Mediante Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, se modifica la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas correspondiente a las pruebas selectivas de acceso al cuerpo de especialistas de atención socio sanitaria, educación especial y cuidados auxiliares de enfermería, escala de educación especial, C1-04-03, cuerpo especial, convocatoria 13/23, turno libre general, personas con discapacidad y enfermedad mental, por el sistema de oposición, correspondientes a la oferta pública de empleo de 2023 (DOGV 9939, 18.09.2024).
El artículo 21.1 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana dispone que, la adjudicación de destinos al personal de nuevo ingreso se efectuará, de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, entre los puestos que han quedado vacantes tras el concurso previo del personal funcionario de carrera, y, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo. Estos destinos tendrán carácter definitivo.
A los efectos de lo previsto en el artículo 68,1.d de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana,
RESUELVO
Primero
Convocar a las personas que han superado las pruebas selectivas correspondientes a la convocatoria 13/23, y que se relacionan en el anexo I de esta resolución, para la elección de destino, a través de procedimiento telemático, a los efectos de su nombramiento como personal funcionario de carrera del cuerpo de especialistas de atención socio sanitaria, educación especial y cuidados auxiliares de enfermería C1-04, escala educación especial C1-04-03.
Segundo
La solicitud, se presentará en el Registro Electrónico de la Generalitat, a través de la página web de la Generalitat (
www.gva.es, Guía PROP, empleo público, apartado Descripción -indicar nº de convocatoria y año - 13/23).
Cada persona interesada deberá solicitar, por orden de preferencia, un número de puestos igual al número de orden en el que figura en el anexo de esta resolución.
El listado de puestos a solicitar se encuentra disponible en la web de la Generalitat
www.gva.es, Guia PROP, ocupación pública, indicando número de convocatoria y año (13/23).
Tercero
El plazo para la presentación de solicitudes será de 5 días hábiles, iniciándose el plazo el segundo día hábil siguiente al día de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará el listado de puestos solicitados por persona y la adjudicación provisional de los puestos, otorgando un plazo de 3 días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones, que no supongan cambios en la elección efectuada.
Cuarto
La elección de destino no otorga derecho alguno al ingreso en la función pública, que queda condicionado a que se dicten las correspondientes resoluciones de nombramiento como personal funcionario de carrera y de adjudicación del destino elegido, en la que se indicará la fecha de las tomas de posesión y ceses que se deriven.
Quinto
El puesto de trabajo elegido, que será adjudicado con destino definitivo, implicará la integración de las personas aspirantes seleccionadas en el cuerpo de especialistas de atención socio sanitaria, educación especial y cuidados auxiliares de enfermería C1-04, escala educación especial C1-04-03.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la recepción de la notificación. Así mismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde el siguiente de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo que establecen los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
València, 13 de febrero de 2025
Javier Lorente Gual
Director general