RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se recoge el catálogo de unidades, las creaciones, supresiones y modificaciones de puestos de trabajo docentes, y se publica la plantilla orgánica del cuerpo de maestros de los centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat.

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          Por medio del Acuerdo de 29 de junio de 2023, del Consell de ratificación del acuerdo suscrito entre la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y las organizaciones sindicales de la mesa sectorial de educación, se pactan los criterios para la determinación de las plantillas de puestos de trabajo y las plantillas tipo de las escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios públicos de educación primaria, colegios públicos de educación infantil y primaria y centros de educación especial de titularidad de la Generalitat Valenciana.
          La Resolución de 8 de febrero de 2024 (DOGV 15.02.24), de la Dirección General de Personal Docente, recogía el catálogo de unidades, las creaciones, supresiones y modificaciones de puestos de trabajo docente y publicaba la plantilla orgánica del cuerpo de maestros de centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat, para el curso 2023-2024.
          Mediante la Resolución 10 de enero de 2025 (DOGV 16.01.25), de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, se publica el catálogo de unidades, la denominación y otros aspectos de determinados centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria y educación especial, de titularidad de la Generalitat, para el curso 2024-25.
          La Ley 7/2014, de 22 de diciembre (DOGV 29.12.2014), de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, establece en la disposición adicional duodécima que para cada curso escolar, la plantilla orgánica, así como sus modificaciones y actualizaciones, será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
          Por lo que, para el curso 2024-25, debe publicarse la plantilla orgánica de los centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria y Educación Especial de acuerdo con las unidades referidas en la Resolución de 10 de enero de 2025.
          De acuerdo con la normativa anteriormente citada y en virtud de las atribuciones reconocidas en el artículo 8 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo,
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Publicar la relación de los puestos de trabajo de la plantilla orgánica de personal docente del cuerpo de maestros, de los centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria y centros de Educación Especial, de titularidad de la Generalitat, de acuerdo con las unidades publicadas en la Resolución de 10 de enero de 2025, indicando las creaciones, supresiones y modificaciones de puestos de trabajo docentes con relación a la situación del curso escolar anterior.
          Los enlaces de la página web GVA que contienen el catálogo de primaria del curso actual (2024-2025) son los siguientes:
          Alicante:
          Castellón:
          Valencia:
 
          Segundo
          Esta Resolución producirá efectos a partir del inicio del curso escolar 2024/2025.
 
          De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
          a) El recurso de reposición tendrá que interponerse ante el órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
          b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
 

València, 7 de febrero de 2025
 
Francisco Pablo Ortega Gil
Director general de Personal Docente
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