RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2024, por la que se convoca la creación, con carácter urgente, de una bolsa de trabajo de la escala media de instrumentación e infraestructuras científico-técnicas de la Universidad de Alicante, grupo A, subgrupo A2, para ocupar puestos de administración especial. Referencia: BT-05/24.

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          La Universidad de Alicante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34.5 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana (DOGV 24.01.2017), en el Reglamento de creación y funcionamiento de las bolsas de trabajo de personal de administración y servicios (Consejo de Gobierno de 30/09/2004), en la Instrucción de Secretaría General y de la Gerencia por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección para el acceso a las escalas funcionariales del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y demás normativa general de aplicación, convoca bolsa de trabajo de la escala media de instrumentación e infraestructuras científico-técnicas de la Universidad de Alicante, grupo A, subgrupo A2, para cubrir, mediante nombramiento como personal funcionario interino o nombramiento provisional por mejora de empleo, puestos de trabajo de administración especial, con el perfil que se incluye en las siguientes bases:
 
          1. Puesto de trabajo
          Inicialmente se prevé cubrir un puesto de técnico/a A2 22/38 para realizar sus funciones en los servicios técnicos de investigación de la Universidad de Alicante, a jornada completa en horario de mañana.
          De conformidad con lo previsto en el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 27 de enero de 2022, por el que se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante y con el artículo 61.2.f) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, se hace constar que la distribución porcentual en la escala media de instrumentación e infraestructuras científico-técnicas de la Universidad de Alicante, administración especial, es de 50,00 % mujeres y 50,00 % hombres, por lo que existe no existe infrarrepresentación de ninguno de los sexos.
 
          2. Requisitos de las o los aspirantes
          El cumplimiento de los requisitos relacionados a continuación deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de formalización del nombramiento:
          Estar en posesión del título de diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica, grado o equivalente o cumplir los requisitos para su obtención antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponer del justificante de haber abonado las tasas para su expedición o de la certificación académica que acredite haber finalizado los estudios que dan derecho a su obtención.
          En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia.
          Los títulos de doctorado o de máster no constituyen por sí mismos, títulos que habiliten para el acceso al empleo público.
          Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 57.1, 57.2 o 57.3 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre).
          Tener un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el desempeño del puesto de trabajo.
          Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
          No pertenecer como personal funcionario de carrera a la escala media de instrumentación e infraestructuras científico-técnicas de la Universidad de Alicante.
          Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas, para lo que, con carácter previo al nombramiento como funcionaria interina o funcionario interino, se deberá aportar certificado médico que acredite poseer dichas capacidades y aptitudes. A estos efectos los reconocimientos se podrán realizar a través de los servicios médicos existentes en el servicio de prevención de la Universidad de Alicante.
          No haber sido separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública, universidad pública, u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones públicas. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público.
 
          3. Objeto/funciones
          Manejo y control del equipamiento disponible en la Unidad de Espectrometría de Masas de los Servicios Técnicos de Investigación, incluyendo:
          Preparación de muestras para su posterior análisis mediante técnicas de espectrometría de masas.
          Análisis de muestras mediante:  
- Espectrometría de Masas de baja resolución con introducción directa a la fuente de iones (DIP).
- Cromatografía de gases / espectrometría de masas de baja resolución de simple cuadrupolo (GC/MS).
- Cromatografía de gases / espectrometría de masas de baja resolución de triple cuadrupolo (GC/TQ).
- Desorción térmica / cromatografía de gases / espectrometría de masas de baja resolución (TDS/GC/MS).
- Microextracción en fase sólida / cromatografía de gases / espectrometría de masas de baja resolución (SPME/GC/MS).
- Espacio de cabeza / cromatografía de gases / espectrometría de masas de baja resolución (HS/GC/MS).
- Cromatografía de gases / espectrometría de masas de alta resolución de tiempo de vuelo (GC/TOF).
- Cromatografía de líquidos / espectrometría de masas de baja resolución de trampa de iones (HPLC/MS).
- Cromatografía de líquidos / espectrometría de masas de baja resolución de triple cuadrupolo (HPLC/TQ).
          Mantenimiento, incluyendo limpieza, puesta a punto y pequeñas reparaciones, y verificaciones.
          Manipulación y almacenamiento de productos químicos y biológicos.
          Manipulación de gases a presión
          Manipulación de líquidos criogénicos.
          Gestión de residuos peligrosos.
          Asesoramiento técnico y asistencia a los usuarios en el uso de las técnicas citadas anteriormente.
          Participación en las actividades de difusión de los servicios técnicos de investigación que impliquen a la Unidad de Espectrometría de Masas.
          Documentación de la metodología analítica, de las técnicas y del equipamiento disponibles en la Unidad de Espectrometría de Masas.
          Puesta a punto de nuevas técnicas y aplicaciones de la Unidad de Espectrometría de Masas.
          Observación de la normativa vigente con especial atención a las normas relativas a seguridad y salud laboral.
          Ayuda en la gestión de las compras de materiales y equipos necesarios para el desarrollo del trabajo de la Unidad de Espectrometría de Masas.
          Interpretación de resultados de las técnicas disponibles en la Unidad de Espectrometría de Masas.
          Elaboración de informes técnicos y memorias de actividad.
          Colaboración con la secretaría administrativa de los servicios técnicos de investigación en la elaboración de presupuestos.
          Colaboración en la elaboración, ejecución y seguimiento de los planes de mejora y en la consecución de los objetivos de calidad que impliquen a la Unidad de Espectrometría de Masas.
 
          4. Perfil
          Se valorarán los méritos de acuerdo al baremo (Anexo I) que figura en esta convocatoria con las siguientes concreciones:
          Experiencia y formación relacionada con las funciones del puesto de trabajo descritas en la base 3 y desarrollo y manejo de programas sencillos para la adquisición y tratamiento de datos.
          Titulación académica oficial: 1 punto por estar en posesión del título de grado o licenciatura en Química, Biología, Bioquímica, Biotecnología, Ingeniería Química o Farmacia.
 
          5. Sistema de selección
          5.a) Prueba. Se realizará una prueba que constará de dos partes, relacionadas con el objeto y perfil de la convocatoria sobre el contenido del temario que figura en el anexo II, para valorar la adecuación del personal aspirante a las funciones a realizar.
          Primera parte: prueba teórica de tipo test con 4 respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las respuestas incorrectas no penalizan y las respuestas en blanco no puntúan. Se valorará de 0 a 2 puntos.
          Segunda parte: prueba práctica que consistirá en la resolución de un supuesto práctico que podrá incluir el uso de equipamiento. Se valorará de 0 a 3 puntos.
          La prueba se puntuará de 0 a 5 puntos y para pasar a la fase b), baremación de méritos, y poder formar parte de la bolsa, deberá obtenerse al menos 3 puntos. La convocatoria a la prueba se realizará con una antelación mínima de diez días hábiles a su realización y en ella se concretarán, si fuera necesario, aspectos relacionados con la realización de la prueba, así como la distribución de la puntuación total, en su caso.
          La puntuación se otorgará con dos decimales y redondeada, por lo que, si el tercer decimal fuera igual o mayor que 5 el anterior se incrementaría en una unidad, y si fuera menor no se modificaría.
          En caso de que alguna pregunta se anulara de oficio por el propio tribunal o como consecuencia de la estimación de alguna impugnación, el ejercicio se continuará valorando sobre la puntuación inicialmente indicada en la presente base, ajustando proporcionalmente el valor de las respuestas correctas.
          Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar adaptación de tiempos y/o medios para la realización de la prueba, deberán indicarlo en la solicitud, siendo requisito, en este caso, aportar el informe sobre adaptación de la prueba selectiva (tiempo y/o medios), expedido por el Centro de Evaluación de Personas con Diversidad Funcional de la dirección territorial de la provincia correspondiente. En el caso de no poder adjuntarlo en el momento de la presentación de la solicitud, lo podrá adjuntar hasta la fecha fin de subsanaciones a la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada en el apartado 'Informe adaptación solicitada'.
          5.b) Baremación de méritos. La comisión encargada de resolver (compuesta según se detalla en la base 10) valorará los currículo del personal aspirante que haya superado la prueba contemplada en el apartado anterior, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo I. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias establecido a continuación.
          Las personas interesadas tendrán la posibilidad de presentar reclamaciones contra los resultados provisionales de ambas fases del sistema de selección, dentro del plazo que a tal efecto se establezca en la resolución por la que se publiquen dichos resultados, accediendo a su expediente en Administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de reclamaciones de la 'Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS'. Vistas las reclamaciones o transcurrido dicho plazo sin haberse presentado ninguna, se publicarán los resultados definitivos.
 
          6. Confección de la bolsa
          Se compondrá siguiendo el orden descendente de la puntuación total obtenida por cada candidata o candidato en las dos fases, siempre que se hubiera alcanzado el mínimo descrito en la prueba.
          En caso de empate en la puntuación final se resolverá atendiendo a la mayor puntuación en la prueba. Si persiste el empate, y en el caso de que en la base 1 se haya hecho constar infrarrepresentación de alguno de los géneros se dirimirá a favor del sexo menos representado, y por último, si continuase el empate, se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra determinada en la Resolución dictada por la Conselleria que tenga atribuida la competencia en materia de función pública que esté en vigor en la fecha en la que se publiquen las presentes bases en el BOUA.
 
          7. Presentación de instancias
          7.1. En virtud de la Instrucción de Secretaría General y de la Gerencia de la Universidad de Alicante por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos, quienes deseen tomar parte en este proceso de selección presentarán, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la correspondiente solicitud que se formalizará a través de la sede electrónica: https://seuelectronica.ua.es/  o en la siguiente dirección: https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/index?, seleccionando el trámite establecido: Solicitud de bolsas de trabajo PTGAS.
          En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en esta misma base escaneada en formato JPG, JPEG, PDF, DOC o DOCX. Se recomienda una resolución de 200ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100Mb.
          Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la sede electrónica. En la 'Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS', que se encuentra disponible en la siguiente página web del Servicio de Selección de Personal, https://s.ua.es/es/LGRs, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes.
          7.2. La tasa para la admisión a la prueba selectiva para la constitución de la bolsa será de 12,5 euros. Podrá abonarse con tarjeta o mediante BIZUM directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o acceder posteriormente desde su expediente de administración electrónica.
          Si no desea realizar el pago mediante tarjeta o BIZUM, podrá obtener la carta de pago y realizar el pago de las tasas en las entidades financieras: Sabadell, Santander y Caixabank directamente en la oficina bancaria, en sus cajeros o bien con la banca online.
          De acuerdo con el artículo 18.1-2. de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, están exentos del pago de la tasa:
          7.2.a) Las o los aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Para disfrutar de esta exención se deberá adjuntar certificación de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.
          7.2.b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial o de familias monoparentales de categoría especial. Para el disfrute de la exención se deberá adjuntar a la solicitud la fotocopia de la documentación oficial en vigor que acredite la citada condición.
          7.2.c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que deberán presentar dicha documentación a través del trámite de la administración electrónica «Acreditación condición víctima violencia de género», indicando en el expone el motivo de la solicitud y la referencia de la presente convocatoria.
          7.2.d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
          Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar deberá realizar el pago de la tasa completa que corresponda y, posteriormente, solicitar la devolución de la cantidad abonada inicialmente.
          En ningún caso el pago de la tasa será sustitutivo de la presentación en tiempo y forma de la solicitud.
          Sólo procederá la devolución de los derechos de examen si el proceso selectivo no se realiza por causa imputable a la administración convocante, o en caso de renuncia de la persona aspirante a seguir participando en el proceso, siempre que esta se produzca durante el plazo de presentación de solicitudes, o que la tasa abonada sea superior, en cuyo caso se devolverá la diferencia.
          7.3. Documentación digitalizada que se deberá adjuntar a la solicitud. Deberán anexarse en el apartado 'Documentos adjuntos', según lo indicado en el punto 5 de la Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS:
          Aquellas personas que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en el proceso, deberán adjuntar el documento expedido por las autoridades competentes de su país de origen o de procedencia que acredite su identidad, edad y nacionalidad y acudir con el original de dicho documento el día de la realización de los ejercicios. Así mismo deberán adjuntar, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo, una declaración que deje constancia de que no se ha producido una separación de derecho del cónyuge y, en su caso, del hecho de que la o el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada en el apartado 'DNI' u 'Otro documento identificativo'.
          Título académico que se requiere para poder participar en la convocatoria (base 2): el personal aspirante deberá optar entre dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de datos que acrediten estar en posesión de la titulación o adjuntar una copia del título académico o del justificante de haber abonado los derechos de expedición del mismo o en su defecto, certificación académica que acredite haber finalizado los estudios que dan derecho a su obtención.
          En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá adjuntar la credencial que acredite su homologación o equivalencia.
          La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada en el apartado 'Titulación'.
          Modelo de Currículum de la Universidad de Alicante para las convocatorias de bolsas de trabajo, disponible en la siguiente dirección de la página web de la Universidad: https://s.ua.es/es/Lf~4, que deberá ser en adjuntado en el apartado 'Modelo currículum', y acompañar la documentación acreditativa de todos los méritos alegados en el mismo con las especificaciones que se indican en la base 8.
          En el caso de exención del pago de la tasa recogida en los puntos 7.2. a), b) y d), el personal aspirante deberá optar entre dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de datos que acrediten tener derecho a la exención o adjuntar la documentación requerida en dichos puntos en el apartado 'Justificante exención/bonificación tasas'.
          La comisión no valorará aquellos méritos que, aun habiéndose alegado, no hayan sido debidamente acreditados una vez finalizado el plazo establecido en la base 9 para la presentación de subsanaciones a la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
          En cualquier momento del proceso, se podrá solicitar al personal aspirante la presentación de los originales de los documentos presentados y, en su caso, de la traducción por intérprete jurado de los mismos.
          7.4. El correo electrónico que el personal aspirante indique en su solicitud servirá para el envío de avisos, a título informativo, de las distintas resoluciones u otros actos que se publiquen en el expediente electrónico de la presente convocatoria, no sustituyendo en ningún caso a la notificación, que se realizará en la forma establecida en la base 11.
 
          8. Documentación justificativa de todo lo expuesto en el currículum
          8.1. Titulación a valorar (solo en el caso de que en la base 4, perfil, se hayan detallado expresamente titulaciones a valorar): el personal aspirante deberá optar entre dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de datos que acrediten estar en posesión de la titulación o titulaciones a valorar o adjuntar copia del título académico o del justificante de haber abonado los derechos de expedición del mismo o en su defecto, certificación académica que acredite haber finalizado los estudios que dan derecho a su obtención.
          En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá adjuntar la credencial que acredite su homologación o equivalencia.
          8.2. Experiencia:
          8.2.a) En una administración pública o universidad pública: certificado - hoja de servicio que contenga tanto el puesto y subgrupo de titulación de la categoría/escala/cuerpo en la que se han prestado los servicios, como la clase de personal empleado público (Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral o personal eventual).
          En ningún caso se valorará la experiencia profesional como personal eventual, tal y como se establece en el artículo 19.6 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.
          8.2.b) En el sector privado: Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contratos de trabajo o certificado de empresa que recoja la categoría/puesto desempeñado
          En ambos casos, 8.2.a) y 8.2.b), cuando de los datos contenidos en el certificado/hoja de servicio o en el contrato de trabajo o certificado de empresa no se desprenda la relación con el objeto y perfil de la convocatoria, se deberá aportar además un certificado del organismo/empresa donde consten las funciones desarrolladas.
          En el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas se deberá aportar Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y cualquier acreditación que pueda verificar la actividad desempeñada, pudiendo ser certificado de la empresa o empresas con las que haya colaborado donde se acredite la obra o el servicio realizado, alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o inscripción en registro de actividades en ambos casos siempre que quede identificada la actividad.
          8.3. Formación:
          8.3.a) Cursos: Certificación en la que consten además del título del curso o cursos, su programa, la duración en horas y la fecha de realización.
          8.3.b) Becas: Certificación en la que conste la fecha de concesión, periodo de disfrute, el objeto de la misma y las actividades desarrolladas.
          8.4. Conocimientos de valenciano: certificados recogidos en la normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servicio de Lenguas de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26/10/2023, BOUA de 31.10.2023. (https://s.ua.es/es/aEPb)
          En el caso del certificado del nivel B1 de la JQCV por homologación con los estudios del sistema educativo, se requerirá estar en posesión del certificado para que se pueda valorar dicho nivel.
          8.5. Conocimiento de idioma inglés, alemán o francés: Certificados recogidos en la normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de lenguas extranjeras de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26/10/2023, BOUA de 31.10.2023. (https://s.ua.es/es/aEPa).
          En el caso de cursos realizados por el Centro Superior de Idiomas de la Universidad de Alicante se deberá acreditar la equivalencia de dichos cursos con el nivel del MCER. Para ello se deberá adjuntar el título con el reverso del mismo, donde conste tal circunstancia. El personal de la UA también podrá acreditarla a través del certificado electrónico disponible en UACloud/eAdministracion/Trámites laborales/Certificado de Formación/ Certificado, donde se especifica dicha equivalencia.
          8.6. Currículo académico:
          Para el primer apartado, y únicamente si se detalla expresamente en el perfil de la convocatoria una titulación específica (base 4), certificación académica en la que conste la media obtenida en la titulación correspondiente. En el caso del título de doctor, la certificación académica deberá contener el programa de doctorado, la calificación de la tesis doctoral y las asignaturas del periodo formativo del mismo.
          Si los estudios han sido cursados en la Universidad de Alicante, la certificación académica podrá ser sustituida por una ficha informativa sellada por la secretaría del centro.
          En el caso de un título universitario extranjero homologado a título oficial universitario español, se deberá aportar certificado académico oficial y declaración de equivalencia de nota media, obtenida según el procedimiento establecido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
          Para acreditar las publicaciones en revistas o libros, se deberá adjuntar la página donde conste el autor o autores y el título de la publicación, del libro o capítulo del libro o los enlaces verificables donde se encuentren las publicaciones, siempre que exista el acceso a estas fuentes de datos.
          Para el resto de apartados, documentos acreditativos que recojan los extremos contenidos en cada apartado.
          La documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum deberá ser adjuntada en su apartado correspondiente, según se indica en el punto 5 de la 'Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS'.
 
          9. Relación de aspirantes admitidos y excluidos
          Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. A partir del día siguiente de su publicación las personas interesadas tendrán un plazo de diez días hábiles para la presentación de posibles subsanaciones, accediendo a su expediente en administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de subsanación de la 'Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS'. En caso de tratarse de convocatorias urgentes este plazo será de cinco días. Transcurrido éste se publicará la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.
 
          10. Comisión de selección 
          La comisión encargada de resolver la convocatoria estará compuesta por 5 miembros y sus suplentes: presidenta o presidente y 4 vocales, uno de los cuales actuará como secretaria o secretario. Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y de paridad entre mujeres y hombres.
          Los miembros de la comisión y el personal asesor se sujetarán en su régimen y funcionamiento a lo establecido en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y a las causas generales de abstención y recusación contenidas en la mencionada ley.
          El nombramiento de los miembros se hará público antes del acto de constitución.
          La comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especializado para el desarrollo de la prueba, limitándose los mismos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación deberá comunicarse a la rectora de la Universidad y hacerse pública.
          La comisión velará porque queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.
          Los miembros de la comisión, el personal asesor y el personal colaborador, percibirán las gratificaciones por asistencias fijadas en la normativa de la Universidad de Alicante sobre indemnizaciones por razón de servicio vigente en el momento de la publicación de la convocatoria.
 
          11. Información y notificaciones a las o los aspirantes
          De acuerdo a lo previsto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones detalladas en estas bases, así como la información de otros actos que se deriven de la presente convocatoria y que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, se realizarán en Sede Electrónica, en el apartado «Otros documentos generales» del expediente del aspirante asociado a esta convocatoria, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
          En el caso de tener que realizar alguna notificación individual se realizará a través del sistema de notificación electrónica de la UA.
 
          12. Protección de datos de carácter personal  
          De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y resolver la convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
          Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
          La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
 
          13. Recursos
          Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 38.4 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
          Ante las actuaciones de la comisión de valoración, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rectorado como órgano competente para resolverlo.
          La interposición de los recursos de reposición y/o alzada, deberá realizarse a través del expediente del personal aspirante en administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de recursos de la 'Guía para el trámite solicitud de bolsas de trabajo PTGAS'.
          No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.
 
 
 
ANEXO I
Baremo
 
          1. Titulación: máximo 1 punto
          Se valorará si se detalla expresamente en el perfil de la convocatoria una titulación específica:
          Titulación de superior nivel académico a la exigida en la convocatoria y específica según se detalla en el perfil: 1 punto.
          Titulación de igual nivel académico a la exigida en la convocatoria y específica según se detalla en el perfil: 0,6 puntos.
          Titulación de superior nivel académico a la exigida en la convocatoria sin especificidad de la fijada en el perfil: 0,4 puntos.
 
          2. Experiencia: máximo 5 puntos
          Se valorará la prestación de servicios en puestos cuyas funciones estén relacionadas con las de los posibles destinos a ocupar según el perfil fijado en la convocatoria, mediante relación contractual laboral o administrativa, a razón de 0,08 puntos por mes de servicio. No se valorarán los períodos de tiempo inferiores a tres meses.
 
          3. Formación: máximo 2 puntos
          Se valorarán los cursos de formación no reglada, recibidos o impartidos debidamente acreditados, por centros u organismos oficiales, cuyo contenido esté relacionado con los posibles destinos a ocupar según el perfil fijado en la convocatoria, a razón de 0,02 puntos por hora de duración hasta un máximo de 50 horas por curso. En el caso de cursos que constan de diversos módulos y siempre que estuviera acreditado el número de horas por módulo, se valorarán aquellos módulos con relación directa con el trabajo a desarrollar.
          Se valorará el periodo de formación desarrollado mediante desempeño de becas obtenidas mediante convocatorias públicas y relacionadas con los perfiles del puesto, a razón de 0,08 por mes.
 
          4. Conocimiento de valenciano: máximo 1 punto   
          Se valorará según lo recogido en la normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servicio de Lenguas de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26/10/2023, BOUA de 31.10.2023 (https://s.ua.es/es/aEPb), considerando únicamente el mayor nivel obtenido, y según la siguiente puntuación:
          Nivel oral/A2: 0,25 puntos.
          Nivel elemental/B1: 0,50 puntos.
          Nivel medio/C1: 0,75 puntos.
          Nivel superior/C2: 1,00 punto.
 
          5. Conocimiento de idioma inglés, alemán o francés: máximo 1 punto,
            Se valorará según lo recogido en la normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de lenguas extranjeras de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26.10.2023, BOUA de 31.10.2023 (https://s.ua.es/es/aEPa), a razón de 0.2 por nivel e idioma.
 
          6. Currículo académico
          Este apartado se aplicará cuando los puestos a cubrir sean de técnico o técnico superior. Máximo 4 puntos, a valorar en razón a los siguientes apartados:
          Nota media del expediente académico de las titulaciones a valorar según el apartado titulación de este baremo, hasta un máximo de un punto:
          Notable 0,25 puntos.
          Sobresaliente 0,50 puntos.
          Colaboraciones en tareas de investigación y trabajos relacionados directamente con el perfil y objeto de la convocatoria, hasta 1,5 puntos.
          Colaboraciones en tareas de investigación y trabajos afines con el perfil y objeto de la convocatoria, hasta 1 punto.
            Comunicaciones y ponencias relacionadas con el perfil y objeto de la convocatoria en congresos, jornadas y seminarios, hasta 0,75 puntos.
          Estancias en otros centros u organismos desarrollando actividades relacionadas directamente con el objeto y perfil de la convocatoria, hasta 0,50 puntos.
 
          
 
ANEXO II
Temario
 
          1. Conceptos fundamentales de la espectrometría de masas. Principios y evolución.
          2. Partes de un espectrómetro de masas.
          3. El sistema de vacío en el espectrómetro de masas. Tipos de bombas y funcionamiento.
          4. Teoría de ionización y fragmentación en espectrometría de masas.
          5. Técnicas de ionización I: impacto electrónico.
          6. Técnicas de ionización II: ionización química.
          7. Técnicas de ionización III: ionización química a presión atmosférica y electrospray.
          8. Óptica de iones en un espectrómetro de masas.
          9. Analizadores de masas I: cuadrupolo.
          10. Analizadores de masas II: sector magnético.
          11. Analizadores de masas III: tiempo de vuelo.
          12. Analizadores de masas IV: trampa de iones.
          13. Analizadores de masas V: sistemas híbridos.
          14. Mecanismos de fragmentación en espectrometría de masas.
          15. Sistemas de detección de iones en espectrometría de masas.
          16. Calibración del espectrómetro de masas.
          17. Adquisición y tratamiento de datos obtenidos mediante espectrometría de masas. Análisis cualitativo y cuantitativo.
          18. Distribución e información isotópica.
          19. Interpretación de espectros de masas. Fragmentaciones características de clases de compuestos.
          20. Librerías de compuestos para espectrometría de masas.
          21. Cálculo de masa exacta.
          22. Resolución de masas.
          23. Preparación de muestras para análisis mediante técnicas acopladas de cromatografía y espectrometría de masas.
          24. Fundamentos de la cromatografía gaseosa y líquida.
            25. Espectrometría de masas con sonda de introducción directa (DIP-MS). Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          26. Cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas de simple cuadrupolo (GC-SQ). Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          27. Fundamento de la técnica de desorción térmica (TDS). Acoplamiento con el GC/MS. Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          28. Fundamentos de la Microextracción en Fase Sólida (SPME) y del Espacio de Cabeza (HS). Acoplamiento con el GC/MS. Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          29. Cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas de triple cuadrupolo (GC-TQ). Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          30. Cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas de alta resolución QTOF. Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          31. Cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas (HPLC-MS) con trampa de iones y triple cuadrupolo. Aplicaciones y mantenimiento del sistema.
          32. Elección de la metodología a emplear según la muestra y compuestos a analizar.
          33. Seguridad en el laboratorio.
          34. Calidad en el laboratorio. Sistema integrado de gestión normas UNE-EN ISO 9001:2015 y UNE-EN ISO 14001:2015.
          Notas:
          1. Se puede acceder a las normas UNE-EN ISO que se incluyen en este temario desde cualquier ordenador de la Universidad de Alicante, a través del siguiente enlace:
 

Alicante, 10 de diciembre de 2024
 
(p. d. Resolución 03.10.2024)
Julio Marcelo García Mora
Gerente rector en funciones
739107 {"title":"RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2024, por la que se convoca la creación, con carácter urgente, de una bolsa de trabajo de la escala media de instrumentación e infraestructuras científico-técnicas de la Universidad de Alicante, grupo A, subgrupo A2, para ocupar puestos de administración especial. Referencia: BT-05\/24.","published_date":"2024-12-16","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia.png","id":"739107"} valencia Autoridades y personal;DOGV;dogv 10006;OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS;Resolución;Universidad de alicante https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-12-16/739107-resolucion-10-diciembre-2024-se-convoca-creacion-caracter-urgente-bolsa-trabajo-escala-media-instrumentacion-e-infraestructuras-cientifico-tecnicas-universidad-alicante-grupo-subgrupo-a2-ocupar-puestos-administracion-especial-referencia-bt-05-24 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.