RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024, de la Presidencia, por la que se modifica la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones a proyectos de digitalización de PYME (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

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          Por Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), se convocaron subvenciones a proyectos de digitalización de PYME (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOGV número 9755, de 29 de diciembre de 2023), siendo adjudicadas por Resolución de 8 de julio de 2024.
          Con posterioridad a la adjudicación de las ayudas han tenido lugar unas devastadoras inundaciones padecidas en la provincia de Valencia como consecuencia de una descomunal DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) iniciada el 28 de octubre de 2024, con terribles consecuencias, afectando a amplias zonas de la provincia de Valencia. Ello ha causado daños de gran magnitud en bienes e infraestructuras de toda índole, lo que ha podido provocar que la ejecución de los proyectos que fueron presentados en la convocatoria antes referida hayan podido verse afectados no solo por las empresas en calidad de beneficiarias de la ayuda de manera directa o colateral, sino también por las empresas proveedoras de bienes y servicios críticos para el desarrollo de los proyectos subvencionados.
          Por ello, a la vista de la propuesta realizada por el Área de Empresas y Asociaciones del IVACE y en consonancia con las medidas aprobadas en el Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, en el Decreto ley 11/2024, de 12 de noviembre, del Consell, por el que se adoptan medidas administrativas y económico-presupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat como consecuencia de la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024, en el Real decreto ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y en la Orden PJC/1222/2024, de 6 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se ha considerado oportuno modificar la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Presidencia del IVACE antes citada, en el sentido de extender el plazo de ejecución y justificación de los proyectos.
          En virtud de lo que antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.i) del Decreto 4/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE),
 
 
RESUELVO
 
          Artículo único. Modificación del apartado 3 del artículo 9. Plazos de ejecución, justificación y de validez de justificantes de gasto y pago
          Se modifica el apartado 3 del artículo 9 de la convocatoria con la siguiente redacción:
          «3. Plazos de ejecución, justificación y de validez de justificantes de gasto y pago.
          a) El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2025, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible, siendo requisito imprescindible que el proyecto no haya finalizado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
          b) Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha de los justificantes de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior, y al menos uno de ellos sea de fecha posterior a la de solicitud de la ayuda.
          c) Se admitirán los pagos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2024 y hasta la fecha de justificación del proyecto siempre que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
          d) La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 2 de octubre de 2025.»
 
 
DISPOSICIÓN FINAL
 
          Única
          La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  (DOGV).
 
          Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la presidenta del IVACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
 

València, 13 de diciembre de 2024
 
María Ángela Cano García
Presidenta
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