RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, de ampliación plazos de presentación de la memoria económica y actualización modelo anexo XII de la Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en los sectores de atención a personas con diversidad funcional, infancia y adolescencia, personas en situación o riesgo de exclusión social y mayores dependientes, 2022-2026.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

          La Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana (DOGV 8491, 21.02.2019), establece en su artículo 87.1 que los acuerdos de acción concertada son instrumentos organizativos de naturaleza no contractual a través de los cuales las administraciones competentes podrán organizar la prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social cuya financiación, acceso y control sean de su competencia ajustándose al procedimiento y a los requisitos que prevé la ley y la normativa sectorial que sea aplicable.
          Por Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, por entidades de iniciativa social (DOGV 8197, 23.12.2017), se aprueba el reglamento que regula los requisitos, procedimiento, contenido y condiciones básicas para la implantación, ejecución y desarrollo de los acuerdos de acción concertada. Este Decreto ha sido modificado por el Decreto 188/2021, de 26 de noviembre, del Consell.
          De acuerdo con el artículo 13 del Decreto 181 referenciado, corresponde a la persona titular de la conselleria competente en materia de servicios sociales efectuar la convocatoria de conciertos con entidades de iniciativa social, mediante la resolución, que ha de recoger aquellos aspectos y elementos que establece dicha norma, delimitando el objeto y, en su caso, número de plazas y características de las prestaciones susceptibles de concierto; así como los criterios de valoración de entidades, centros y servicios para la resolución del procedimiento de selección y adopción de acuerdos de acción concertada, tanto en función de las disponibilidades presupuestarias, como de la necesaria continuidad y garantía de calidad del servicio que vienen prestando las entidades de iniciativa social, bajo los principios de transparencia, publicidad y no discriminación.
          Así, mediante la Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en los sectores de atención a personas con diversidad funcional, infancia y adolescencia, a personas en situación o riesgo de exclusión social pertenecientes a colectivos vulnerables y a personas mayores dependientes, para el período 2022-2026 (publicada en el DOGV 9371, 29.06.2022), corrección de errores de la misma (publicada en el DOGV 9389, 22.07.2022) y nueva corrección de errores (publicada en el DOGV 9429, 16.09.2022).
          En el anexo I de dicha resolución se establece en el apartado 2 del artículo 24 la obligatoriedad de la entidad titular del centro «de presentar, antes del 15 de enero del ejercicio siguiente, al órgano de participación del centro la cuenta anual, en la que aparecerán reflejados todos los ingresos (abono de mensualidades por la Administración) y gastos de personal, gastos corrientes y gastos generales que se determinarán mediante modelo oficial por parte de la Administración». A su vez, en el apartado 3 del mismo artículo se regula la presentación tanto de la memoria económica (resumen económico, anexo XII (modelo 19)) como de la Memoria justificativa de las actuaciones y el cumplimiento de las condiciones que se establecen en el concierto social, las cuales «deberán ser remitidas por vía telemática antes del 31 de enero del ejercicio siguiente a su correspondiente expediente de acción concertada».
          Por su lado, en el artículo 26, dentro de las obligaciones del titular de los centros concertados en el punto j) del apartado 1, se dispone la presentación de una auditoría externa en la que conste la financiación recibida en concepto de abono del acuerdo de acción concertada; y, el apartado 5 del artículo 24 instituye la figura de la «instrucción» como modo de regular los mecanismos para garantizar el equilibrio entre la compensación y los gastos financiables. Por consiguiente, y vista la necesidad de homogeneizar conceptos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de las propias entidades de acción concertada, se elaboraron la instrucción 2/2024 «Modificación de la Instrucción 1/2024 relativa a la justificación de los gastos de las entidades concertadas del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales por Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el período 2022-2026» e instrucción 4/2024 «Instrucción sobre la auditoría externa relativa a la justificación de la financiación recibida por el acuerdo de acción concertada.», dictadas por la Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales.
          Tras la emisión de las instrucciones, mencionadas en el párrafo anterior, se ve la necesidad de adecuar a éstas el anexo XII (memoria económica, modelo 19), establecido en la propia Resolución de 21 de junio de 2022, a fin de facilitar su cumplimentación por parte de las entidades concertantes, así como ampliar el plazo de presentación, tanto de la memoria económica como de la memoria justificativa para facilitar a las entidades concertadas cumplir con lo dispuesto en las citadas instrucciones.
          En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que confiere el artículo 1 del Decreto 132/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda en relación con el citado artículo 13 del citado Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales,
 
RESUELVO
 
          Artículo primero. Modificación del apartado 2 del artículo 24 «Comprobación y control del gasto».
          Se modifica el apartado 2 del artículo 24 de la Resolución de 21 de junio de 2022 «Comprobación y control del gasto», que queda redactado como sigue:
          «2. La entidad titular del centro deberá presentar, antes de la incorporación del anexo XII en el correspondiente expediente de acción concertada, al órgano de participación del centro la cuenta anual, en la que aparecerán reflejados todos los ingresos (abono de mensualidades por la Administración) y gastos de personal, gastos corrientes y gastos generales que se determinarán mediante modelo oficial por parte de la Administración (anexo XII).»
 
          Artículo segundo. Modificación del apartado 3 del artículo 24 de la Resolución de 21 de junio de 2022 «Comprobación y control del gasto».
          Se modifica el apartado 3 del artículo 24 «Comprobación y control del gasto», que queda redactado como sigue:
          «3. Asimismo, una vez aprobado por el órgano de participación del centro la cuenta anual del ejercicio, la entidad elaborará:
          - la Memoria económica (resumen económico, modelo 19, anexo XII), que deberá ser remitida por vía telemática antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente a su correspondiente expediente de acción concertada.
          - la Memoria justificativa de las actuaciones y el cumplimiento de las condiciones que se establecen en el concierto social, que deberá ser remitida por vía telemática antes del 31 de enero del ejercicio siguiente a su correspondiente expediente de acción concertada.
          De no realizarse dichos envíos en las fechas establecidas, la entidad será requerida para que en el plazo no prorrogable de diez días entregue la documentación.  
          La dirección general competente en la materia de acción concertada adoptará las medidas consideradas oportunas en el caso de no remitirse dicha documentación.»
 
          Artículo tercero. Sustitución del anexo XII de la Resolución de 21 de junio de 2022.
          Se sustituye el anexo XII de la Resolución de 21 de junio de 2022 por el que se adjunta en la presente resolución.
          
 
          Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
 

València, 20 de diciembre de 2024
 
Susana Camarero Benítez
Vicepresidenta primera y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
778592 {"title":"RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, de ampliación plazos de presentación de la memoria económica y actualización modelo anexo XII de la Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en los sectores de atención a personas con diversidad funcional, infancia y adolescencia, personas en situación o riesgo de exclusión social y mayores dependientes, 2022-2026.","published_date":"2024-12-26","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia.png","id":"778592"} valencia Actos administrativos;DOGV;DOGV 10013;OTROS ASUNTOS;Resolución;vicepresidencia primera y conselleria de servicios sociales, igualdad y vivienda https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-12-26/778592-resolucion-20-diciembre-2024-ampliacion-plazos-presentacion-memoria-economica-actualizacion-modelo-anexo-xii-resolucion-21-junio-2022-vicepresidencia-conselleria-igualdad-politicas-inclusivas-se-convocaron-acuerdos-accion-concertada-materia-servicios-sociales-sectores-atencion-personas-diversidad-funcional-infancia-adolescencia-personas-situacion-riesgo-exclusion-social-mayores-dependientes-2022-2026 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.