RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, sobre el procedimiento de concesión de subvencionas destinadas a ayuntamientos de la Comunidad Valenciana para la modernización y transparencia del planeamiento urbanístico vigente 2024.

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          Mediante la Resolución de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones destinadas a ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la modernización y transparencia del planeamiento urbanístico vigente (DOGV 9894, 16.06.2024).
          El importe global máximo destinado a financiar las subvenciones de referencia, de carácter plurianual, asciende a 580.000 euros con cargo al capítulo VII línea de subvención S0369 del programa G01080201, subprograma 432A00 de Urbanismo, del presupuesto de la Generalitat para 2024 y 2025, con la siguiente distribución:
 
Consignación inicial
580.000€ (2024)
Previsiones de gasto
Concepto
2024
174.000€
30% anticipo
2025
406.000€
70% pago subvención

 
          La cuantía del ejercicio 2025 queda supeditada a los créditos que, para dicho ejercicio, se consignen a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat.
          Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado noveno de la resolución de convocatoria 2024 se han presentado 43 solicitudes por parte de ayuntamientos de la Comunitat Valenciana. Tras el análisis de las solicitudes presentadas y requerimientos oportunos, en fecha 21 de noviembre, se elaboró informe por el órgano instructor.
          En fecha 26 de noviembre de 2024 se reunió la comisión de valoración levantándose acta en la que constan los acuerdos adoptados. El informe del órgano instructor sirvió de fundamento para la adopción de dichos acuerdos. En dicho informe se hace constar que, de la información que obra en poder del órgano instructor se desprende que veintiséis municipios cumplen todos los requisitos para ser posibles beneficiarios de la subvención.
          Vista la propuesta de la Comisión de Valoración, de 26 de noviembre de 2024, y de acuerdo con lo establecido en la base tercera, apartado uno de la Orden 1/2023,
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Inadmitir las trece solicitudes que se relacionan en el anexo I por no reunir los requisitos establecidos en la Orden 1/2023 para ser beneficiarios, según las causas de inadmisión indicadas en dicho anexo.
 
          Segundo
          Tener por desistido de su solicitud al ayuntamiento que se relaciona en el anexo II por los motivos expuestos en el mismo anexo.
 
          Tercero
          Desestimar las solicitudes de los tres ayuntamientos relacionados en el anexo III ya que, de la instrucción del procedimiento, resulta que no cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la subvención, según las causas indicadas en el mismo anexo.
 
          Cuarto
          Conceder subvenciones a los restantes veintiséis ayuntamientos que se relacionan en el anexo IV por los importes que se indican, atendidas las bases de la convocatoria y la valoración prelada de solicitudes.
 
          Quinto
          Las subvenciones concedidas lo son por un importe total de cuatrocientos cincuenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho euros con dieciséis céntimos (451.848,16 €) destinados a financiar las subvenciones a ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la elaboración del texto consolidado del planeamiento urbanístico vigente y su digitalización, con cargo al capítulo VII línea de subvención S0369 del programa G01080201, subprograma 432A00 de Urbanismo, del presupuesto de la Generalitat para 2024 y 2025, con la siguiente distribución:
 
Anualidades
Total cuantía subvención
451.848,16 €
Concepto
2024
135.554,45 €
30 % anticipo
2025
316.293,71 €
70 % pago subvención

 
          La cuantía del ejercicio 2025 queda supeditada a los créditos que, para dicho ejercicio, se consignen a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat.
 
          Sexto
          Realizar el pago de las subvenciones concedidas en la forma prevista, procediéndose al pago del anticipo del 30% de la cantidad concedida, según lo previsto en la convocatoria de las subvenciones 2024.
 
          Séptimo
          Remitir la resolución para su publicación en el DOGV con carácter de urgencia y publicar  en el portal de transparencia ( http://www.gvaoberta.gva.es/es/inici  ), actualizada y estructurada, la información relativa a las subvenciones y las ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo y finalidad, y las entidades beneficiarias.Así mismo se remitirá a la Base Nacional de Subvenciones (BDNS) a los efectos de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
 
          Octavo
          Notificar de forma individual la presente resolución a los beneficiarios de las subvenciones.
 
          Esta resolución pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
 
València, 12 de diciembre de 2024
 
Miguel Ángel Ivorra Devesa
Director general de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental
 
 
 
ANEXO I
Solicitudes inadmitidas
 
Expediente URMTPU/2024 N.º
Solicitante
Causa inadmisión
N.º instrumentos planeamiento urbanístico
Indicados en el informe técnico/Certificado
Computables según base 6,1,a), c) y d)
01
L'Énova
2
4
 
02
Ador
2
5
 
03
Salinas
3
10
8
05
Vall de la Gallinera
2
8
 
09
Guadassuar
2
4
 
24
Polop
1
 
 
29
La Romana
2
9
 
30
Quartell
2
2
 
31
Agres
2
1
 
38
Macastre
2
4
 
41
El Verger
3
10
6
42
Forcall
2
1
 
43
Montán
3
10
8
 
Código
Codificaciones causa inadmisión
1
Incumplimiento de la Base 2 de la Orden 1/2023 por haber obtenido ayudas para la misma finalidad en convocatorias anteriores de esta Conselleria.
2
Incumplimiento de la Base 2.b) por no alcanzar el número mínimo de 10 instrumentos de planeamiento requeridos para ser beneficiario de la subvención,según lo especificado por el mismo ayuntamiento.
3
Del análisis de la relación de instrumentos de planeamiento presentada en el informe técnico/certificado, de acuerdo con lo previsto en la base Base 6.1.a), c) y d) de la Orden 1/2023  se observa que no cumple con los requisitos para ser beneficiario según la Base 2.b) de la referida Orden. (Mínimo: 10  instrumentos de planeamiento)

 
 
 
ANEXO II
Desistimientos
 
Expediente URMTPU/2024
N.º
Ayuntamiento solicitante
14
La Vila Joiosa

 
Causa: no haber contestado al requerimiento efectuado desde la administración, de acuerdo con lo establecido en el apartado décimo.2 de la Resolución de convocatoria 2024 de esta subvención y en el artículo 68 de la Ley 39/2015.
 

 
 
 
ANEXO III
Solicitudes desestimadas
 
Expediente URMTPU/2024
  N.º
Municipio
Causa inadmisión
Instrumentos  Inf. Tco/Certificado
Instrumentos revisados computables
4
Alcalalí
2
13
8
13
Catí
2
11
6
22
L'Orxa
1
4
 

 
Código
Codificaciones causa inadmisión
1
Incumplimiento de la Base 2.b) por no alcanzar el número mínimo de 10 instrumentos de planeamiento requeridos para ser beneficiario de la subvención,según lo especificado por el mismo ayuntamiento.
2
Del análisis de la relación de instrumentos de planeamiento presentada en el informe técnico/certificado, de acuerdo con lo previsto en la base Base 6.1.a), c) y d) de la Orden 1/2023  se observa que no cumple con los requisitos para ser beneficiario según la Base 2.b) de la referida Orden. (Mínimo: 10  instrumentos de planeamiento)

 
 
 
ANEXO IV
Subvenciones concedidas
 
Expediente /24
Municipio
Población INE 01.01.2023
P.
Plan vigente
Año aprob.
P.
Instrumentos revisados
P.
Pliegos con cláusulas de resp. social
P.
Puntos Totales
Importe subv. (euros)
N.º Exp
N.º Ord
34
1
Utiel
11.632
13
PG
1987
15
33
50
No
0
78
18.000,00
39
5
El Campello
29.993
7
PG
1986
15
59
50
Si
2
74
17.908,00
36
2
Orba
2.379
23
Normas subsidiarias
1987
25
16
20
Si
2
70
18.000,00
21
3
Llíria
24.518
7
PG
2006
10
31
50
Si
2
69
18.000,00
23
4
Mutxamel
27.078
7
HOMONormas subsidiarias
1998
10
40
50
Si
2
69
18.000,00
16
6
Onda
25.547
7
HOMOPG
1998
10
49
50
No
0
67
18.000,00
27
7
Mislata
45.644
2
PG
1988
15
35
50
No
0
67
18.000,00
20
8
Busot
3.534
23
Normas subsidiarias
1995
20
16
20
Si
2
65
18.000,00
10
9
Villar del Arzobispo
3.700
23
Normas subsidiarias
1997
20
18
20
No
0
63
18.000,00
28
10
Museros
6.741
18
Normas subsidiarias
1997
20
20
20
Si
2
60
17.992,70
32
11
Castellnovo
888
23
Normas subsidiarias
1989
25
10
10
No
0
58
18.000,00
06
12
Buñol
9.579
18
Normas subsidiarias
1987
25
13
10
No
0
53
17.787,00
11
13
Loriguilla
2.171
23
PG
2002
10
16
20
No
0
53
18.000,00
19
14
La Llosa de Ranes
3.681
23
Normas subsidiarias
1995
20
12
10
No
0
53
18.000,00
25
15
Rafelbuñol
9.467
18
HOMONormas subsidiarias
1999
10
16
20
No
0
48
15.730,00
35
16
Godella
13.414
13
PG
1990
15
17
20
No
0
48
18.000,00
37
17
La Nucía
18.970
13
PG
1988
15
17
20
No
0
48
18.000,00
08
18
Almoines
2.519
23
HOMONormas subsidiarias
1999
10
14
10
Si
2
45
7.700,00
12
19
Pego
10.485
13
PG
1998
10
17
20
Si
2
45
18.000,00
17
20
Albal
17.024
13
PG
2002
10
18
20
Si
2
45
17.999,96
15
21
Sant Joan de Moró
3.516
23
PG
2004
10
14
10
No
0
43
18.000,00
18
22
Vall
d'Alba
3.054
23
PG
1999
10
10
10
No
0
43
18.000,00
40
23
Moixent
4.383
23
PG
1997
10
10
10
No
0
43
18.000,00
07
24
Onil
7.763
18
PG
2000
10
11
10
No
0
38
17.968,50
26
25
L'Olleria
8.421
18
PG
1999
10
10
10
No
0
38
14.762,00
33
26
Almassora
27.989
7
PG
1998
10
14
10
No
0
27
18.000,00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total cuantía subvencionable
451.848,16
 
P. =
Puntuación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teniendo en cuenta que el importe subvencionable/coste de la actividad, IVA incluido, es el indicado en el acuerdo adoptado sobre la solicitud de la subvención, que consta en el impreso certificado de Secretaría. En todo caso, de acuerdo con la apartado octavo de la Resolución de convocatoria 2024, el importe máximo a conceder es de 18.000 euros, IVA incluido, siempre que el coste de la actividad sea igual o inferior a dicha cuantía. Si el coste fuese inferior el importe de la subvención se correspondería con el mismo.
-  A efectos de valoración de la antigüedad del plan general vigente, se han seguido los criterios establecidos en la base 6.1 de la Orden 1/2023 teniendo en cuenta, además, que las Normas Subsidiarias homologadas a la LRAU se han equiparado a los Planes generales homologados o redactados de acuerdo a la LRAU.
- A efectos de cómputo de instrumentos de planeamiento, se han seguido los criterios establecidos en la base 6.1 de la Orden 1/2023, teniendo en cuenta, en todo caso, que:
- No computan aquellos documentos donde no figura la fecha de publicación para su entrada en vigor en el BOP/DOGV y no se ha podido obtener ésta por otros medios.
-No computan de manera independientemente modificaciones de planeamiento aprobadas en una única tramitación.
-No computan ordenanzas de edificación y similares que no hayan sido tramitadas y aprobadas siguiendo la legislación urbanística vigente en el momento de su tramitación.

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