Vista la solicitud formulada por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Nules para la autorización de un botiquín turístico en el núcleo de población de las playas de Nules.
Considerando que existen en dichas playas de Nules, un incremento poblacional durante el periodo estival que justifica la autorización de un botiquín turístico.
Considerando que se cumple lo previsto en el artículo 1 de la Orden de 1 de junio de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regulan los botiquines farmacéuticos de la Comunitat Valenciana, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6,
RESUELVO
Admitir a trámite dicha solicitud con las siguientes indicaciones:
- El Ayuntamiento de Nules facilitará local y mobiliario para la ubicación del botiquín.
- El importe de la concesión administrativa asciende a 1.588,50 euros.
- La atención al público del botiquín, se realizará de 9 a 14 horas y de 18 a 19 horas (lunes a viernes) y los sábados sólo se abrirá si hubiera consulta médica en el consultorio de las playas de Nules, en el local sito av. Illes Columbretes, s/n. Así mismo la apertura se realizará a partir del 01/07/2025 hasta el 31/08/2025.
Los farmacéuticos titulares de oficina de farmacia abierta al público en la zona farmacéutica 24, de Nules y colindantes, interesados en la adjudicación del botiquín deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la presente publicación, la instancia, según el modelo establecido en el anexo de la Orden de 1 de junio de 2000, de la Conselleria de Sanidad, acompañada de la documentación prevista en el artículo 6.2 de la citada orden, así como acreditación de la distancia existente entre las oficinas de farmacia y el local propuesto para la instalación del botiquín y en su caso acreditación de farmacia de viabilidad económica comprometida. La vinculación del botiquín se realizará conforme al artículo 34 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunitat Valenciana, modificado por el Decreto ley 14/2024, de 10 de diciembre, del Consell.
La presentación de solicitudes se podrá efectuar en el Registro General de la Conselleria de Sanitat, c/ Micer Mascó, 31, de València, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 31 de marzo de 2025
Elena Gras Colomer
Directora general de Farmacia