Mediante la Orden 28/2024, de 21 de octubre (DOGV n.º 9964, 24-10-2024), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa para el apoyo a la estabilización de las personas investigadoras con talento contratadas con cargo a las convocatorias 2023 y anteriores del PLAN GENT - ESGENT (en adelante bases reguladoras de las subvenciones).
Mediante la resolución de 6 de noviembre de 2024 (DOGV n.º 9984, 15-11-2024) se convocaron, para el ejercicio 2024, subvenciones del programa para el apoyo a la estabilización de las personas investigadoras con talento contratadas con cargo a las convocatorias 2023 y anteriores del PLAN GENT - ESGENT (en adelante convocatoria de las subvenciones).
La disposición adicional tercera de las bases reguladoras de las subvenciones, dispone que de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 2/2009, de 14 de abril, de la Generalitat, de coordinación del Sistema Valenciano de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, las subvenciones reguladas en dichas bases reguladoras tendrán carácter anual o plurianual dependiendo del tiempo de duración que reste desde que se produjo la estabilización hasta la finalización del proyecto. En el caso de que las subvenciones sean plurianuales, la resolución de las mismas establecerá el importe para cada una de las anualidades de vigencia de la subvención respectiva, y estará condicionado a los créditos que con tal fin se consignen en cada una de dichas anualidades del presupuesto de la Generalitat.
Una vez finalizado el proceso de evaluación, la comisión evaluadora constituida al efecto ha elevado su propuesta de resolución a través del órgano instructor, de conformidad con los artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Para dictar la presente resolución es competente este órgano administrativo en virtud de las funciones establecidas en la disposición adicional primera de las bases reguladoras de las subvenciones y de conformidad con lo establecido en el Decreto 166/2024, de 12 de noviembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (DOGV n.º 9983, 14-11-2024) y en uso de la delegación conferida, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Conceder las subvenciones para el apoyo a la estabilización de las personas investigadoras con talento contratadas con cargo a las convocatorias 2023 y anteriores del PLAN GENT - ESGENT, correspondientes a la convocatoria de las subvenciones, a los beneficiarios que figuran en el anexo I de la presente resolución y en las cuantías indicadas en el mismo, con cargo a la aplicación presupuestaria G01090302.542C00.7, línea de subvención S0498 de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, distribuidas en las siguientes anualidades:
En la anualidad 2024, se financiará el gasto realizado entre la fecha de estabilización y el 31 de diciembre de 2024, o la fecha de finalización del proyecto si esta es anterior, que no se haya podido justificar con cargo a las ayudas CIDEGENT y CDEIGENT.
En el momento de la justificación de la ayuda ESGENT correspondiente al año 2024, se regularizará la situación económica, deduciendo de la cantidad concedida los importes liquidados con cargo a las ayudas CIDEGENT y CDEIGENT.
La dotación para las anualidades siguientes estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente que se consigne a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat en cada ejercicio.
Segundo
Estas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, apartado 12 a) de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024 y 171.5 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, se librarán anticipadamente al 100% de cada anualidad, a las universidades públicas valencianas y centros de investigación, siempre que desarrollen proyectos o programas vinculados a la innovación, sin que tengan que prestar garantía.
Tercero
Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones y normas de justificación previstas en el artículo 20 de las bases reguladoras de las subvenciones.
El plazo máximo para la presentación de los documentos justificativos de una determinada anualidad será hasta el 28 de febrero de la anualidad siguiente, para las entidades con pago anticipado.
Cuarto
No existen subvenciones denegadas.
Quinto
Publicar la presente resolución, mediante anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el servidor de información de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (https://ceice.gva.es).
De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o bien plantear directamente un recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
València, 17 de diciembre de 2024
(p. d. O 28/2024; DOGV 9964, 24.10.2024)
Rafael Sebastián Aguilar
Director general