ANUNCIO de la aprobación de la propuesta de reparcelación voluntaria de la UER-3a de Marines.

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          Por la Resolución de la Alcaldía número 2025-0010 de fecha 14 de enero de 2025 y por el Decreto número 2025-0013 de fecha 15 de enero, que subsana al anterior, se ha resuelto lo siguiente:
          Resolución de la Alcaldía número 2025-0010:
          «A la vista de la propuesta de reparcelación voluntaria presentada en este Ayuntamiento por los servicios técnicos del propietario único JEDOMAN, SL, para el desarrollo del siguiente ámbito:
 
Área reparcelable:
1619707YK1011N0001XL
Unidad de Actuación Afectada:
Unidad de Ejecución Residencial 3a (UER-3a)
Instrumento de Planeamiento que desarrolla:
Plan Parcial Unidad de Ejecución Residencial 3a
Fecha
octubre 2024
Técnico redactor
Gema Casani Gozalbo

 
          A la vista de los siguientes antecedentes:
 
Documento
Fecha/N.º
Observaciones
Propuesta de reparcelación voluntaria
17/10/2024
Formulada por el propietario JEDOMAN, SL
Providencia de Alcaldía
08/11/2024
_____________________
Informe de los Servicios Técnicos Municipales
11/11/2024
Sobre el proyecto de la Reparcelación Voluntaria.
Informe de Secretaría
11/11/2024
Establece el procedimiento a seguir, así como la legislación aplicable.
Resolución de Alcaldía n.º 2024-0389
11/11/2024
Inicio del procedimiento de aprobación, sometimiento a información pública.
Decreto n.º 2024-0390
12/11/2024
Subsanación de error material en Resolución de Alcaldía n.º 2024-0389.
Publicación DOGV n.º 10000
05/12/2024
_____________________
Certificado de alegaciones
08/01/2025
No se han presentado alegaciones.
Providencia de Alcaldía
08/01/2025
_____________________
Informe-propuesta de Secretaría
14/01/2025
Establece el procedimiento a seguir, la legislación aplicable, así como propuesta de resolución.

 
          Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases del régimen local,
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Aprobar el proyecto de reparcelación voluntaria descrito en los antecedentes que constan en la parte expositiva del presente decreto.
 
          Segundo 
          La reparcelación producirá los siguientes efectos:
          a) Transmisión, a la administración correspondiente, en pleno dominio y libre de cargas, de todos los terrenos de cesión obligatoria para su incorporación al patrimonio público del suelo o su afectación a los usos previstos en el planeamiento, así como la modificación de oficio del inventario de bienes de las administraciones públicas, con los efectos consiguientes.
          b) Subrogación, con plena eficacia real, de las fincas resultantes por las fincas aportadas, debiendo quedar establecida su correspondencia.
          c) Afección real de las fincas resultantes privadas al cumplimiento de las cargas y al pago de los gastos inherentes al proceso urbanizador.
          d) Extinción de derechos y cargas que graven o afecten las fincas de origen y sean incompatibles con el planeamiento o el proyecto de reparcelación. En su caso, se preverá su traslado a las fincas de resultado y su transformación, si procede, en los términos previstos por la normativa hipotecaria.
 
          Tercero
          Notificar y publicar la presente resolución aprobatoria de la reparcelación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», solicitándose su inscripción en el Registro de la Propiedad junto con la escritura pública que recoge el proyecto de reparcelación voluntaria; asimismo, ponerla a disposición de los interesados en la sede electrónica de este ayuntamiento: http://marines.sedelectronica.es.
 
          Cuarto
          Remitir el presente acuerdo de forma telemática a través de la plataforma urbanística digital a la conselleria competente en materia de urbanismo, en un plazo de seis días hábiles desde su fecha de adopción, adjuntando certificado del presente acuerdo y copia del proyecto de reparcelación aprobado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 en relación con la norma 6 del Decreto 65/2021, de 14 de mayo, de regulación de la plataforma urbanística digital y de la presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial.»
          Decreto número 2025-0013:
          «Visto que en el Decreto de Alcaldía número 2025-0010, de fecha 14 de enero, por el que se resuelve el aprobar la propuesta de reparcelación voluntaria de la unidad de ejecución residencial 3a, establecer los efectos que produce la misma, notificar a los propietarios, publicar en el DOGV, solicitar su inscripción en el registro de la propiedad y remitir el acuerdo a la conselleria competente en materia de urbanismo.
          Visto que de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, LPACAP, «las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos..
          Por todo ello, y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente.
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Subsanar el error material e involuntario detectado en la parte expositiva del Decreto de Alcaldía número 2025-0010, de fecha 14 de enero, y, en consecuencia:
 
          Donde dice:
          «A la vista de la propuesta de reparcelación voluntaria presentada en este Ayuntamiento por los servicios técnicos del propietario único JEDOMAN, SL, para el desarrollo del siguiente ámbito:
 
Área reparcelable:
1619707YK1011N0001XL
Unidad de actuación afectada:
Unidad de ejecución residencial 3a (UER-3a)
Instrumento de planeamiento que desarrolla:
Plan parcial unidad de ejecución residencial 3a)
Fecha
octubre 2024
Técnico redactor
Gema Casani Gozalbo

 
          Debe decir:
          «A la vista de la propuesta de reparcelación voluntaria presentada en este ayuntamiento por los servicios técnicos del propietario único JEDOMAN, SL, para el desarrollo del siguiente ámbito:
 
Área reparcelable:
23.444 m²
Unidad de actuación afectada:
Unidad de ejecución residencial 3a (UER-3a)
Instrumento de planeamiento que desarrolla:
Plan parcial unidad de ejecución residencial 3.a)
Fecha
Octubre 2024
Técnico redactor
Gema Casani Gozalbo

 
          Segundo
          Mantener en sus propios términos el Decreto de alcaldía número 2025-0010, de fecha 14 de enero, a excepción de la corrección formulada en el punto anterior del presente decreto.
 
          Tercero
          Entender por no puesta cualquier referencia a 1619707YK1011N0001XL que conste en el expediente que nos ocupa.
 
          Cuarto
          Notificar la presente resolución a los interesados.»
 

Marines, 16 de enero de 2025
 
María Dolores Celda Lluesma
Alcaldesa-presidenta
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