BDNS (identif.): 818421.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
y en la página web del IVACE:
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas las pymes, y las asociaciones y federaciones sectoriales que entre sus objetivos y actividades se encuentre el apoyo a la internacionalización de sus miembros, con sede social en la Comunitat Valenciana, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y cumplan con el resto de los requisitos establecidos en la Orden 20/2016, de 19 de octubre.
Quedan excluidas las pymes que desarrollen actividades encuadradas en las secciones K y L de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 102, 28 del 04 de 2007).
Segundo. Objeto
El objeto de la presente resolución es convocar la concesión de ayudas a la contratación de jóvenes para la internacionalización de las pymes de la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2025.
Tercero. Bases reguladoras
2. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por la Orden 20/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) para impulsar la internacionalización empresarial (DOGV 7903, 25. 10.2016), modificada parcialmente por Orden 11/2017, de 11 de mayo (DOGV 8040, 16.05.2017) y por la Orden 5/2024, de 18 de julio, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo (DOGV 9902, 26.07.2024). Dichas bases establecen las condiciones de las ayudas que aquí se regulan.
Cuarto. Cuantía
Las ayudas que se regulan en la presente resolución se financiarán según indica el Decreto 193/2024, de 23 de diciembre, del Consell, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2025, hasta la entrada en vigor de los presupuestos para 2025, en el presupuesto prorrogado de gastos 2024 para el ejercicio 2025 del IVACE, se encuentra consignado, en la línea presupuestaria S1484 un importe de 1.552.500 €.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) hasta el 30 de abril de 2025 (ambos inclusive).
Sexto. Otros datos
1. Solicitudes: por vía telemática de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la página web
http://www.ivace.es.
2. Documentación a presentar: la prevista en el artículo 5 de la convocatoria.
3. Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 9 de la convocatoria. La consultoría objeto de subvención deberá ser iniciada entre el 19 de octubre de 2024 y el 30 de abril de 2025.
4. Plazo máximo de justificación:
La fecha límite de presentación de la documentación justificativa, salvo que se resuelva otra fecha posterior en la resolución de concesión, será el 30 de abril de 2026
València, 28 de febrero de 2025
María Ángela Cano García
Presidenta del IVACE