Vista la Orden 30/2022, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convoca el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas en el anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, aprobadas y pendientes de convocatoria, y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (DOGV 9470 / 15.11.2022).
Vista la Resolución de 30 de septiembre de 2024, por la que se publica la relación definitiva de personas que han superado el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas de la agrupación profesional funcionarial del anexo I del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, aprobadas y pendientes de convocatoria, y se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre (DOGV 9953 / 08.10.2024).
La convocatoria 111/21, del grupo C2, comprende los puestos 758 y 1030, con denominación guarda espacios naturales, incluidos en el anexo V puestos no clasificados, del Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell, por el que se adaptan las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, aprobadas y pendientes de convocatoria, y se ejecuta la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (DOGV 9351 / 31.05.2022).
Por resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Función Pública (DOGV 10052 / 21.02.2025) se convoca a las personas aprobadas en la convocatoria 111/21 para la elección de destino, de manera telemática. Mediante Edicto de 4 de marzo de 2025, se publica la adjudicación provisional de los puestos, otorgando un plazo de 3 días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones. Finalizado el plazo, y no habiendo recibido alegaciones, se eleva a definitiva la adjudicación provisional de los destinos.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 49 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana,
RESUELVO
Primero. Adjudicación de los puestos de trabajo
Adjudicar con carácter definitivo el puesto de trabajo que se especifica en el anexo de la presente resolución a la persona que ha superado el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas previstas del subgrupo C2, convocatoria 111/21.
Segundo. Ceses y toma de posesión
Toma de posesión
El acto de toma de posesión tendrá lugar el día 1 de abril de 2025.
El lugar y hora de celebración del acto de toma de posesión, se comunicará con antelación suficiente, a través de la web de la Generalitat (
www.gva.es, Guia PROP, Empleo público, apartado «Descripción» - indicar número de convocatoria y año - 111/21)
Ceses
1. Quienes han de tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado en virtud de lo dispuesto en el apartado primero de esta resolución, cesarán de oficio el día 31 de marzo de 2025 en el puesto que desempeñasen, finalizando en dicha fecha la relación temporal o por mejora de empleo que pudieran ostentar en ese momento.
2. Asimismo, quienes se hallen desempeñando con destino provisional, o mediante nombramiento interino, alguno de los puestos de trabajo adjudicados, cesarán de oficio con efectos del día 31 de marzo de 2025, finalizando en dicha fecha la relación temporal o por mejora de empleo que pudieran ostentar en ese momento.
3. Quienes ya ostenten la condición de personal funcionario de carrera de un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial, deben solicitar la excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público en el cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de la administración de la Generalitat en el que no vaya a permanecer en servicios activo.
Tercero. Registro de personal
Por el Registro de personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación; asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 26 de marzo de 2025
Javier Lorente Gual
Director general de Función Pública