El Decreto 7/2019, de 25 de enero, del Consell, aprobó el Plan de ordenación de recursos humanos 2019-2021 del personal de gestión directa de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (en adelante PORH), y reguló la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal estatutario a su servicio.
El artículo 3 del citado Decreto establece que la vigencia del PORH será desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021, añadiendo a continuación que, si en esta fecha se encontrasen pendientes de ejecución o consecución determinadas actuaciones u objetivos de especial relevancia allí contemplados, podrá prorrogarse su vigencia por sucesivos periodos anuales, por resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad.
En uso de dicha atribución, mediante Resoluciones de 27 de diciembre de 2021, 16 de diciembre de 2022, y 27 de diciembre de 2023 de la persona titular de la Conselleria con competencias en Sanidad, se prorrogó la vigencia del PORH durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
Por otra parte, el artículo 26.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, establece que la jubilación forzosa de este personal se declarará al cumplir la persona interesada la edad de 65 años, y que, no obstante, podrá solicitar voluntariamente prolongar su permanencia en servicio activo hasta cumplir, como máximo, los 70 años, solicitud que deberá ser autorizada por el servicio de salud correspondiente, en función de las necesidades de la organización articuladas en el marco de los planes de ordenación de recursos humanos.
De este modo, al objeto de dar cumplimiento al mandato normativo contenido en el artículo 26.2 de dicho Estatuto marco, así como a la ya consolidada jurisprudencia que lo interpreta, que determina la preceptiva existencia de un plan de ordenación de recursos humanos que establezca los criterios que permitan valorar adecuadamente las solicitudes de prolongación en el servicio activo del personal estatutario, habida cuenta de que, a la fecha, todavía no se ha aprobado un nuevo PORH, y por razones de seguridad jurídica, resulta necesaria la tramitación de la prórroga de su vigencia, durante el periodo anual previsto en el citado artículo 3 del Decreto 7/2019, de 25 de enero, del Consell.
Por todo ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo tercero y la disposición final primera del Decreto 7/2019, de 25 de enero, del Consell, y por el artículo 4 del Decreto 135/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad,
RESUELVO
Prorrogar, durante el año 2025, y en tanto no se apruebe el nuevo PORH, la vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos 2019-2021, del personal de gestión directa de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, aprobado por el Decreto 7/2019, de 25 de enero, del Consell.
València, 17 de diciembre de 2024
Marciano Gómez Gómez
Conseller de Sanidad