Publicada la Orden 5/2025, de 28 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER para la ejecución de las operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local participativas, contempladas en el Plan estratégico de la política agrícola común de España (PEPAC) 2023-2027, en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV 10061, 06.03.2025), se han advertido los siguientes errores:
1. En el punto 2 del artículo 17,
Donde dice:
«2. A los efectos anteriores se considera inadmisión el incumplimiento de los requisitos no subsanables establecidos en el artículo 5.2 de estas bases.»;
Debe decir:
«2. A los efectos anteriores se considera inadmisión el incumplimiento de los requisitos no subsanables establecidos en el artículo 4.2 de estas bases.»
2. En la letra e) del apartado 1 del artículo 7,
Donde dice:
«e) Gastos de productos financieros e inversiones leasing y renting.»;
Debe decir:
«e) Gastos de productos financieros e inversiones leasing y renting, excepto lo dispuesto para las ayudas para proyectos propios de los GAL programados en la EDLP.»
3. En la letra h) del apartado 1 del artículo 7,
Donde dice:
«h) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo usados o de segunda mano, ni el arrendamiento de maquinaria y bienes de equipo.»;
Debe decir:
«h) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo usados o de segunda mano, ni el arrendamiento de maquinaria y bienes de equipo, excepto lo dispuesto para las ayudas para proyectos propios de los GAL programados en la EDLP.»
4. En la letra a) del apartado 5 de la sección 2 del anexo I,
Donde dice:
«a) los costes de construcción, adquisición, incluido el arrendamiento financiero, o la mejora de bienes inmuebles, incluidas las inversiones en cableado pasivo interno o cableado estructurado para redes de datos y, en caso necesario, la parte auxiliar de la red pasiva en la propiedad privada en el exterior del edificio, mientras que la compra de terrenos solo será subvencionable hasta un máximo del 10 % de los costes subvencionables totales de la operación de que se trate. En caso de adquisición de bienes inmuebles deberá presentarse informe de tasación en el que se declare justificadamente el precio de mercado diferenciando el bien y el de los terrenos donde se asienta y que el bien no ha recibido alguna otra subvención previa.»;
Debe decir:
«a) los costes de construcción, adquisición o la mejora de bienes inmuebles, incluidas las inversiones en cableado pasivo interno o cableado estructurado para redes de datos y, en caso necesario, la parte auxiliar de la red pasiva en la propiedad privada en el exterior del edificio, mientras que la compra de terrenos solo será subvencionable hasta un máximo del 10 % de los costes subvencionables totales de la operación de que se trate. En caso de adquisición de bienes inmuebles deberá presentarse informe de tasación en el que se declare justificadamente el precio de mercado diferenciando el bien y el de los terrenos donde se asienta y que el bien no ha recibido alguna otra subvención previa.»
5. En el apartado 6 de la letra b) sección 2 del anexo I,
Donde dice:
«6. Los costes, distintos de los contemplados en el apartado 5, letras a) y b), relacionados con contratos de arrendamiento financiero tales como el margen del arrendador, los costes de refinanciación de los intereses, los gastos generales y los gastos de seguro no se considerarán costes subvencionables.»;
Debe decir:
«6. Los costes relacionados con contratos de arrendamiento financiero tales como el margen del arrendador, los costes de refinanciación de los intereses, los gastos generales y los gastos de seguro no se considerarán costes subvencionables.»
6. En la letra b) del apartado 1.2 de la sección 1 del anexo I,
Donde dice:
«b) Actuaciones subvencionables
En las estrategias de desarrollo local destinadas a la creación de microempresas se podrán llevar a cabo intervenciones destinadas a conseguir los objetivos del artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115, encaminadas a favorecer la creación de microempresas de cualquier sector económico, distinto del agroalimentario, con el objetivo de mejorar la producción, la calidad de los productos y servicios, reducir el impacto ambiental y aumentar la competitividad, siempre que cumplan las condiciones de los párrafos siguientes.»;
Debe decir:
«b) Actuaciones subvencionables
En las estrategias de desarrollo local destinadas a la creación de microempresas se podrán llevar a cabo intervenciones destinadas a conseguir los objetivos del artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115, encaminadas a favorecer la creación de microempresas de cualquier sector económico, distinto del agrario, con el objetivo de mejorar la producción, la calidad de los productos y servicios, reducir el impacto ambiental y aumentar la competitividad, siempre que cumplan las condiciones de los párrafos siguientes.»
València, 3 de abril de 2025
Miguel Barrachina Ros
Conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca