Visto el expediente CMIART/2023/127/46, incoado como consecuencia de la solicitud de subvención formulada por Juan Antonio Sánchez Vidal, con DNI ***252**H, presentada el 30 de junio de 2023, según la convocatoria prevista en la Resolución de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, de 31 de mayo de 2023, según la Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, título II, capítulo I, artículo 18.4, expedientes CMIART:
Visto
1. Que por Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, se resuelve la concesión de las ayudas convocadas por Resolución de 31 de mayo de 2023, de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, en dicha resolución, se deniega la ayuda solicitada por Juan Antonio Sánchez Vidal, por haber superado el beneficiario el límite de 30.000 euros en el plazo de tres años, por establecimiento o taller, según establece el artículo 18.4, de la mencionada Orden de bases.
2. Que, en fecha 30 de noviembre de 2023, Juan Antonio Sánchez Vidal interpone recurso de reposición contra la citada Resolución de 2 de noviembre de 2023, alegando no haber alcanzado el límite de 30.000 euros en el plazo de tres años, puesto que, si bien se le concede una ayuda por importe de 29.625 euros en el expediente CMIART/2022/101/46, solo se le abona la cantidad de 10.163,76 euros, al no haber justificado la totalidad de las actuaciones para las que se le concede ayuda en el mismo.
3. Que, revisada la documentación presentada por Juan Antonio Sánchez Vidal, tramitada con el número de expediente CMIART/2023/127/46, así como el expediente en el que se le concede y abona una ayuda en el año 2022, el solicitante reúne, a fecha de la propuesta de la resolución de concesión, todos los requisitos exigidos por la mencionada Orden 22/2028 y la Resolución de convocatoria de fecha 31 de mayo de 2023, puesto que, como indica en su recurso, el total de las ayudas concedidas y abonadas en los dos años anteriores a 2023, no superan el límite de 30.000 euros en 3 años, fijado en el artículo 18.4 de la Orden 22/2018.
4. Que, revisada la documentación justificativa presentada en el recurso de reposición, se comprueba que el importe del gasto susceptible de ser subvencionado asciende a 14.500 euros.
5. Que, en fecha 8 de mayo de 2024, la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, visto el informe emitido por el órgano gestor competente, estima el recurso de reposición interpuesto por Juan Antonio Sánchez Vidal, y le reconoce el derecho a percibir una subvención por importe de 10.875 euros, equivalente a la aplicación de un 75% de apoyo real al presupuesto elegible aprobado, que es de 14.500 euros.
6. Que, vista el acta de la Comisión Calificadora, aprobada en fecha 4 de octubre de 2024, en la que consta la propuesta formulada sobre la solicitud de ayuda presentada por Juan Antonio Sánchez Vidal, que se acoge a aquello que se ha regulado en el título II, capítulo I, artículo 18.4 de la Orden 22/2018 y que ha sido elevada a la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, a través de la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo, le corresponde aplicar un porcentaje de apoyo del 75% al presupuesto elegible de 14.500 euros.
7. Que, posteriormente, en fecha 20 de diciembre de 2024 se dicta nuevamente por el secretario autonómico de Industria, Comercio y Consumo, Resolución por la que se rectifica un error de redacción observado en la Resolución de 8 de mayo de 2024, de resolución del recurso de reposición, que no afecta a su contenido ni al sentido estimatorio de la misma.
8.En consecuencia, le corresponde la concesión de una subvención por importe de 10.875 euros.
Vistos los antecedentes expuestos,
RESUELVO
Primero
Modificar la Resolución de concesión de fecha 2 de noviembre de 2023 incluyendo a Juan Antonio Sánchez Vidal, con DNI ***252**H, como beneficiario, al haberse estimado las pretensiones alegadas en el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de concesión.
Segundo
Conceder a Juan Antonio Sánchez Vidal, con DNI ***252**H, una subvención de 10.875 euros, correspondiente a un 75% del presupuesto elegible aprobado por importe de 14.500 euros, expedientes CMIART, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria G0111.03.02.GE0000.761A00.770.01, línea de subvención S108300, del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2024.
Esta ayuda que se concede a través de la presente resolución está sometida al régimen de minimis regulado por el Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOL de 15.12.2023).
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con el que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 26 de diciembre de 2024
María Ángela Cano García
Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo