RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de la IV edición de los Premios Participa-Acción, para el ejercicio 2025.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

          Mediante la Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Generalitat, se aprobaron las bases reguladoras de los Premios Participa-Acció (DOGV 10012, 24.12.2024) -en adelante, Resolución de 24 de octubre de 2024-.
          De conformidad con el artículo 160.4.b, de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en relación con el artículo 4 del Decreto 173/2024, de 3 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y con el apartado primero, subapartado 2.e, de la Resolución de 8 de noviembre de 2023, del president de la Generalitat, por la que delega determinadas atribuciones en diferentes órganos de la Presidencia,
 
 
RESUELVO
 
          Primero. Objeto
          Convocar, para el ejercicio 2025, la IV edición de los Premios Participa-Acció que tienen por objeto destacar proyectos ejecutados en el territorio de la Comunitat Valenciana por entidades locales, entidades ciudadanas, centros docentes y ciudadanía (personas físicas), que aporten valor e innovación a favor de la participación ciudadana y del fomento del asociacionismo, y las trayectorias personales que tienen que ver con ellos.
 
          Segundo. Personas y entidades beneficiarias
          De conformidad con lo previsto en la base segunda, del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, podrán ser entidades y personas beneficiarias de los premios, según las para la modalidad 1 (proyectos de participación ciudadana) y 2 (proyectos de educación para la participación) las siguientes:
          - Entidades locales cuyo ámbito territorial sea inferior al provincial
          - Entidades ciudadanas
          - Casas regionales
          - Centros valencianos en el exterior
          - Centros docentes
          - Ciudadanía (personas físicas).
          En la modalidad 3 (trayectorias personales relevantes para el fomento del asociacionismo, o para la mayor integración y participación ciudadana, en los ámbitos específicos de actividad de las entidades ciudadanas, las casas regionales y los centros valencianos en el exterior), únicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas.
 
          Tercero. Financiación.
          El presupuesto destinado a financiar la IV Edición de los Premios Participa-Acció ascenderá a 23.000,00 euros como máximo, a cargo de la aplicación presupuestaria G01050202 112H00, capítulo IV, línea de subvención S0512 de los presupuestos de la Generalitat para 2024, según lo dispuesto en el Decreto 193/2024, de 13 de diciembre, del Consell, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2024, hasta la entrada en vigor de los presupuestos para 2025.
 
          Cuarto. Cuantías de los premios.
          En el caso de las modalidades 1 y 2, los premios consistirán en un certificado o un diploma de reconocimiento y, adicionalmente, en la asignación económica a que se refiere la base cuarta del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, que, para el ejercicio 2025, se cuantifica en los siguientes importes:
          De acuerdo con la propuesta de concesión del órgano de valoración regulado en la base duodécima del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, y con lo dispuesto en la base cuarta de ese mismo anexo, el órgano competente para resolver concederá los siguientes premios de contenido económico:
          - Modalidad 1. Proyectos de participación ciudadana:
          Primer premio 6.000 euros.
          Segundo premio 3.500 euros.
          Tercer premio 2.000 euros.
          - Modalidad 2. Proyectos de educación para la participación, tanto en el ámbito formal como en el ámbito no formal:
          Primer premio 6.000 euros.
          Segundo premio 3.500 euros.
          Tercer premio 2.000 euros.
          En el caso de la modalidad 3, los premios consistirán en un certificado o diploma de reconocimiento, otorgándose un único reconocimiento en cada uno de los siguientes ámbitos:
          - Ámbito de las entidades ciudadanas (pudiendo ser beneficiarias las personas físicas que desarrollen o hayan desarrollado en su ámbito propio una actividad relevante).
          - Ámbito de las casas regionales (pudiendo ser beneficiarias las personas físicas que desarrollen o hayan desarrollado en su ámbito propio una actividad relevante).
          - Ámbito de los centros valencianos en el exterior (pudiendo ser beneficiarias las personas físicas que desarrollen o hayan desarrollado en su ámbito propio una actividad relevante).
          En caso de que se declare desierto alguno o algunos de los premios de las modalidades 1 y 2 se actuará según se establece en los apartados 3 y 4 de la base cuarta del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024.
 
          Quinto. Forma y plazo en el que deben presentarse las solicitudes.
          De acuerdo con lo dispuesto en la base décima, apartado 1, del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.
          Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, en la URL: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G22012, en la forma y con los requisitos y condiciones que se establecen en la base décima del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024.
          Además, las solicitudes podrán presentarse en la forma y con los requisitos y condiciones que se establecen en los apartados 2 a 8 de la base décima del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024.
 
          Sexto. Documentos e información que deben acompañarse a la petición.
          La solicitud, cumplimentada en todos sus apartados, especificará la modalidad a la que se presenta, y deberá ir acompañada de los documentos a que hacen referencia la base novena del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024 y el anexo de la presente convocatoria.
 
          Séptimo. Criterios de valoración de las solicitudes.
          En la valoración de los proyectos que opten a ganar uno de los premios regulados en las bases del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024 y en esta convocatoria, en sus modalidades 1 y 2, y en la valoración de las trayectorias personales que opten al reconocimiento a través de uno de los premios regulados en la modalidad tres, se podrá obtener un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en la base séptima de dicho anexo.
 
          Octavo. Resolución y notificación
          De acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de la base decimotercera del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, la persona titular del departamento del Consell competente en materia de participación ciudadana dictará resolución sobre la adjudicación de los premios convocados.
          Asimismo, según dispone el apartado 4 de la citada base decimotercera, la resolución se dictará en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Transcurrido el plazo señalado sin que se haya producido resolución expresa, se entenderá que las solicitudes han sido desestimadas, a los efectos previstos en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC).
          La resolución por la que se concedan o denieguen los premios será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con el artículo 45.1.b de la LPAC, y en el portal GVA Participa, sin perjuicio del uso de otros medios para su difusión establecidos por el órgano competente para resolver.
 
          Noveno. Información relativa al tratamiento de datos personales
          1. La gestión de estos premios comporta el tratamiento de datos de carácter personal, por lo que se aplican las medidas y garantías reguladas en la normativa en materia de protección de datos, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
          2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del RGPD, la información en materia de protección de datos es la siguiente:
          a) Responsable del tratamiento: Subsecretaría
          b) Los datos de contacto del delegado de protección de datos son los siguientes: Paseo de la Alameda, 16. 46010 València. Correo electrónico: dpd@gva.es  .
          c) La finalidad para el tratamiento de datos personales será la gestión de la concesión de los premios Participa- Acción.
          d) En cumplimiento de los principios de publicidad y transparencia, las personas y entidades beneficiarias deberán cumplir con lo previsto en la base vigésima del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Generalitat.
          e) Los datos no serán objeto de transferencias internacionales.
          f) El responsable del tratamiento podrá efectuar, en el ejercicio de sus competencias, las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos declarados por la persona interesada que están en poder de las administraciones públicas.
          g) De conformidad con el artículo 13.2 del RGPD, todos los datos personales solicitados a través de los formularios y la documentación vinculada son necesarios para poder tramitar los premios en las distintas fases del procedimiento. La falta de comunicación de estos datos a la Dirección General de Transparencia y Participación comportará las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico.
          h) Cuando la persona solicitante o quien le represente legalmente aporte datos de carácter personal de terceras personas en el procedimiento administrativo, tendrá la obligación de informarles, en los términos que establece el presente apartado, de los siguientes extremos:
          - La comunicación de dichos datos a la Administración para su tratamiento en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los fines del procedimiento.
          - La posibilidad de que la Administración realice consultas relacionadas con sus datos para comprobar, entre otros extremos, su veracidad. Si esta consulta requiere autorización por ley por parte de las personas cuyos datos se van a consultar, la persona solicitante o quien le represente legalmente deberá haber recabado dicha autorización, que estará disponible a requerimiento de la Administración en cualquier momento.
          - La posibilidad y forma de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento u oposición que le asisten en relación con el tratamiento de sus datos personales.
          i) Plazo de conservación de datos: los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la que se solicitan y por los plazos establecidos en las normas vigentes para cumplir obligaciones y responsabilidades legales, y serán suprimidos de acuerdo con lo previsto en la normativa de archivos y documentación.
          j) La persona interesada tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación y supresión de sus datos de carácter personal, así como solicitar la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, de forma presencial o telemática, de conformidad con lo previsto en el siguiente enlace:
          k) Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, si la persona interesada entiende vulnerado su derecho a la protección de datos puede reclamar ante la Delegación de Protección de Datos de forma presencial o telemática de conformidad con lo previsto en el siguiente enlace:
          Esto, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
 
          Décimo. Efectos
          La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
 
          Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, según lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la LPAC, o se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
          Todo ello, sin que se puedan simultanear ambos recursos y sin perjuicio de que las entidades y personas interesadas puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.
 

València, 26 de febrero de 2025
 
El president de la Generalitat (p. d. Ap. 1r.2.e) R 08.11.2023; DOGV 9723, 13.11.2023)
Santiago Lumbreras Peláez
Secretario autonómico de Relaciones Institucionales y Transparencia
931257 {"title":"RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de la IV edición de los Premios Participa-Acción, para el ejercicio 2025.","published_date":"2025-03-05","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia.png","id":"931257"} valencia Actos administrativos;DOGV;DOGV 10060;Presidencia de la generalitat;Resolución;SUBVENCIONES Y BECAS https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/valencia/boa/2025-03-05/931257-resolucion-26-febrero-2025-se-efectua-convocatoria-iv-edicion-premios-participa-accion-ejercicio-2025 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.