conforme a lo expuesto en el artículo 160 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, habiéndose tenido en cuenta la normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como el Real decreto 887/2006 de 21 de julio, que la desarrolla y en uso de las facultades atribuidas por la Resolución de 27 de marzo de 2024, del conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se delegan determinadas competencias en los distintos órganos de la conselleria,
RESUELVO
Primero. Concesión de subvenciones
Conceder una subvención a los municipios que se citan en el anexo I de la presente resolución con cargo a la aplicación presupuestaria G01129900GE00000 714M00, Capítulo VII, línea de subvención S1623, por un importe global de 6.272.632,26 € y con los importes individuales desglosados en el citado anexo.
Segundo. Solicitudes desestimadas
Desestimar las solicitudes del anexo II de esta propuesta de resolución, por alguno de los motivos siguientes:
1. Inadmisión por falta de presentación del proyecto técnico de la obra (apartado 6 de la base decimoprimera).
2. La actuación no consigue una reducción de pérdidas mínimo del 20 % sobre las pérdidas reales existentes antes de la actuación (apartado 1 de la base decimosegunda).
3. No haber aportado la documentación requerida en los plazos otorgados, por lo que se tiene al solicitante desistido de su petición (apartado 4 de la base decimoprimera).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición conforme a los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día a su publicación ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en el articulado de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Y ello, sin perjuicio de la posibilidad de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 16 de abril de 2025
Vicente Tejedo Tormo
Secretario autonómico de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca