Por Resolución de 19 de diciembre de 2022, del director general del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, se convocó el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir los puestos previstos en la oferta pública de empleo (OPE) de 2022 de la entidad, en ejecución del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal previsto en la disposición adicional 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (DOGV n.º 9497, 26.12.2022).
De acuerdo con el apartado 6 de la Resolución de 27 de mayo de 2022, de la presidenta del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, mediante la que se da publicidad al Acuerdo del día 17 de mayo de 2022, del Consejo de Dirección, por el que se anula la oferta pública de empleo 2018 y 2019 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el 2022 de la entidad (DOGV 9350, 30.05.2022), la resolución de todos los procesos selectivos deberá finalizar, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2024.
El temporal de viento y lluvias acontecido en la Comunitat Valenciana, como consecuencia del episodio de dana que se inició en la jornada de 29 de octubre, ha tenido consecuencias destructivas en personas, bienes e infraestructuras de toda índole, alterando de este modo sustancialmente el día a día de parte de la población valenciana y del funcionamiento normal de la Administración pública.
Con base en ello, se publicó, a través de la Orden PJC.1222.2024, de 6 de noviembre (BOE n.º 269, de 07.11.2024), el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil el territorio damnificado como consecuencia de la dana que ha afectado a amplias zonas de la península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El apartado decimonoveno del referido Acuerdo establece que, en los términos previstos en la disposición adicional novena de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (introducida por la disposición final primera del Real decreto ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024), se suspenden los términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos hasta el momento en que se dicte un nuevo acuerdo de Consejo de Ministros decretando la finalización de esta medida.
Según se señala, esta previsión se aplicará a las personas interesadas que residan en los términos municipales incluidos en el anexo del real decreto-ley mencionado, así como a aquellas otras que acrediten el carácter imposible o gravoso de su cumplimiento en atención a los efectos de la emergencia.
Resulta evidente que la afectación a las personas interesadas anteriores afecta también al resto ya que no es posible concluir en su totalidad el proceso selectivo. De este modo, la interrupción de los plazos y la suspensión de los términos es una medida necesaria para garantizar el principio constitucional de igualdad, recogido también en el artículo 2.4 de Ley 20.2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, además de los principios de libre concurrencia, mérito, capacidad y publicidad.
Asimismo, el apartado undécimo del Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se acuerda la ampliación general de los plazos en todos aquellos procedimientos no vencidos de competencia de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental que se encuentren en tramitación.
En su virtud, y en uso del artículo 8.2.e) del Decreto 7/2013 de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS),
RESUELVO
Primero
Ampliar de oficio en seis meses los plazos no vencidos para dictar las resoluciones de la Dirección General del IVASS por las cuales se publican las relaciones definitivas de personas que han superado los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo de la entidad relativas a los procesos selectivos en tramitación que finalicen con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.
Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
València, 16 de diciembre de 2024
María José Rico Llorcca
Directora general