Mediante la Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones del programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana (DOGV 9996, de 29 de noviembre de 2024).
Prorrogados para el ejercicio 2025 los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, el Decreto 193/2024, de 23 de diciembre, del Consell, establece los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2024, hasta la entrada en vigor de los presupuestos para 2025,y de conformidad con lo señalado en el apartado segundo de la Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, procede publicar el importe global máximo destinado a las subvenciones previstas en la mencionada resolución.
Vista la propuesta de resolución de la Dirección General de Ciencia e Investigación de 12 de marzo de 2025, y de conformidad con la misma,
RESUELVO
Primero
Las subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana, convocadas para el ejercicio 2025 mediante la Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo se financiarán con cargo a la sección, subprograma, línea e importe global máximo que a continuación se relacionan:
Sección G0109.
Subprograma 542C00, Investigación, desarrollo tecnológico e innovación (I+D+i).
Línea S0296: Programa de I+D+i Comunitat Valenciana: Ayudas para el fomento y apoyo a la I+D+I.
Importe global máximo para las subvenciones convocadas por Resolución 27 de noviembre de 2024: 68.451.201,30 euros con el siguiente desglose: 13.143.988 euros para el ejercicio 2025, 19.119.275 euros para el ejercicio 2026, 16.459.629,97 euros para el ejercicio 2027, 12.472.475 euros para el ejercicio 2028 y 7.255.833,33 euros para el ejercicio 2029.
Los importes para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029 quedan condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos de la Generalitat.
Segundo
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su firma, y se procede a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
València, 24 de marzo de 2025
José Antonio Rovira Jover
Conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo