Vista la Orden 37/2023, de 22 de junio, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo técnico facultativo de tributos, A2-05, cuerpo especial, convocatoria 11/23, turno libre general, por el sistema de oposición correspondiente a la oferta de empleo público de 2023 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9628, 29.06.2023).
Vista la Resolución de 16 de septiembre de 2024, por la que se publica la relación definitiva de personas que han superado las pruebas selectivas de acceso al cuerpo técnico facultativo de tributos, A2-05, cuerpo especial, convocatoria 11/23, turno libre general, por el sistema de oposición correspondiente a la oferta de empleo público de 2023 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9945, 26.09.2024).
Por resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Función Pública (DOGV 10049, 18.02.2025) se convoca a las personas aprobadas en la convocatoria 11/23 para la elección de destino a través de procedimiento telemático. Mediante edicto de 27 de febrero de 2024, se publica la adjudicación provisional de los puestos, otorgando un plazo de cinco días naturales para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones. En dicho plazo no se ha recibido ninguna alegación a la adjudicación provisional y por tanto, se propone elevar a definitiva la adjudicación de los destinos.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 49 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana,
RESUELVO
Primero. Adjudicación de los puestos de trabajo
Adjudicar con carácter definitivo los puestos de trabajo que se especifican en el anexo de la presente resolución a las personas que han superado las pruebas selectivas de acceso al cuerpo técnico facultativo de tributos, A2-05, cuerpo especial, convocatoria 11/23, turno libre general, por el sistema de oposición correspondiente a la oferta de empleo público de 2023 para personal de la Administración de la Generalitat.
Segundo. Ceses y toma de posesión
Toma de posesión
El acto de toma de posesión tendrá lugar el día 21 de marzo de 2025.
El lugar y hora de celebración del acto de toma de posesión, se comunicará con antelación suficiente, a través de la web de la Generalitat (
www.gva.es, Guia PROP, ocupación pública, apartado Descripción - indicar número de convocatoria y año - 11/23)
Ceses
1. Quienes han de tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado en virtud de lo dispuesto en el apartado primero de esta resolución, cesarán de oficio el día 20 de marzo de 2025, en el puesto que, en su caso, desempeñasen.
2. Asimismo, quienes se hallen desempeñando con destino provisional, o mediante nombramiento interino, alguno de los puestos de trabajo adjudicados, cesarán de oficio con efectos del día 20 de marzo de 2025.
3. Quienes ya ostenten la condición de personal funcionario de carrera de un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial, deben solicitar la excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público en el cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de la Administración de la Generalitat en el que no vaya a permanecer en servicios activo.
Tercero. Registro de personal
Por el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 12 de marzo de 2025
Javier Lorente Gual
Director general de Función Pública