De acuerdo con la situación de emergencia 0 declarada por el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat de 3 de marzo de 2025 y las declaraciones de alerta naranja de AEMET, y ante la previsión de su evolución a alerta roja en algunas zonas, en numerosas localidades de las tres provincias de la Comunitat Valenciana, los ayuntamientos correspondientes han suspendido las actividades lectivas, en muchos casos al menos los días 4 y 5 de marzo.
Ante la imposibilidad de los centros educativos de desarrollar la jornada de consulta a las familias, prevista inicialmente para el día 5 de marzo de 2025, se aplaza la jornada de consulta a las familias de solicitud de modificación de la jornada escolar con el fin de garantizar que se pueda realizar el procedimiento de forma correcta y con garantías.
Por tanto, ante esta situación excepcional derivada de una emergencia de carácter imprevisible, y de conformidad con la instrucción 14 de la Resolución de 12 de diciembre de 2024 anteriormente citada, referida al procedimiento de consulta a las familias en su apartado 2 que establecía el día 5 de marzo para la consulta a las familias,
RESUELVO
Primero
Modificar el calendario para la modificación de la jornada escolar para el curso 2025/2026, establecido en la instrucción catorce y en el anexo IV de la Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, de instrucciones sobre el procedimiento de la Orden 9/2022, de 25 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las condiciones y el procedimiento de solicitud y autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria del sistema educativo valenciano, y establece el calendario para la modificación de la jornada escolar para el curso 2025/2026, para los centros autorizados a realizar la consulta a las familias para modificación de la jornada escolar.
Segundo
Se modifica la instrucción catorce de la Resolución de 12 de diciembre de 2024, en su apartado segundo que pasa a tener la siguiente redacción:
«El día 11 de marzo de 2025 será el día de consulta a las familias. En caso de que el citado día sea festivo local o festivo a efectos escolares, la consulta se realizará excepcionalmente el día lectivo inmediatamente siguiente al indicado anteriormente. En estos casos, el centro educativo deberá comunicar dicha circunstancia a la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística en su escrito de solicitud. Dicho órgano directivo, una vez visto que concurre la causa indicada, y determinada la nueva fecha de realización de la consulta, adaptará el calendario del resto de trámites y lo comunicará al centro docente.»
Tercero
El aplazamiento de la fecha de votación supone la modificación de los procedimientos posteriores derivados de la consulta a las familias, que deberán adaptarse a lo establecido en las instrucciones 16,17 y 18 de la Resolución de 12 de diciembre de 2024, tal como se recoge en la modificación del anexo IV.
Cuarto
En el resto de los aspectos relativos a este procedimiento, les será de aplicación lo dispuesto en la Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, de instrucciones sobre el procedimiento de la Orden 9/2022, de 25 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las condiciones y el procedimiento de solicitud y autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria del sistema educativo valenciano, y establece el calendario para la modificación de la jornada escolar para el curso 2025/2026.
DISPOSICIÓN FINAL
Única
Esta resolución producirá efectos desde el día de su firma.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el que disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 4 de marzo de 2025
Ignacio Martínez Arrúe
Director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística