Por Resolución de la Conselleria de Hacienda y Economía, de fecha 9 de diciembre, se autorizó una ampliación de crédito, en virtud de lo previsto en el artículo 48 de la Ley 1/2015, y en el artículo 22.1.o de la Ley 8/2023 de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, para la inclusión de una la línea de concesión directa 168.1.c S1896, «DANA 2024. Apoyo actividad autónoma tras dana», del anexo de subvenciones y transferencia corrientes del subprograma 322C01, Fomento de empleo, de LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por importe de 90.000.000 euros, para dar cobertura a las ayudas urgentes aprobadas por el Decreto 175/2024, de 3 de diciembre, del Consell, de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana.
Para efectuar la contrapartida en el presupuesto LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se propone incrementar por importe de 90.000.000 euros, la aplicación de ingresos 430.00, «De la conselleria a que está adscrito» del citado organismo autónomo, dado que en la primera parte de este expediente se propone la inclusión de la línea X0164 del capítulo 4 del programa 322A00, LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por importe de 90.000.000 euros.
Por Acuerdo del Consell de 17 de diciembre se ha aprobado el Decreto ley 16/2024 por el que se concede un crédito extraordinario por importe de setecientos millones de euros (700.000.000 de euros), para financiar las actuaciones de la Generalitat en respuesta a la dana sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024, en el marco de la previsión recogida en la disposición adicional décima del Real decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la depresión aislada en niveles altos (dana) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El artículo 1 del Decreto ley señala que el importe del mencionado crédito extraordinario se fija en 700.000.000 de euros, y el mismo se imputará a la aplicación de gasto G0120.00.00.612F00.227.90, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del presente decreto ley.
El artículo 4 del citado Decreto ley establece que la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda será el órgano competente para autorizar las siguientes modificaciones presupuestarias, a las que en todo caso no les será de aplicación la limitación contemplada en el artículo 49.1.d de la Ley 1/2015, de 6 de febrero:
a) La distribución del crédito presupuestario desde la sección 20 a las aplicaciones presupuestarias que procedan.
b) Aquellas que posibiliten la reposición de los créditos que, con cargo al presupuesto corriente, se hayan ejecutado para hacer frente a los gastos de la DANA, con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto ley. Reposición que, en todo caso, deberá estar vinculada, tanto a las necesidades reales de ejecución, como a los criterios y plazos de la Orden 40/2024, de 4 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio de 2024 en relación con la contabilidad de la Generalitat.
c) En lo créditos ampliados como consecuencia de los gastos asociados a la dana, será el órgano competente para autorizar su financiación, en los términos y condiciones previstas en el artículo 22 de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.
En base a lo anteriormente mencionado, se propone la inclusión de la nueva línea X0164, «Dana 2024 transferencia ayudas LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación», en el capítulo 4 del programa 322A00, LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por importe de 90.000.000 euros, mediante la transferencia por dicho importe del crédito imputado en el capítulo 2 del programa 612F00, Gastos diversos, tras la aprobación del crédito extraordinario, que permite incrementar por dicho importe la aplicación de ingresos 430.00, «De la conselleria a que está adscrito», del citado organismo autónomo.
A fin de aplicar la correspondiente contrapartida, y considerando lo dispuesto en el citado artículo 22.2.c de la Ley 8/2023 de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, el artículo 4 del Decreto ley 16/2024, de 17 de diciembre y considerando la competencia para resolver de conformidad con lo establecido en la Resolución de 12 de febrero de 2024 (DOGV 9792 de 20 de febrero), de delegación de determinadas competencias en órganos de esta conselleria,
RESOLC
Autorizar un incremento de crédito, en el presupuesto de ingresos de LABORA. Servicio Valenciano de Empleo y Formación, en la aplicación presupuestaria 053000000GE00000 I.43000, «De la conselleria a que está adscrito», por importe de 90.000.000 euros.
València, 26 de diciembre de 2024
Carlos Pablo Gracia Calandín
Subsecretario