RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2024, por la cual se conceden cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general competente en cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024-2025

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          Por Orden 1/2019, de 28 de noviembre, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (DOGV n.º 8692, 05.12.2019) se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en los centros directivos de la Conselleria (en adelante. Orden 1/2019).
          Mediante la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, se convocan cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la dirección general competente en cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024-2025 (DOGV 9917, 19.08.2024).
          Consta acreditado que las becas mencionadas se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
          - Tres becas en materia de cooperación al desarrollo: aplicación presupuestaria G01160302GE00000.G134A00, proyecto S038100000 «Becas de formación en cooperación al desarrollo», del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2024 y su equivalente para el ejercicio 2025, condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
          - Dos becas en materia de Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible: aplicación presupuestaria G01160302GE00000.G134A00, proyecto S114500000 «Becas para la realización de prácticas profesionales en la materia de la Agenda 2030» del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2024 y su equivalente para el ejercicio 2025, condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
          La Comisión Evaluadora se ha reunido los días 18 de octubre, 8, 19, 20 y 21 de noviembre de 2024, procediendo al estudio de todas las solicitudes presentadas y a la realización de las entrevistas, según el baremo establecido en la Orden 1/2019, efectuándose asimismo la correspondiente propuesta de resolución, en los términos de las actas extendidas a tal efecto.
          Ha quedado constatado que las personas adjudicatarias de las becas acreditan documentalmente los méritos alegados, según el informe de cumplimiento de requisitos emitido por la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo.
          Con base a lo mencionado, según lo dispuesto en los artículos 8.5 y 9 de la Orden 1/2019 y en conformidad con lo establecido en los apartados décimo y undécimo de la Resolución de 25 de julio de 2024, y a propuesta de la Comisión Evaluadora,
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Conceder las tres becas convocadas para la realización de prácticas profesionales en materia de cooperación al desarrollo, con cargo a la aplicación presupuestaria G01160302GE00000.G134A00, proyecto S038100000 «Becas de formación en cooperación al desarrollo», del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2024 y su equivalente para el ejercicio 2025, a las personas solicitantes que han obtenido las mayores puntuaciones, según se detalla a continuación:
 
Orden
NIF
Apellidos
Nombre
Puntuación
1
*****146T
VALLEJO ABAD
CRISTINA
20,91
2
*****567L
ALLAUCA LLUMIQUINGA
NELLY ALEXANDRA
20,00
3
*****493W
BERNABE PONSODA
MARIA
17,42

 
          Se constituye una bolsa de reserva para el acceso a las becas en materia de Cooperación al Desarrollo, priorizada por orden de puntuación, con las personas candidatas admitidas que no han resultado adjudicatarias y que se relacionan a continuación:
 
 
Orden
NIF
Apellidos
Nombre
Puntuación
1
*****161V
LAZARO MACIAN
NATALIA
16,95
2
*****149Z
DE LA CRUZ MUÑOZ
NEIRA
16,87
3
*****063L
PUJADES PARDO
MARIA
16,68
4
*****572P
ARGÜELLES CASTILLO
JUDITH
16,56
5
*****478L
PARRA ANTON
LUISA
16,27
6
*****721Z
RODRIGUEZ MEMBRADO
MAYA RENÉE
16,03
7
*****610H
PERDOMO AGUILAR
ANGELA MARIA
15,76
8
*****153Y
BARREIRO TORREGROSA
TANIA
15,35
9
*****492F
NOVAC
LUMINITA
15,21
10
*****624F
LUQUE CABELLO
CARLA
14,98

 
          En el supuesto de que se produzcan vacantes durante el periodo de disfrute de las becas, debido a renuncias, abandonos, incumplimiento de obligaciones o cualquier otra incidencia, se podrá conceder una nueva beca, por el resto del periodo máximo de disfrute de la misma, entre las personas integrantes de la correspondiente bolsa.
 
          Segundo
          Conceder las dos becas convocadas para la realización de prácticas profesionales en materia de Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, con cargo a la aplicación presupuestaria G01160302GE00000.G.134A00, proyecto S114500000, Becas para la realización de prácticas profesionales en la materia de la Agenda 2030, del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2024 y su equivalente para el ejercicio 2025, a las personas solicitantes que han obtenido las mayores puntuaciones, según se detalla a continuación:
 
Orden
NIF
Apellidos
Nombre
Puntuación
1
*****401T
FULLANA GINESTAR
BELEN
20,36
2
*****591Z
CORTES SARMIENTO
ANDREA
19,12

 
          Se constituye una bolsa de reserva para el acceso a las becas en materia de Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, priorizada por orden de puntuación, con las personas candidatas admitidas que no han resultado adjudicatarias y que se relacionan a continuación:
 
Orden
NIF
Apellidos
Nombre
Puntuación
1
*****827N
BAIXAULI CRESPO
MARIA
18,94
2
*****473S
PARRILLA OLMEDA
ANGELA
18,93
3
*****492F
NOVAC
LUMINITA
18,84
4
*****698F
PERIS CAMARASA
JESUS
18,78
5
*****146T
VALLEJO ABAD
CRISTINA
18,74
6
*****475V
BRAVO NAVARRO
DAVID
18,41
7
*****596R
ALANDES GALLEGO
ROGER
17,75
8
*****100Y
GARCIA GIL
INMACULADA
17,61
9
*****223D
TASA CORTES
CLARA
17,29
10
*****488V
TRULLENQUE BES
NATALIA
17,10
11
*****624F
LUQUE CABELLO
CARLA
16,95
12
*****855D
FERRER VIDAL
JULIA
16,94
13
*****451M
ERES GARCIA
FANNY
15,97
14
*****087Y
ORTIZ SERRANO
NEREA
9,79

 
          Tercero
          Desestimar las solicitudes de las personas candidatas siguientes por los motivos que se indican:
          a) Becas en materia de cooperación al desarrollo
 
NIF
Apellidos
Nombre
Motivo exclusión
*****279D
PEREZ MATEO
ROSER
1
*****236V
SERRANO FABREGAT
MARIA JOSE
1
*****671C
ALCAZAR AYUSO
PABLO
1
*****237T
SAN MIGUEL I MORENO
GERARD
1
*****722B
GAMERO PEREZ
ANGELICA
1
*****683P
ZACHOW FERNANDEZ
MARÍA BELEN
1
*****436C
GINER CONGOST
ANA
1
*****739X
BRUNA REMIRO
MARTA
1
*****615R
GARCIA GARCIA
HELENA
1
*****704J
FORTES AÑON
CRISTINA
1
*****514V
RODRIGUEZ CLAVAIN
SHINA
1
*****027N
PEREZ VAZQUEZ
SUSANA
1 y 2
*****814A
LLOPIS ARELLANO
ESTEBAN
1
*****421Y
FERNANDEZ MARTIN
BERTA
1
*****175E
JOVER MARTINEZ
JUAN
1
*****572N
LIEMPI PINEDA
VALESKA ANDREA
1
*****120M
DURAN CALVO
MARIA
1
*****389K
TELLEZ GARCIA
REBECA
1
*****953S
BERGASA MARQUES
MARIOLA
1
*****322Y
PALENCIA SANCHEZ
SOFIA
1
*****196R
MARSILI
NERINA
1
*****196Y
FORTUÑO MARTI
ALMA
3
*****244A
FRANCO TORRENTE
MARIA CATALINA
1
*****444V
BARRONES PAZOS
ANDREA
1

 
          Motivos de exclusión
          1. No estar en posesión de una de las titulaciones oficiales universitarias requeridas para optar a la beca, de conformidad con la convocatoria.
          2. Solicitud duplicada.
          3. No presentación de la persona aspirante a la entrevista.
 
          b) Becas en materia de Agenda 2030 de desarrollo sostenible
 
NIF
Apellidos
Nombre
Motivo exclusión
*****936S
AGHZENAY BAKOUH
NORDIN
1
*****267M
SOLER CANAVAN
ANDRES MANUEL
1
*****882S
MONTERO GONZÁLEZ
ARIADNA
2
*****892N
ALOS MARTINEZ
CRISTINA
1
*****047J
GINER CABELLO
LAURA
2
*****948Z
BERNABEU CALATAYUD
LOURDES
1
*****654L
MARIN GOMEZ
EMELY
1
*****877P
HUAYLLANI REYES
MICHELLE
1
*****444V
BARRONES PAZOS
ANDREA
1
*****343Z
PEREZ GOMARA
JULIA
1
*****3796X
RUBIO MENGUAL
IÑAKI
3
*****244H
SAEZ VALERO
PAULA
4
*****450E
CEJAS PONT
MARIA
4
*****846P
HURTADO BENETO
MARIA
4
*****001R
PALAU CIVERA
NATALIA
4
*****350G
GOMEZ MORENO
SANDRA
3
*****348W
PALOP LAINEZ
CLARA
3
*****872G
PEREZ TABERNERO
LUCIA
3

 
          Motivos de exclusión
          1. No estar en posesión de una de las titulaciones oficiales universitarias requeridas para optar a la beca, de conformidad con la convocatoria.
          2. Haber transcurrido más de cinco años desde la finalización de la titulación oficial universitaria requerida para optar a la convocatoria.
          3. Renuncia de la persona solicitante.
          4. No presentación de la persona aspirante a la entrevista.
          
          Cuarto
          La dotación económica de cada una de las becas será de mil ciento noventa y cuatro euros con nueve céntimos (1.194,09 €) brutos mensuales, sin perjuicio de ser incrementada aplicando el mismo incremento global que el que establece para el gasto del sector público valenciano la ley de presupuestos de cada año.
          Sobre dicho importe habrá de practicarse la retención correspondiente a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y de las demás disposiciones y normativa de aplicación.
 
          Quinto
          El periodo de duración de las becas empezará el 20 de diciembre de 2024 y finalizará el 19 de diciembre de 2025. Se podrán prorrogar antes de esta última fecha, por medio de la resolución expresa de la persona titular de la dirección general competente en materia de cooperación al desarrollo, siempre que haya consignación adecuada y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para 2025, y que el desarrollo de la actividad que esté efectuándose así lo requiera o lo aconseje.
 
          Sexto
          La publicación de la resolución de concesión en el DOGV tiene efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley del procedimiento común de las administraciones públicas, y a efectos de publicidad y transparencia, se insertará la información correspondiente en la sede electrónica de la Generalitat y en la página web de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
 
          Contra lo dispuesto en la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación, en conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación, en conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo esto sin perjuicio que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
 

València, 5 de diciembre de 2024
 
(p. d. Orden 1/2019, de 28 de noviembre, DOGV 8692, 05.12.2019)
Pedro Carceller Icardo
Director general de Inclusión y Cooperación al Desarrollo
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