Con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios de esta universidad, encargada del servicio público de la educación superior, de acuerdo con las competencias que le están atribuidas en el artículo 3.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 91 de la misma, así como en los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche, modificados por el Decreto 105/2012, de 29 de junio, del Consell;
Habida cuenta de que se trata de un proceso de promoción a un cuerpo o escala del subgrupo inmediatamente superior, dentro del mismo itinerario profesional, y teniendo en cuenta que los conocimientos exigidos en el ámbito de dicho itinerario ya fueron acreditados en las convocatorias correspondientes de acceso a la escala de origen, y con la finalidad de actualizar los conocimientos a las nuevas realidades existentes en el ámbito de esta universidad a fecha actual;
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 135 y concordantes de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana;
De conformidad con el acuerdo adoptado en Consejo de Gobierno de esta universidad, en sesión de fecha 26 de marzo de 2018, por el que se aprueba la modificación del procedimiento de promoción interna vertical del personal de administración y servicios de la Universidad Miguel Hernández de Elche;
Visto los acuerdos del Consejo de Gobierno de fecha 11 de diciembre de 2024 y de 29 de enero de 2025;
RESUELVO
Convocar las pruebas selectivas de promoción interna para cubrir los puestos que constan detallados en el anexo I de esta resolución y que forman parte de la relación de puestos de trabajo de esta universidad, con arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos de participación
1.1. Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, además de los requisitos ya acreditados en nombramientos anteriores, deberá reunir los siguientes:
1.1.1. Ser personal funcionario de carrera de la Universidad Miguel Hernández de Elche en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.
1.1.2. Estar en posesión del título de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente, o estar en condición de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, para el desempeño de los puestos que se convocan, se requiere estar en posesión de las titulaciones que se detallan en el anexo I de esta convocatoria. En este caso, las personas interesadas deberán declararlo en el formulario de inscripción, en el apartado «Otro título académico exigido en la convocatoria».
1.1.3. Haber prestado servicios efectivos en la Universidad Miguel Hernández de Elche durante, al menos, dos años en el cuerpo o escala desde el que se accede, y pertenecer al grupo C, subgrupo C2, sector administración general, escala auxiliar administrativa y estar ocupando, con carácter definitivo, puesto de trabajo clasificado como C1/C2.
1.2. Las condiciones a que se refiere en los apartados anteriores deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias y gozar de las mismas durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.
1.3. El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de la superación de un curso selectivo, en los términos que constan en el apartado 4 de la presente.
Segunda. Solicitudes
2.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán presentar a través del registro electrónico el modelo de instancia general publicado en la sede electrónica (
https://sede.umh.es/procedimientos/instancia-general/) en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y dirigida al Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, manifestando que desea participar en este procedimiento de promoción interna, haciendo constar escala y referencia del mismo.
Necesariamente, habrá de presentarse tantas solicitudes y documentación como plazas a las que se opte.
2.2. A cada instancia general, se adjuntará la siguiente documentación:
a) Instancia de participación disponible en
b) Fotocopia del documento nacional de identidad.
c) Certificado del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios y de Personal Investigador acreditativo de que se cumplen los requisitos contenidos en la base 1.1.3.
d) Documento justificativo de haber abonado las tasas correspondientes o bonificación/exención de las mismas si fuera el caso.
e) Anexo donde se haga constar la lengua cooficial en la que se realizarán los ejercicios correspondientes, pudiendo optar entre el castellano o el valenciano (anexo II). Si la persona no optara expresamente por ninguna de las lenguas, se entenderá que ha ejercido el derecho de opción sobre la lengua castellana, sin que pueda volver a ejercer este derecho durante la realización de las pruebas selectivas.
2.3. Los derechos de examen serán de 15,00 euros.
El recibo deberá generarse de forma obligatoria a través de la página web
https://universite.umh.es/recibos/ haciendo referencia expresa a la convocatoria a la que se presenta. El pago de la tasa se hará efectivo a través de la página web
https://universite.umh.es/recibos/. La acreditación del pago se realizará presentando el justificante en el que conste el código de autorización, y la referencia de la convocatoria por la que se realiza el mismo.
Conforme a lo establecido en el artículo 18.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, están exentos del pago de la tasa establecida en la base 3.2-b:
a) Los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Para disfrutar de esta exención se deberá adjuntar certificación de la consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial o de familias monoparentales de categoría especial. Para el disfrute de la exención se deberá adjuntar a la solicitud la fotocopia de la documentación oficial en vigor que acredite la citada condición.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 18.1-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa los miembros de familias numerosas de categoría general o de familias monoparentales de categoría general.
2.4. En ningún caso el trámite de pago en la oficina bancaria será sustitutivo del citado trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.
2.5. Los meros errores de hecho que de la solicitud pudieran corregirse como tales, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado/a.
2.6. La información básica sobre la protección de datos es la siguiente:
Responsable: Universidad Miguel Hernández de Elche
Finalidad: Gestión de la selección de personal aspirante a un puesto de trabajo en la Universidad Miguel Hernández de Elche, así como la gestión de la provisión de puestos de trabajo. Publicación de listados de admitidos y excluidos, realización de pruebas selectivas, listado de aprobados y valoración de méritos, de acuerdo a la normativa aplicable.
Legitimación: Ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (art.6.1.e RGPD) y obligaciones legales (art. 6.1.c RGPD).
Cesiones/transferencias internacionales: Publicidad en los procesos de selección en los boletines oficiales oportunos y aquellos que sean obligatorios por ministerio de la ley. No se prevén transferencias internacionales de datos.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir tus datos personales, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Más información:
Se informa de que, en aras a la transparencia, se procederá a la publicación, en la página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite así como las publicaciones de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas que se deriven del proceso selectivo.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono, así como cualquier otro declarado por el/la concursante en su solicitud en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
En el caso de tener que realizar alguna notificación individual, se realizará por medios electrónicos mediante comparecencia en la Sede electrónica de la UMH. El aviso de la puesta a disposición de la notificación se enviará al e-mail y/o teléfono móvil indicados por el/la concursante.
2.7. Declarar el mes de agosto inhábil a efectos del cómputo de los plazos establecidos para la promoción interna convocada.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, el rector dictará resolución que contendrá relación provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas selectivas que se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche. Necesariamente en dicha relación deberán constar los apellidos, nombre de todas las personas aspirantes y motivos de exclusión en su caso.
3.2. Las personas aspirantes excluidas podrán, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, o realizar las alegaciones que consideren oportunas.
Las personas excluidas deberán subsanar los errores o formular las reclamaciones a través del propio expediente electrónico, que se encuentra en «Mis trámites/Mis expedientes», pinchando en «Detalle» del expediente, opción «Subsanar/otros trámites».
3.3. Transcurrido el plazo de 10 días, subsanados los defectos si procediera, y vistas las alegaciones que correspondan, se dictará una resolución que contendrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas que se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
3.4. Serán causas de exclusión, además del incumplimiento de lo establecido en estas bases, no abonar, en plazo, las tasas de participación, así como, la no presentación del DNI. vigente y la omisión de la firma en la solicitud.
Cuarta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección de los/as aspirantes comprenderá dos fases:
1.ª fase: curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio.
El curso selectivo tendrá una duración de 30 horas. El programa que integra el curso selectivo figura en el anexo I de esta convocatoria.
El curso tendrá lugar en las fechas que oportunamente serán establecidas por la gerente de la Universidad, y comunicadas a las personas admitidas.
Para superar esta fase es requisito la asistencia al 80 % de las horas lectivas del curso.
2.ª fase: prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos, con preguntas de respuesta corta, relacionados con las materias que integran los módulos específicos del curso. Para la ejecución de las pruebas se establecerán los materiales, medios e instrucciones que se consideren adecuados para llevarla a cabo.
Se valorará de 0 a 10 puntos y para superarla será necesario obtener al menos 5 puntos.
Quinta. Publicidad de los resultados
5.1. Una vez finalizado el curso y realizada la evaluación, el tribunal de selección de selección hará pública en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche la lista de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con la calificación obtenida. Se dará un plazo de reclamaciones de 10 días hábiles.
5.2. Finalizado el plazo de reclamaciones, se publicará, en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche, la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y que serán propuestos para su nombramiento como funcionarios/as de carrera de la escala básica administrativa de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
5.3. En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de la relación definitiva, las personas aspirantes propuestas deberán presentar en el Registro General o en los registros auxiliares de los centros de gestión de campus de la UMH y dirigido al Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios y de Personal Investigador el título académico exigible según la presente convocatoria.
5.4. La falta de presentación de documentación, dentro del plazo indicado o la falsedad de documentos, darán lugar a la invalidez de las actuaciones de la persona aspirante y, con respecto de ésta, la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal de selección, sin perjuicio de las responsabilidades en que el/la aspirante hubiera podido incurrir.
5.5. La toma de posesión será efectuada en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexta. El tribunal de selección
6.1. Las personas que formen parte del tribunal de selección serán nombradas por el rector, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 79 y concordantes el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, mediante la resolución que se hará pública en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
6.2. Previa convocatoria de la presidenta o presidente, se constituirá el tribunal de selección, que requerirá la asistencia de la presidenta o presidente y secretaria o secretario, y la de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
6.3. Durante el proceso selectivo, el tribunal de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
6.4. El tribunal de selección podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas para las pruebas que estimen pertinentes, limitándose a prestar colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación deberá comunicarse al rector de la Universidad.
Los miembros del tribunal de selección y sus asesores/as se sujetarán en su régimen y funcionamiento a lo establecido en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, a las causas generales de abstención y recusación contenidas en la mencionada ley y a lo previsto en el artículo 67 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
6.5. Con anterioridad a la iniciación del curso selectivo, si fuese el caso, se publicará resolución con nombramiento de nuevos miembros del tribunal de selección en sustitución de los que hubieran perdido su condición.
6.6. El tribunal de selección adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, para que las personas con diversidad funcional, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con diversidad funcional que lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Asimismo, el tribunal de selección deberá especificar los criterios de valoración y calificación de los ejercicios, debiendo hacerlos públicos con antelación a la celebración de los mismos para conocimiento de los/as aspirantes.
6.7. A efectos de comunicación y demás incidencias el tribunal de selección tendrá su sede en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios y de Personal Investigador de la Universidad, ed. de Rectorado y Consejo Social, campus de Elche.
Séptima. Publicación en la página web
La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven que requieran publicación podrán ser consultados en la página web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios y de Personal Investigador de la Universidad Miguel Hernández de Elche, cuya dirección es:
Octava. Norma final
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agotan la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Elche en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el artículo 38.4 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Frente a las actuaciones del tribunal de selección podrá presentarse escrito de reclamaciones y subsanaciones en el plazo de 10 días ante el propio tribunal de selección.
Las personas que deseen presentar reclamaciones o subsanaciones, deben realizarlas a través de la sede electrónica, en su propio expediente electrónico, que se encuentra en «Mis trámites/Mis expedientes», pinchando en «Detalle» del expediente, opción «Subsanar/otros trámites».
Contra el resto de las actuaciones del tribunal de selección, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano competente para resolverlo.
Todos los actos de notificación de los procedimientos que se inicien como consecuencia de admitir los anteriores recursos, se harán, con texto íntegro, en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche, y con reseña indicativa en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Elche, 11 de febrero de 2025
Juan José Ruiz Martínez
Rector
ANEXO I
Escala: básica administrativa
Grupo: C
Subgrupo: C1
Denominación: administrativo/a
Números de puesto sin requisito:
F52003 F52008 F52011 F52012
F52013 F52014 F52032 F52034
F52061 F52063 F52065 F52074
F52081 F52090 F52095 F52105
F52106 F52127 F52134 F52135
F52136 F52140 F52141 F52147
F52152 F52153 F52155 F52156
F52162 F52171 F52181 F52196
F52204 F52215 F52216 F52224
F52233 F52243 F52244 F52245
F52246 F52247 F52249 F52294
F52295 F52317 F55109 F55133
F55143 F55180 F55238 F55249
F55265 F55273 F55304 F55319
F55355 F55375 F55438 F55453
F55470 F55477
Número de puesto: F52231. Requisito: titulación equivalente a nivel B2 inglés de la escuela oficial de idiomas.
Número de puesto: F52182. Requisito: titulación equivalente a a nivel C1 (mitjà) de llengua valenciana.
Contenido del curso: 30 horas.
1. Taller de firma electrónica y gestión de expedientes (nivel básico), 3 horas.
2. Taller de gestión de expedientes (nivel avanzado), 3 horas.
3. Gestión y justificación de actividades de investigación, 3 horas.
4. Contratación laboral del personal investigador, 3 horas.
5. Gestión eficiente de los créditos y sus remanentes en investigación, 3 horas.
6. Gestión del tiempo, 9 horas.
7. Real decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: una visión general de los capítulos I-VI y capítulo VIII en el contexto de la Universidad Miguel Hernández de Elche, 3 horas.
8. Contrato menor, 3 horas.