Mediante la Resolución de 10 de julio de 2023, del gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno, se convocó el proceso de selección, convocatoria 5/2023, para el ingreso como personal fijo en el puesto de trabajo del IVAM de naturaleza laboral n.º 29, auxiliar de servicios, correspondiente al turno libre por diversidad funcional de la oferta pública de empleo del IVAM de 2021 (DOGV 9763, 10.01.2024).
De acuerdo con la base 7 de la convocatoria y con el apartado II.11 de la Resolución de 27 de abril de 2022, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la cual se dictan instrucciones y se dispone la publicación del VI Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat, relativo a criterios generales de aplicación a las ofertas de empleo público y sus convocatorias, el órgano técnico de selección (de ahora en adelante OTS) será designado por resolución de la subsecretaría de la Conselleria o departamento de adscripción de la entidad.
A la vista de lo expuesto,
RESUELVO
Nombrar las personas que compondrán el órgano técnico de selección para el ingreso como personal fijo en el puesto de trabajo del IVAM de naturaleza laboral, n.º 29, auxiliar de servicios, correspondiente al turno libre por diversidad funcional de la oferta de empleo público del IVAM de 2021.
Titulares:
Presidente: Salvador Carbonell Martínez, jefe de la Sección de Gestión y Desarrollo de RRHH.
Secretario: Alberto Mata Parreño, jefe del departamento de TIC del IVAM
Vocales:
Isabel López García, administrativa de gestión económica del IVC.
M.ª Ángeles Tomás Blasco, administrativa del Organismo Autónomo Universidad Popular Ayuntamiento de València.
Suplentes:
Presidente: Pablo Jiménez Notario, administrativo de la Diputació de València
Secretaria: M.ª Victoria Menor Cuenca, técnica de publicaciones del IVAM.
Vocales:
Marta Oliver Andrés, jefa del Negociado de Turismo de la Diputació de València.
José Torrent Martínez, arquitecto técnico, Servicio de Proyectos Técnicos de la Diputació de València.
Previamente a la constitución del OTS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, deberá quedar acreditado en el expediente la pertenencia de los miembros designados como miembros del OTS al grupo o, en su caso, subgrupo de clasificación profesional al que corresponda una titulación de igual o superior nivel académico al exigido en la convocatoria, así como que, al menos, más de la mitad de sus miembros cuentan con titulaciones correspondientes a la misma área de conocimientos exigida en la convocatoria. Asimismo, deberá quedar acreditado que los/las componentes del OTS han adquirido la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo, tras haber superado los correspondientes procesos selectivos, convocados de acuerdo con los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que rigen en el ámbito público.
Por otro lado, las personas designadas deberán aportar declaración en la que indiquen que no concurre en ellos motivo de abstención, de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como que no han realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
València, 4 de marzo de 2025
Alida C. Mas Taberner
Subsecretaria