Por acuerdo plenario de fecha 30 de enero de 2025, se determinó aprobar definitivamente la relación individualizada y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos para la ejecución del proyecto de obra denominado «Separata del proyecto de urbanización de las calles 133 y 238 de La Cañada con conexión a CV-368 mediante ejecución rotonda», considerando implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de los inmuebles, cuya relación de bienes y derechos, con sus titulares, afectados por el citado proyecto se detalla a continuación:
Finca n.º1
Referencia catastral: 46192A0180005500000JP
Titular: GRUSAN, SL.
CIF: B46471470
Objeto de expropiación: Suelo y vuelo
Afección: parcial
Clasificación urbanística: suelo no urbanizable
Situación básica del suelo: rural aprovechamiento potencial de: algarrobos
Superficie total de la finca: 77.632 m²
Superficie de expropiación: 2.423,16 m²
Superficie del resto no expropiado: 75.208,54 m²
Superficie de ocupación temporal: 0 m
Justiprecio de la expropiación la valoración de los bienes y derechos expropiados es la siguiente:
Concepto unidades precio unitario total
Suelo y vuelo 2.423,16 m² 15 euros/m² 36.347,40 euros
5 % premio de afección s/ 1.817,37 euros 1.817,37 euros
Total justiprecio 38.164,77 euros
Finca n.º 3
Referencia catastral: 46192A017001650000JH
Titular: FELICMAR GESTION SL
CIF: B97941686
Objeto de expropiación: suelo y vuelo
Afección: parcial
Clasificación urbanística: suelo no urbanizable
Situación básica del suelo: rural aprovechamiento potencial de: algarrobos
Superficie total de la finca: 10.123 m²
Superficie de expropiación: 2,45 m²
Superficie del resto no expropiado: 10.120,55 m²
Superficie de ocupación temporal: 0 m
Justiprecio de la expropiación la valoración de los bienes y derechos expropiados es la siguiente:
Concepto unidades precio unitario total
Suelo y vuelo 2,45 m² 15 euros/m² 36,75 euros
5 % premio de afección s/ 1,84 euros 1,84 euros
Total justiprecio: 38,59 euros
Finca n.º 4
Referencia catastral: 6606813YJ1860N0001XQ
Titular: ULTIMA CAÑADA SL
CIF B46417184
Objeto de expropiación: suelo y vuelo
Afección: parcial
Clasificación urbanística: suelo urbano
Situación básica del suelo: urbanizado aprovechamiento potencial de: vivienda unifamiliar
Superficie total de la finca: 1.141 m²
Superficie de expropiación: 1,46 m²
Superficie del resto no expropiado: 1.139,54 m²
Superficie de ocupación temporal: 0 m
Justiprecio de la expropiación La valoración de los bienes y derechos expropiados es la siguiente:
Concepto unidades precio unitario total
Suelo y vuelo 1,46 m² 196,26 euros/m² 286,53 euros
5 % premio de afección s/ 14,32 euros 14,32 euros
Total justiprecio: 300,85 euros
Lo que se publica para general conocimiento y efectos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18, 21 y 22 de la Ley de expropiación forzosa, y para que sirva de notificación a los interesados que resulten desconocidos o que no se haya podido notificar por causa no imputable a este ayuntamiento, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Se advierte que si durante el plazo de quince días los interesados no formulasen oposición con la valoración notificada, se entenderá aceptada la misma, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a esta notificación; previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso- administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse desestimado.
Paterna, 7 de febrero de 2025
Eva Pérez López
Tenienta de alcalde de Presidencia y Proyectos Estratégicos