A los efectos previstos en:
- el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,
- la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico,
- el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
- la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
- la Ley 3/2014, de 11 de julio, de vías pecuarias de la Comunitat Valenciana,
- la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,
- y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
se someten a información pública las solicitudes de autorización administrativa previa, de autorización administrativa de construcción, de ocupación de vías pecuarias, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se indica:
Peticionario: Besolar Energy, SL, NIF B40605818 y con domicilio social en C/ Micer Mascó, 42, Oficina 10 - CP 46010 - València.
Tipo de central eléctrica: central fotovoltaica denominada FV Alicante, con potencia a instalar 8,6 MW, incluidas sus infraestructuras de evacuación.
Emplazamiento grupos generadores y subestación PSF Alicante: polígono 42, parcela 75, del término municipal de Alicante (Alicante).
Emplazamiento infraestructura de evacuación:
- Del polígono 17, las parcelas 9004, 9023 y 60001; del polígono 18, las parcelas 81, 82, 9002, 9004, 9026, 9029 y 9030; del polígono 19, la parcela 9003; del polígono 20, las parcelas 9003 y 9007; del polígono 32 la parcela 9001; del polígono 42, las parcelas 75 y 9010, del término municipal de Alicante (Alicante);
- Del polígono 12, las parcelas 84, 161, 9007 y 9026, y las parcelas con referencias catastrales 002501100YH15C0001UO y 5229010YH1552N0001ZO del término municipal de San Vicente del Raspeig (Alicante)
Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
Documentos sometidos a información pública:
- Proyecto. Denominación: Proyecto de baja tensión planta solar fotovoltaica PSF Alicante.
- Proyecto. Denominación: Proyecto centro de transformación Estación 1 en PSF Alicante.
- Proyecto. Denominación: Proyecto centro de transformación Estación 2 en PSF Alicante.
- Proyecto. Denominación: Proyecto línea interna subterránea de media tensión PSF Alicante.
- Proyecto de evacuación. Denominación: Proyecto Subestación PSF Alicante.
- Proyecto de evacuación. Denominación: Proyecto Línea subterránea 66 kV PSF Alicante.
- Estudio de integración paisajística.
- Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020.
- Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado.
- Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales.
- Documentación para la ocupación de vías pecuarias.
- Separatas dirigidas a:
• Ayuntamiento de Alicante.
• Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
• Confederación Hidrográfica del Júcar.
• Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
• Ministerio de Defensa.
• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
• I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.
• Telefónica de España, SAU.
• Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorial.
• Comunidad de Regantes Alicante Norte.
- Estudio de impacto ambiental.
- Relación de bienes y derechos afectados (se anexa).
- Memoria justificativa de la declaración de utilidad pública.
Presupuesto: 5.317.013,83 €
Características principales:
Instalación fotovoltaica: La central fotovoltaica denominada FV Alicante de 9,966528 MWp, está compuesta por un campo generador de 12.584 módulos fotovoltaicos bifaciales de 792 Wp, montados directamente sobre el suelo en estructura fija. Estos módulos fotovoltaicos se conectan con 40 inversores de 200 kW. Esto supone una potencia nominal de inversores de 8.000 kW. A su vez los inversores se conectan con la parte de baja tensión de dos estaciones transformadoras para elevar la tensión y celdas de media tensión. Junto con sus líneas subterráneas de interconexión de 20 kV para conectarlos con la nueva subestación PSF Alicante de tensiones 66/20 kV.
Subestación transformadora PSF Alicante de 66/20 kV.
Línea eléctrica subterránea de alta tensión simple circuito a 66 kV entre la nueva subestación PSF Alicante y la Subestación Eléctrica ST San Vicente, de longitud 5,203 km de longitud y conductor RHZ1-OL 3x(1x300 mm² Al) HEPR 20/66 kV.
El punto de conexión de la central con la red de distribución se realizará en las barras de 66 kV de la ST San Vicente.
Finalidad: generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de distribución de energía eléctrica.
La vía pecuaria sobre las que se solicita la ocupación temporal es la siguiente:
- Vereda del Desierto y Barranco del Infierno
La documentación será expuesta para consulta pública en la dirección electrónica
Según la modificación realizada, en virtud del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada ley.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada
https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al enlace
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp, o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
Alicante, 6 de febrero de 2025
Sara Blanes Bas
Jefa del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante