La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2025, en el asunto de referencia, adoptó entre otros el siguiente acuerdo que en su parte dispositiva acuerda:
«6. Informe ambiental y territorial estratégico en el trámite evaluación ambiental del Plan parcial del sector PAU/9, Lomas de Garbinet (n.º exp. PLA2024000014).
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A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes
ACUERDOS
Primero
Emitir informe ambiental y territorial estratégico (IATE) favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan parcial del sector PAU-9, Lomas de Garbinet, de acuerdo con los criterios del anexo VIII del TRLOTUP, por considerar que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan los condicionantes descritos a continuación, correspondiendo continuar la tramitación del mismo conforme su normativa sectorial.
Se deberá tener con consideración los siguientes aspectos en la redacción del documento urbanístico:
1. Se elaborará estudio de integración paisajística que determine las medidas que garanticen la correcta integración de la actuación tanto con las Lomas de Garbinet como con su entorno inmediato.
2. Se elaborará estudio acústico que establezca las medidas para garantizar la correcta calidad acústica de la intervención.
3. Se elaborará plan de movilidad.
4. En las normas urbanísticas del plan parcial se garantizará la sostenibilidad ambiental, económica y social de las futuras edificaciones y los elementos de urbanización del sector. Es imprescindible que se establezcan medidas específicas relacionadas con la sostenibilidad, la ecoeficiencia y la calidad acústica tanto de las edificaciones como de la urbanización. A su vez, se recogerán las condiciones del informe de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de fecha 26 de junio de 2023.
5. Se estudiará la incidencia que pueda tener sobre la perspectiva de género.
6. Se elaborará informe de sostenibilidad económica y memoria de viabilidad económica.
7. Estudiar la posible implantación del viario perimetral dotacional como uso restringido, de manera que se genere un tratamiento unitario en relación con el resto de viarios peatonales y ciclistas del ámbito.
8. La necesidad de conectar la red viaria peatonal propuesta con la red de itinerarios que proyecte en la zona verde de red primaria de las Lomas de Garbinet.
9. Se elaborará memoria de impacto paleontológico para evaluar las determinaciones y normas relacionadas con la prospección paleontológica de la zona
10. La alternativa propuesta deberá incorporar las reservas suficientes de suelo dotacional educativo público conforme los requisitos establecidos en el Decreto 104/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se aprueba la normativa técnica en materia de reservas dotacionales educativas.
Deberá elaborarse un estudio complementario que analice la ubicación de la reserva educativa, sus posibles afecciones ambientales, en particular, en lo referido a la contaminación acústica y atmosférica, el planeamiento deberá incorporar las medidas correctoras necesarias. Asimismo, la reserva educativa deberá ubicarse en ámbitos que no presenten sobreexposición a ningún tipo de contaminante, especialmente en zonas donde la calidad del aire cumpla con los límites y valores establecidos en la normativa vigente y donde el nivel sonoro exterior máximo se mantenga dentro de los parámetros permitidos para el uso docente predominante, según lo estipulado en la Ley 7/2002.
En relación con la versión preliminar del Plan parcial que se elabore, deberá cumplir lo establecido en el Decreto 104/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se aprueba la norma técnica en materia de reservas dotacionales educativas, presentando un anexo educativo según lo indicado en los artículos, 14, 15, 16 y 17 del anexo II del mismo decreto.
11. Deberá tener en consideración todo aquello establecido en los Informes sectoriales emitidos en el procedimiento.
Segundo
Publicar el IATE en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana así como en la página web del Ayuntamiento, y con base en lo dispuesto en el art. 53.7 del TRLOTUP el IATE perderá su vigencia y cesará en la producción de efectos que le son propios si, una vez publicado en el DOGV, no se hubiera procedido a la aprobación del Plan parcial del sector PAU-9, Lomas de Garbinet, en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.»
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53.7 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
Alicante, 31 de marzo de 2025
(p. d. R 19.06.2023)
Rocío Gómez Gómez
Concejala delegada de Urbanismo
Germán Pascual Ruiz-Valdepeñas
Vicesecretario