La depresión aislada en niveles altos (DANA) que tuvo lugar entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 provocó graves inundaciones en diversos municipios de la provincia de Valencia, con la interrupción de servicios esenciales, como los relativos al transporte de personas y acceso a las telecomunicaciones. Por este motivo se suspendió la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas de referencia. En atención a la evolución de las circunstancias y tras valorar las condiciones actuales, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 65 de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, aprobados por Decreto 122/2024, de 24 de septiembre, del Consell,
RESUELVO
Primero
Convocar a todas las personas aspirantes admitidas, según Resolución de 24 de abril de 2024, de la Universitat Politècnica de València (DOGV de 14 de mayo de 2024), a la realización del primer ejercicio previsto en las bases de la convocatoria, que tendrá lugar el día 16 de enero de 2025 a las 9.30 horas en el aula 1G 0.2 de la ETS de Ingeniería Informática (edificio 1G) del Campus de Vera de la Universitat Politécnica de València.
Segundo
Las personas aspirantes deberán acreditar su personalidad mediante la presentación del documento nacional de identidad, del pasaporte o del permiso de conducir, sin que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas o cotejadas de dichos documentos.
Asimismo, se comunica a este personal que para la realización de la prueba deberá ir provisto de lápiz grafito número 2, goma de borrar, sacapuntas y bolígrafo azul.
Del mismo modo se indica que no podrán acceder al aula con dispositivos electrónicos (tablets, relojes inteligentes, etc) con acceso a internet.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación; asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 5 de diciembre de 2024
José E. Capilla Romá
Rector