BDNS (identif.): 824292.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
Primero. Beneficiarios y condiciones
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades empleadoras de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana que contraten, con posterioridad a la publicación de este extracto a personas discapacitadas severas mediante un contrato temporal o a personas discapacitadas procedentes de un centro especial de empleo mediante un contrato indefinido.
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación de personas con discapacidad, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la contratación de personas desempleadas en la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 24 de mayo de 2024.
Cuarto. Cuantía de la subvención
1. Estas subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 300.000 euros, fondos propios de la Generalitat.
2. El importe de la subvención será:
a) en el caso de contrataciones indefinidas a jornada completa de personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo: 12.500 euros (si concurre adicionalmente la condición de víctima de violencia sobre la mujer, 22.000 euros; si concurre la de discapacidad severa, 30.000 euros).
b) en el caso de contrataciones temporales por un periodo de entre 3 y 12 meses a jornada completa de personas con discapacidad severa: 950 euros por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.
3. Los contratos a tiempo parcial de al menos 15.00 horas semanales de las personas con discapacidad severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar solicitudes se iniciará a las 10.00 horas del día siguiente al de la publicación de este extracto. Las solicitudes deberán presentarse después de la contratación objeto de subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 1 de septiembre de 2025.
València, 28 de marzo de 2025
Antonio Galvañ Diez
Director general